M.P. C/ ROBERTO HERNÁN CANCINO DOMÍNGUEZ
Rol
O-1383-2022
Fecha
10 de noviembre de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 21 de marzo de 2022 a las 12:48 horas en la vía pública, específicamente en las calles diego Ramírez con circunvalación de la comuna de CURICÓ, el imputado ya individualizado conducía un camión marca Isuzu modelo npr año 1996 color blanco placa patente única pv-3110 en evidente estado de ebriedad, ya que al ser consultado por su documentación este mantenía fuerte hálito alcohólico y al ser sometido a la prueba de intoxilyzer respiratoria a las 15:35 horas esta arrojó 2.20 gramos por litro de alcohol en la sangre, además conducía con licencia de conducir suspendida ya que consta en ROL CAUSA 200277 del año 2021 del Juzgado de Policía Local que fue condenado a prohibición de conducir por 5 años, registro que mantiene en su extracto de filiación, condena del año 2018 y el RIT de la causa corresponde a la 1838-2017.” S E D E C L A R A: I).- Que, SE CONDENA a don ROBERTO HERNÁN CANCINO DOMÍNGUEZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CON LICENCIA SUSPENDIDA, previsto y sancionado en el artículo 110: 196 y artículo 209 de la Ley 18.290, Tránsito, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 21 de Marzo de 2022, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más las accesorias legales del artículo 30 del cuerpo de normas citado, esto es, LA SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, AL PAGO DE UNA MULTA DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES Y SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE CINCO AÑOS. II).- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término que Código: TEMCXCYTDXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el de la pena privativa de libe
Fallo
fallo por ejecutoriado a contar de esta fecha REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC : 2200269059-8 RIT : 1383 - 2022 Dirigió la audiencia y resolvió - MAURICIO ANDRES ARAVENA GAJARDO. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal” Certifico: Que la firma de la presente sentencia corresponde al Magistrado que la suscribe. Curicó, 10 de Noviembre de 2022 FERNANDO MALDONADO BRAVO Ministro de Fe Juzgado de Garantía Curicó Código: TEMCXCYTDXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-14T13:18:36-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha Curicó., diez de noviembre de dos mil veintidós Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado MAURICIO ANDRES ARAVENA GAJARDO Imputado 1) ROBERTO HERNÁN CANCINO DOMÍNGUEZ C.I. 0013950532-8 Fecha de Nacimiento 27/08/1980 Dirección CALLE CHORRILLOS SUR Nº 1912. SAN JAVIER DELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CON LICENCIA SUSPENDIDA. Participación Aut
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica