Juzgado de Garantía de Arica.

MIN. PUBLICO ARICA C/ NATALY CHARLYN LEAL FERNÁNDEZ

Rol

O-2174-2022

Fecha

8 de noviembre de 2022

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: “El día 08 de mayo del año 2022 siendo aproximadamente las 04 horas de la madrugada, en circunstancias que personal policial efectuaba un patrullaje por calle Pedro Montt con calle Thompson sorprenden a los acusados OSCAR MORALES SANTANDER y NATALY LEAL FERNANDEZ estar en posesión, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de la especie, de un vehículo motorizado placa patente RF-1176 marca Nissan color blanco. En efecto, el acusado MORALES SANTANDER empujaba este vehículo el cual se encontraba sin sus placas patentes, con señales de vulneración en sus puertas delanteras, estando en el volante de conductor la acusada NATALY LEAL, verificando los funcionarios policiales al fiscalizar a los acusados que el vehículo tenia encargo por robo, siendo robado el día 04 de mayo del año 2022, en perjuicio de la víctima Cyra de La Fuente Monardes, quien avaluó el vehículo en la suma de $2.000.000 de pesos; procediéndose a la detención de los acusados.” Los hechos precedentemente descritos, son constitutivos del delito de receptación de vehículo motorizado previsto y sancionado en el artículo 456 bis A inciso tercero del Código Penal. Código: KLPMXCXXKDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Consulta de admisión: El acusado, debidamente informado de sus derechos, acepta los hechos de la acusación, los antecedentes de la investigación y el procedimiento abreviado. Sentencia en juicio abreviado Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente y la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y N° 9, 14, 15, 18, 21, 30, 49, 50, 67, 68, 70, 456 bis A del Código Penal; 4 y siguientes de la Ley 18.216; y 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a Nataly Charlyn Leal Fernández, cédula de identidad N° 15.979.090-8 y Oscar Jeremi Morales Santander

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Nataly Charlyn Leal Fernández, cédula de identidad N° 15.979.090-8 y Oscar Jeremi Morales Santander, cédula de identidad N° 18.315.095-2, ya individualizados, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de un tercio de unidad tributaria mensual y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autores del delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, cometido en Arica el 08 de mayo de 2022. II.- Se sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de remisión condicional por el mismo tiempo de la condena, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social dentro del plazo de cinco días, contados desde que esta sentencia quede ejecutoriada. Si esta pena sustitutiva fuere revocada o quebrantada deberán cumplir efectivamente la pena corporal impuesta o, en su caso, se remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad. III.- Que las multas impuestas se darán por cumplidas con el día que estuvieron privados de libertad en esta causa, conforme lo permite el artículo 49 del Código Penal. Regístrese y dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y artículo 38 de la Ley 18.216, esto último sólo respecto de Nataly Charlyn Leal Fernández. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los pl

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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, ocho de noviembre de dos mil veintidós Magistrado GABRIEL ALEJANDRO ORMEÑO VALDEBENITO Fiscal CARLOS ELTIT ORTEGA Defensor MARLEN MORALES SÁNCHEZ Tipo de Audiencia PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL Hora inicio 12:42 Hora termino 13:04 Sala 4 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2200441837-2-992-221108-00-28-APJO GOV LCR RIT 2174 22 Acta LCR RUC 2200441837

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