Juzgado de Garantía de la Serena.

JOSÉ EDUARDO CALDERÓN ROJAS C/ EMERSON ALBERTO OPAZO VIVAR

Rol

O-5499-2022

Fecha

11 de noviembre de 2022

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos “El día 06 de Febrero de 2020, a las 2 .00 horas aproximadamente, en circunstancias que los imputados Emerson Alberto Opazo Vivar y Edgar Alberto González Benítez, se encontraban en el interior de la Celda N° 28, del módulo 54, agrupación condenados media del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Huachalalume, ubicado en calle Huachalalume S/N de esta ciudad, cortaron los soportes de las literas, resultando dañadas dichas especies, de propiedad de Gendarmería de Chile, las que fueron avaluadas en la suma total de $ 275.000.-“. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los

Fundamentos

considerando grabados íntegramente en el registro de audio N°2000 7608 -2-929-22 -00- 2- 5499-2022 SENTENCIA, en virtud del artículo 4 del Código Procesal Penal. Vistos:

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos °, 7°, N° 9, 4 N° , 5 N° , 49, 50, 70 y 487 del Código Penal; 88 y siguientes del Código Procesal Penal y 600 del Código Orgánico de Tribunales, se declara: I.- Que, se condena a Emerson Alberto Opazo Vivar, ya individualizado, como autor del delito de daños, en grado de consumado, cometido en perjuicio de Gendarmería de Chile, en la localidad de Huachalalume de esta comuna de La Serena, el día 06 de febrero de 2020; al pago de una multa de un tercio de una Unidad Tributaria Mensual. II.- Que, la multa impuesta se pagará en su equivalente en pesos, según el valor que tenga la referida Unidad Tributaria Mensual al momento de la solución efectiva, lo que deberá efectuarse dentro del plazo de cinco días, contados desde la fecha de ejecutoria de la presente sentencia. En el evento de que el encartado no tuviere bienes suficientes para satisfacer la pena pecuniaria, sufrirá por vía de sustitución y apremio la sanción de reclusión, a razón de un día de privación de libertad por cada un tercio de una Unidad Tributaria Mensual, que en este caso equivale a un día, a menos que el imputado en la oportunidad procesal que corresponda, manifieste su interés en que esta pena se sustituya por la sanción de PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 2000 7608 -2 RIT Nº: 5499 - 2022 DELITO: Daños Simples SENTENCIADO: EMERSON ALBERTO OPAZO VIVAR Código: GQNMXCVWTEG Este documento tiene firma electrónica y su origina

Texto Completo (Preview)

RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, once de noviembre de dos mil veintidós Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Carlos Lorenzo Jorquera Peñaloza Fiscal Ana Acevedo Acevedo Defensor Gabriel Calderón Lewin Imputado Emerson Alberto Opazo Vivar, cédula de identidad N° 9. 8.880-K, actualmente interno en Complejo Penitenciario Santiago Sur, Región Metropolitana. Sala Sala 2 Acta transcripto

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