SOTOMAYOR/EZENTIS CHILE S.A.
Rol
O-228-2021
Fecha
15 de octubre de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1) Que en este juicio RAFAEL RODRIGO SOTOMAYOR LARA, representado por la abogada María Fernanda Sanchez, ambos con domicilio en Avenida Las Condes N° 11.380, Of. 91, Vitacura; ha interpuesto demanda en contra de EZENTIS CHILE S.A, cuyo representante legal es Hernán Inostroza Godoy, ambos domiciliados para estos efectos en Las Hortensias nº 501, Cerrillos; en razón de haber prestado servicios como “recuperador de equipos”, desde el 1 de septiembre de 2015 al 4 de septiembre de 2020, fecha en la cual alega haber sido despedido sin el cumplimiento de las formalidades legales y sin invocar una causal legal. Explica que sus servicios fueron contínuos y se prestaron bajo subordinación y dependencia de la demandada, estando sujeto a las instrucciones de su jefatura, sin perjuicio que se le impuso una forma de trabajo por la cual debía emitir boletas de honorarios. En rigor, debía retirar equipos decodificadores de la casa de los clientes de la empresa, efectuar informes de dichos retiros en las plataformas indicadas por su empleador y dar cuenta de cada una de sus labores diarias a su jefatura directa. Estas labores eran realizadas en terreno y le correspondía la comuna de Puente Alto, Pirque y San José de Maipo. Se le pagaba en contra de la emisión de boletas de honorarios y se le emitían órdenes de compra por sus servicios. El 4 de septiembre Enrique Valenzuela le envió un correo electrónico indicando que estaba despedido desde ese mismo día. Al mismo tiempo, se le entregó una carta de despido firmada por el representante de la empresa. Solicita se declare la existencia de la relación laboral continua y se condene a la demandada al pago de las indemnizaciones por término de contrato, además del feriado adeudado, las cotizaciones previsionales de todo el periodo laborado y las remuneraciones desde el despido hasta su convalidación. Todo con reajustes intereses y costas. 2) Que la demandada ha negado la relación laboral que sirve de base a la pretensión del actor y afirma que se trató de una relación civil, en la cual el actor utilizaba su propio vehículo, tenía sus propios ayudantes, las actividades eran dirigidas por el actor y tampoco eran exclusivas, pues prestaba similares servicios para otras empresas. Acusa que –incluso- en mayo de 2020 interpuso una demanda de reconocimiento de relación laboral en contra de SICE Agencia en Chile S.A. en donde alega cumplimiento de Jornada y deber de obediencia por el tiempo que ahora alega haber trabajado para Ezentis Chile S.A. Por todo lo anterior, solicita se rechace la demanda en todas sus partes. 3) Que por haberse negado la relación que sirve de base a las pretensiones del juicio, le ha correspondido a la demandante la carga de acreditar los presupuestos de la acción y, para tal efecto, ha incorporado la siguiente prueba: Boletas de prestación de servicios a terceros en favor del demandante y con cargo a la demandada por prestaciones de los años 2015 y 2016, las boletas de honorarios emitid
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los arts.1, 420, 425, 454 y siguientes del código del trabajo, se resuelve: I. Que se rechaza la demanda en todas sus partes. II. Que no se condena en costas a la demandante, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. RIT O-228-2021 RUC 21- 4-0314878-1 Dictada por PAOLA CECILIA DIAZ URTUBIA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Que en este juicio RAFAEL RODRIGO SOTOMAYOR LARA, representado por la abogada María Fernanda Sanchez, ambos con domicilio en Avenida Las Condes N° 11.380, Of. 91, Vitacura; ha interpuesto demanda en contra de EZENTIS CHILE S.A, cuyo representante legal es Hernán Inostroza Godoy, ambos domiciliados para estos efectos en La
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