Juzgado de Letras y Garantía de Putaendo.

PREFECTURA ACONCAGUA T. PU C/ JUAN RAMÓN YANCA DÍAZ

Rol

O-69-2022

Fecha

8 de noviembre de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos objeto del requerimiento. HECHOS: El día 12 de noviembre de 2021, aproximadamente a las 21:05 horas, en calle Buin S/N, comuna de Putaendo, el requerido JUAN RAMON YANCA DIAZ, conducía en estado de ebriedad el vehículo PPU: KD46-52, marca Nissan, modelo Pick Up, color Rojo y en ese estado, perdió el control de su vehículo, impactando un poste del tendido eléctrico ubicado en lugar. Al concurrir Carabineros, pudieron apreciar el estado en el cual se encontraba el requerido, dado su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar, razón por lo cual procedieron a su detención. Cabe señalar que practicada la alcoholemia de rigor, esta arrojo un resultado de 1,91 gr/l de alcohol en la sangre. Por estas consideraciones y, visto además, lo dispuesto en los artículos pertinentes del Código Penal; del Código Procesal Penal; Ley 18.290; y Ley 18.216, SE DECLARA: I. Que se condena a don JUAN RAMÓN YANCA DÍAZ, C.I. Nº 0012599852-6, ya individualizado, como AUTOR del delito de CONDUCCION EN.ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 110 y 196 de la Ley n° 18.216, en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido el día 12 de noviembre de 2021, en la Código: KHZTXCXXBWF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Letras, Garantía y Familia Putaendo comuna de Putaendo, a sufrir la pena de SESENTA Y UN (61) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la MULTA de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más la suspensión de su licencia de conducir por CINCO años y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo OCHENTA Y UN (81) horas de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Los Andes, a partir del día 21 de noviembre del presente año, bajo apercibimiento legal de detenció

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además, lo dispuesto en los artículos pertinentes del Código Penal; del Código Procesal Penal; Ley 18.290; y Ley 18.216, SE DECLARA: I. Que se condena a don JUAN RAMÓN YANCA DÍAZ, C.I. Nº 0012599852-6, ya individualizado, como AUTOR del delito de CONDUCCION EN.ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 110 y 196 de la Ley n° 18.216, en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido el día 12 de noviembre de 2021, en la Código: KHZTXCXXBWF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Letras, Garantía y Familia Putaendo comuna de Putaendo, a sufrir la pena de SESENTA Y UN (61) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la MULTA de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más la suspensión de su licencia de conducir por CINCO años y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo OCHENTA Y UN (81) horas de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Los Andes, a partir del día 21 de noviembre del presente año, bajo apercibimiento legal de detención en su contra. La pena sustitutiva impuesta no podrá extenderse por más de ocho horas diarias de prestación de servicios y deberá ser compatible con la actividad laboral o estudiantil que el imputado acreditare desarrollar. El

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras, Garantía y Familia Putaendo Individualización de Audiencia de Procedimiento Simplificado (sentencia completa en audiencia) FECHA : ocho de noviembre de dos mil veintidós RIT : 69 - 2022 RUC : 2101027100-K JUEZ : DANIELA ISABEL TORRES FLORES FISCAL : Alejandro Bustos DEFENSOR : Veronica Barraza en representación de Carlos Gutierrez IMPUTADO : JUAN RAMÓN YANCA DÍAZ, Cédula Naciona

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica