MINING DEVELOPMENT INVESTMENT SPA/
Rol
V-521-2019
Fecha
21 de abril de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que en estos autos rol V-521-2019, se presenta don RAUL PEDRO SALAMANCA CARVAJAL, chileno, casado y separado de bienes, abogado, cedula nacional de identidad 8.639.515-0, domiciliado en Matta 288, La Serena, en representación de INVERSIONES MINERAS SpA., también MINING DEVELOPMENT & INVESTMENT SpA., sociedad del giro de su denominación, RUT. 76.474.166-8, domiciliada en Matta 288, La Serena, su personería para representar a INVERSIONES MINERAS SpA., también MINING DEVELOPMENT & INVESTMENT SpA. consta de escritura pública de Poder General y administración de fecha de fecha 1 de febrero de 2018, suscrito en la Notaria de don Rubén Reinoso Herrera, ante el Notario Suplente don Gonzalo Oñate Miranda, cuya copia debidamente autorizada, se acompaña a estos autos, solicitando se dicte sentencia constitutiva de exploración del pedimento denominado “DIANA 2” presentado con fecha 18 de diciembre de 2019, solicitándose una superficie de 300 hectáreas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que rola pedimento ingresado al sistema de tramitación electrónica, por don RAUL PEDRO SALAMANCA CARVAJAL, en representación de INVERSIONES MINERAS SpA., también MINING DEVELOPMENT & INVESTMENT SpA, ya individualizados, con fecha 18 de diciembre de 2019 y anotado en el libro de registro numerado bajo el folio N° 473 del Primer Juzgado de Letras de Vallenar y mediante resolución de fecha, diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve, se ordena inscribir, publicar, dar copia y cuyo rol asignado es el V-521-2019. SEGUNDO: Que se agregaron a los autos copia autorizada de la inscripción del pedimento efectuado a fojas 2422 vta. Nº1229 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, correspondiente al año 2019; y páginas pertinentes del Boletín Oficial de Minería Nº 42.545, de fecha 06 de enero de 2020, en el que consta la publicación del pedimento referido. TERCERO: Que la concesión solicitada se ubica en la Región: Tercera Atacama, Provincia de Huasco, Comuna de Vallenar, lugar: VIZCACHITAS y las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro son los siguientes: VÉRTICE NORTE ( m ) ESTE (m) V1 6.814.000,00 326.000,00 Primer Juzgado de Letras de Vallenar V2 6.814.000,00 327.000,00 V3 6.811.000,00 327.000,00 V4 6.811.000,00 326.000,00 Las coordenadas U.T.M. del punto medio son: NORTE (m) ESTE (m) 6.812.500,00 326.500,00 CUARTO: Que se evacua informe N° 001878 favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería, de fecha 23 de marzo de 2020, acerca de los aspectos técnicos de la Concesión de Exploración denominada “DIANA 2”, Rol Nacional 03301-A341-2. QUINTO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Código de Minería, durante la vigencia de la concesión sólo su titular tendrá derecho, dentro de los límites de ella, a hacer libremente calicatas y otras labores de exploración. Que el ejercicio de este derecho quedará sujeto a las obligaciones y limitaciones que establecen los artículos 14, 15 inciso segundo y siguientes, 16 número tercero y 17 y demás pertinentes sobre policía y seguridad mineras. El titular se hará dueño sólo de las sustancias concesibles que necesite arrancar con motivo del ejercicio de ese derecho. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo legal citado. SEXTO: Que así, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería y en virtud del pedimento presentado el día 18 de diciembre de 2019, se solicita se constituya la concesión de exploración. SÉPTIMO: Que en el referido pedimento se señala que la concesión solicitada, abarcará una superficie total de 300 hectáreas, bajo el nombre de “DIANA 2”, y al solicitar sentencia constitutiva de exploración el solicitante refiere de éste abarcará en definitiva una superficie de 300 hectáreas. Y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nº 18.097 y artículos 35, 55, 56, 87, 88, 90, 112, 113 y 114 de la Ley Nº 18.248, del Código de Minería y artícu
Texto Completo (Preview)
Primer Juzgado de Letras de Vallenar Vallenar, veintiuno de Abril de dos mil veinte. Vistos: Que en estos autos rol V-521-2019, se presenta don RAUL PEDRO SALAMANCA CARVAJAL, chileno, casado y separado de bienes, abogado, cedula nacional de identidad 8.639.515-0, domiciliado en Matta 288, La Serena, en representación de INVERSIONES MINERAS SpA., también MINING DEVELOPMENT & INVESTMENT SpA., socie
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