M.P. C/ FRANCISCO ANTONIO GAETE AGUAYO
Rol
O-1368-2022
Fecha
11 de noviembre de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Con fecha 10 de noviembre del año 2022, aproximadamente a las 14:50 horas, en la vía pública, específicamente en calle victoria a la altura de la plaza de armas frente al local D´Lara de Cauquenes, los imputados don ANGEL NICOLÁS VALDÉS CABEZAS y FRANCISCO GAETE AGUAYO, se mantenían en el interior de un automóvil, que tiene la marca Hyundai, modelo ACCENT, color blanco PPU DRXV-37, el cual luego de un control de identidad, se pudo percatar por parte de funcionarios de la policía de investigaciones que en el mantenían un bolso contenedor de Tres polerones de color rosado de la marca Levis, con etiquetas de la multitienda Paris, una polera color azul, marca Pepe Jeans, una caja de audífonos color negro de la marca JBL, todos de la multitienda Ripley y una bolsa contenedora con un total de 41 especies de higiene Shampoos y desodorantes, respecto de los cuales no podían sino saber que eran especies ilícitas sustraídas previamente, mediante el delito de hurto a la multitienda Paris y a la multitienda Ripley de la comuna de Talca. El valor de las especies sustraídas y encontradas en poder de los imputados, sin tener, además comprobante alguno de su adquisición o legítima compra es de $264.000.- pesos. A continuación se transcribe la parte resolutiva del fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT : 1368 - 2022 RUC : 2201122662-4 IMPUTADO : FRANCISCO ANTONIO GAETE AGUAYO ANGEL NICOLÁS VALDÉS CABEZAS PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, once de noviembre de dos mil veintidós. Y visto además, lo dispuesto en los artículos N° 1, 12 N°15, 14, 15, 18, 19, 20, 30, 50, 67, 70, 456 bis a) del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 4 y 10 de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a FRANCISCO ANTONIO GAETE AGUAYO, Cédula Nacional de Identidad N°20.349.607-9, domiciliado en Calle 17 1/2 NORTE, VILLA PARQUE UNO Nº 2271, Talca., ya
Fallo
fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT : 1368 - 2022 RUC : 2201122662-4 IMPUTADO : FRANCISCO ANTONIO GAETE AGUAYO ANGEL NICOLÁS VALDÉS CABEZAS PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, once de noviembre de dos mil veintidós. Y visto además, lo dispuesto en los artículos N° 1, 12 N°15, 14, 15, 18, 19, 20, 30, 50, 67, 70, 456 bis a) del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 4 y 10 de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a FRANCISCO ANTONIO GAETE AGUAYO, Cédula Nacional de Identidad N°20.349.607-9, domiciliado en Calle 17 1/2 NORTE, VILLA PARQUE UNO Nº 2271, Talca., ya individualizado, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la pena de multa de TRES Unidades Tributarias Mensuales, todo ello como autor en grado de desarrollo consumado del delito de RECEPTACIÓN. Y a don ANGEL NICOLÁS VALDÉS CABEZAS, Cédula de identidad N°19.044.505-4, domiciliado en Calle 10 1/2 SUR 30 Y 31 ORIENTE Nº 3118, Talca., ya individualizado a la pena de 60 días de prisión en su grado máximo, a la pena de multa de CUATRO Unidades Tributarias Mensuales, como autor del delito de RECEPTACIÓN. Hechos perpetrados en esta jurisdicción el pasado 10 de noviembre del año 2022. II. Que, respecto de las penas corporales, respecto de don ANGEL NICOLÁS VALDÉS CABEZAS, s
Texto Completo (Preview)
CIRCUNTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL: ATENUANTES: NO. AGRAVANTES: 12 N°15 (Respecto de Valdes Cabezas) LOS HECHOS: Con fecha 10 de noviembre del año 2022, aproximadamente a las 14:50 horas, en la vía pública, específicamente en calle victoria a la altura de la plaza de armas frente al local D´Lara de Cauquenes, los imputados don ANGEL NICOLÁS VALDÉS CABEZAS y FRANCISCO GAETE AGUAY
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