SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y FORESTAL SANTA SOFIA LIMITADA/SCOTIABANK-CHILE
Rol
C-2051-2019
Fecha
21 de abril de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 22 de mayo de 2019, en folio 1 comparece don JAVIER RIOSECO FERNANDEZ, abogado, domiciliado en calle San Martín 379, de la ciudad de Los Ángeles, en representación de Sociedad Agrícola, Forestal y Ganadera Santa Sofía Ltda., del giro de su razón social, representada por doña María Marieta Contreras Ortega, ambas domiciliadas en calle Baquedano 212, Santa Bárbara y expone: Que viene en interponer demanda en juicio ordinario de declaración de prescripción extintiva en contra de BANCO SCOTIABANK CHILE S.A, empresa del giro de su razón social, en su calidad de sucesor legal del Banco Sudamericano, representado legalmente por su Gerente General don FRANCISCO SARDÓN DE TABOADA, factor de comercio, ambos domiciliados en calle Morandé 226, Comuna de Santiago, fundado en que con fecha 30 de julio de 1999 don Fermín José Contreras Ortega en representación de Sociedad Agrícola, Forestal y Ganadera Santa Sofía Ltda. y además en su calidad de aval y codeudor solidario suscribió un pagaré a la orden del Banco Sudamericano por la cantidad de $18.700.000, por concepto de capital, con un interés pactado de 1,98% anual, suma que los deudores se obligaron a pagar en una cuota de capital e intereses el 1 de diciembre de 1999. Agrega que para garantizar el pago de lo adeudado, su representada constituyó hipoteca de primer grado con cláusula de garantía general en favor del Banco Sudamericano, hoy Scotiabank Chile S.A., por escritura pública de fecha 01 de Septiembre de 1997, otorgada ante el Notario Público de Los Ángeles don Axel Rolando Montero Burgueño, sobre el inmueble denominado Santa Sofía, ubicado en Santa Bárbara, de la misma comuna, compuesto por los lotes A y B, e inscrito a nombre de su representada la Sociedad Agrícola Forestal y Ganadera Santa Sofía Limitada, a fojas 96 vuelta n° 49 del Registro de Propiedad del año 1996 del Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara. Señala que la hipoteca se inscribió a favor del Banco Sudamericano, hoy Scotiabank Ch
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que, de acuerdo a lo consignado en lo expositivo precedente, el actor solicita que se declare la prescripción extintiva de la acción ejecutiva y ordinaria que emanen del pagaré a la orden del Banco Sudamericano suscrito por su representada por la cantidad de $18.700.000, suma que se obligó a pagar en una cuota de capital e intereses el 1 de diciembre de 1999, por haber transcurrido los plazos que exige la ley. 2°.- Que, la parte demandada se encuentra rebelde en la secuela del juicio, por lo que ha de entenderse que controvierte las alegaciones del demandante, de modo que de acuerdo a las reglas del onus probandi, pesa sobre el actor acreditar los hechos en que sustenta la acción ejercida. 3°.- Que teniendo presente que la institución jurídica de la prescripción extintiva parte del supuesto que exista válidamente una obligación, la cual, ante la negligencia de su acreedor para recurrir a los tribunales competentes en tiempo oportuno y reuniéndose los requisitos legales pertinentes, da por extinguida, los requisitos para la procedencia de la acción son: la existencia de una obligación y la inactividad del acreedor durante un determinado lapso de tiempo. 4°.- Que, con la finalidad de acreditar los hechos fundantes de su acción, el demandante acompañó en folio 1, copia de inscripción de dominio de fs. 96 vuelta N° 49 del Registro de Propiedad del año 1996 del Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara; certificado de hipotecas y gravámenes del referido inmueble; certificado de prenda agraria y prenda industrial, prohibición de constituir prenda agraria y prohibición de constituir prenda industrial del inmueble; copia de inscripción de hipoteca de fs. 401 vuelta N° 213 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 1997 del Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara; copia de inscripción de prohibición de fs. 229 vuelta N° 198 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del año 1997 del Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara; copia de inscripción de prenda agraria de fs. 12 N° 8 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del año 1997 a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara; copia de inscripción de prenda industrial de fs. 12 N° 8 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del año 1997 del Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara. Que también se trajo a la vista causa rol C-20.647-2000 del Segundo Juzgado de Letras Ex tercero de esta ciudad. 5º.- Que, de acuerdo a la prueba documental, allegada al proceso se tendrán por establecidos los siguientes hechos: 1.- Que la Sociedad Agrícola Forestal y Ganadera Santa Sofía suscribió un pagaré con fecha 30 de julio de 1999, por la suma de $ 18.700.000 pagadero en una cuota con vencimiento al día 1 de diciembre de 1999. 2.- Que, según consta en la causa rol C-20647-2000 del Segundo Juzgado de Letras ex Tercer Juzgado de esta ciudad, (cuaderno principal, en compulsas) por resolución de fecha 25 de enero de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 48, 49, 50, 1.698, 1.700, 1.702, 2.492, 2.503, 2.514, 2515 del Código Civil; 144, 160, 170, 341, 342 del Código de Procedimiento Civil y Ley 18.092; se declara: I.- Que HA LUGAR a la demanda deducida en lo principal de folio 1, por la Sociedad Agrícola Forestal y Ganadera Ltda., en contra del Banco Scotiabank Chile S.A., en su calidad de continuador legal del Banco Sudamericano; y, en consecuencia, se declaran prescritas las acciones ejecutivas y ordinarias para el cobro de la obligación contenida en el pagaré suscrito por la actora con fecha 30 de julio de 1999, por el monto de $18.700.000. II.- Que cada parte pagará sus costas Regístrese y notifíquese. Rol C-2051-2019 Dictada por doña SUSANA ARROYO CEBALLOS, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras de Los Ángeles. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-04-21T13:51:21-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Angelesº CAUSA ROL : C-2051-2019 CARATULADO : Sociedad Agr cola, Ganadera y Forestal Santa Sofiaí Limitada/SCOTIABANK-CHILE Los Angeles, veintiuno de Abril de dos mil veinte VISTO: Con fecha 22 de mayo de 2019, en folio 1 comparece don JAVIER RIOSECO FERNANDEZ, abogado, domiciliado en calle San Martín 379, de la ciudad de Los Áng
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