Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curico.

M.P. C/ DAGOBERTO EDUARDO FAÚNDEZ RODRÍGUEZ

Rol

O-47-2022

Fecha

10 de noviembre de 2022

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES LEVES., ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, con fecha tres de noviembre del presente mes año, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en los autos rol interno N° 47-2022, seguidos en contra de RODOLFO ANTONIO GOMEZ HERNANDEZ, cédula nacional de identidad N° 18.681.549-1, nacido en Curicó el 11 de enero de 1994, 28 años, empleado, casado, domiciliado en Longitudinal Sur KM 11 s/n de Curicó; DAGOBERTO EDUARDO FAUNDEZ RODRIGUEZ, cédula nacional de identidad N° 17.883.062-7, nacido en Curicó el 19 de enero de 1992, 30 años, comerciante, soltero, domiciliado en Población Santa Fe, calle Tierra del Fuego N° 460 de Curicó y MAICOL MIGUEL VALDIVIA SAAVEDRA, cédula nacional de identidad N° 17. 796.070 -5, nacido en Curicó el 11 de abril de 1991, 31 años, soldador, soltero, domiciliado en Villa Prados del Valle, pasaje Los senderos N° 2099 de Curicó. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público de Curicó representado por el fiscal Juan Pablo Araya Muñoz, con domicilio en Chacabuco Nº 329 de esta ciudad. La defensa del acusado RODOLFO ANTONIO GOMEZ HERNANDEZ estuvo a cargo del abogado de la Defensoría Penal Pública Sergio Aguilera Jara y la de los acusados DAGOBERTO EDUARDO FAÚNDEZ RODRÍGUEZ y MAICOL MIGUEL VALDIVIA SAAVEDRA a cargo del abogado privado Julio Herrera Rosales, ambos con domicilio ya registrado en carpeta judicial.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, según el auto de apertura de juicio oral, la fiscalía dedujo acusación en contra de los acusados por los siguientes hechos: El día 20 de agosto de 2019, alrededor de las 16:00 horas, la víctima don Bastián Jesús Tapia Alvarado se encontraba en su lugar de trabajo, ubicado en la Ruta 5 Sur KM 190, Bodega Las Palmas, de la empresa Coca Cola, de Curicó. Hasta ese lugar llegan los tres acusados en un vehículo, en compañía de una mujer desconocida. En ese lugar se entrevistan con el portero y solicitan hablar con la víctima, Bastián Jesús Tapia Alvarado, quien concurre a Portería. En ese momento, los acusados más la mujer le dicen que les debe pasar $200.000 pesos. La víctima no sabe de qué están hablando, se quedan mirando entre ellos, y es ahí que los acusados dicen a la víctima que los tienen que acompañar para conversar este tema, situación que les dice la víctima que no lo podía hacer ya que estaba en horario de trabajo. En esos instantes, uno de ellos dice: “Agarra a este hueón y secuestrémoslo, llevémoslo”, tomándolo del brazo, por lo cual la víctima huye hacia el interior de la empresa, siendo seguido por los tres Código: XMHSXCDFHBF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 acusados, dándole alcance, comenzando a agredirlo con golpes de pie y puño en distintas partes del cuerpo, sobretodo en la cara. Después de esto, los acusados se retiran del lugar, pero al mismo tiempo le decían que lo iban a matar, que iban a cobrar con las niñas de la víctima, y la mujer decía que conocía a su polola y que le iban a pegar. Ante esta situación, los acusados se retiran del domicilio, llamando la víctima a Carabineros y a su polola, informándole que lo habían agredido, lo cual generó temor en la persona de la víctima debido a la agresividad y descontrol manifestados por los imputados. A raíz de esta agresión, la víctima Bastián Tapia Alvarado, resultó con traumatismo contuso frontal mejilla izquierda, brazo izquierdo, antebrazo derecho, lesiones de carácter leve. Posteriormente, los tres imputados más la mujer, se trasladan en vehículo hasta la casa habitación ubicada en Población Manuel Rodríguez, Calle Chiloé N° 24, de Curicó, domicilio de la segunda víctima, doña Camila Fernanda Muñoz Cifuentes, donde llegan siendo aproximadamente las 17:00 horas, y los imputados más la mujer ingresan al domicilio exigiéndole que les entregue el dinero que tenía, y que le iban a desvalijar la pieza. Ella les dice que no tenía dinero, que no tenía nada que ver, y en esas circunstancias uno de los imputados extrae aparentemente un arma de fuego del tipo pistola, le dice que no andaban leseando, que querían la plata, exigiéndole el dinero, y que si no iban a llegar con ellos hasta que les entregaran la plata. Es en ese contexto que dos de los imputados ingresan violentamente al dormitorio y empiezan a revisar y destrozar sus pertenencias, y la víctima sale del dormitorio, llama a C

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 45, 48, 144, 296 N°3, 432, 436, 439, 397 y 494 N°5 del Código Penal, y artículos 1, 45, 46, 48, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344 y 346 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que SE ABSUELVE a RODOLFO ANTONIO GÓMEZ Código: XMHSXCDFHBF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 21 HERNÁNDEZ, DAGOBERTO EDUARDO FAÚNDEZ RODRÍGUEZ y MAICOL MIGUEL VALDIVIA SAAVEDRA, ya individualizados, de las acusaciones que se formularen en su contra como autores del delito consumado de AMENAZAS del artículo 296 N° 3 del Código Penal, la falta consumada de LESIONES LEVES del artículo 494 N° 5 del mismo cuerpo legal y del delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN del artículo 436 del Código Penal, en grado frustrado, todos, presuntamente perpetrados el 20 de agosto de 2019 en la comuna de Curicó y por los cuales se ha presentado acusación fiscal. II. Que no se condena al Ministerio Público al pago de las costas del juicio, por estimar que tuvo motivo plausible para formalizar y acusar. Devuélvase a los intervinientes las evidencias y documentos incorporados al juicio. Redactó la jueza Amelia Avendaño González. Regístrese y comuníquese oportunamente al Juzgado de Garantía, hecho archívese. RIT 47-2022 RUC N° 1900895238-0 DICTADA POR LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CURICO PRESIDIDA POR EL JUEZ RODRIGO GOMEZ MARAMBIO E INTEGRADA POR LAS JUEZAS JIMENA OREL

Texto Completo (Preview)

1 CONTRA: RODOLFO ANTONIO GÓMEZ HERNÁNDEZ, DAGOBERTO EDUARDO FAÚNDEZ RODRÍGUEZ y MAICOL MIGUEL VALDIVIA SAAVEDRA DELITO: AMENAZAS SIMPLES, LESIONES LEVES y ROBO CON INTIMIDACIÓN RIT N° 47-2022 RUC N° 1900895238-0 Curicó, diez de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: Que, con fecha tres de noviembre del presente mes año, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, se llevó a

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