M.P. C/ N.N.
Rol
O-4045-2019
Fecha
18 de octubre de 2022
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el fiscal del Ministerio Público, solicitó proceder conforme a las normas del procedimiento abreviado respecto del acusado DIEGO IGNACIO TIJANNY VALLEJOS MELLI, cedula de identidad N°19260308-0, domiciliado en Eisenhower N°1474 , Recoleta, por su participación a título de autor del delito de porte de arma prohibida ilícito descrito y sancionado en el artículo 14 en relación al artículo 3 de la ley 17.798. Que habiéndose solicitado por el Ministerio Público se proceda conforme a las normas del procedimiento abreviado, en esta audiencia procede a acusar verbalmente expresa que se le reconocerá la atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal atendida la aceptación de este procedimiento y 17 C de la ley 17.798 requiriendo la pena de 746 días de presidio menor en su grado medio , comiso sin costas. Pena cumplida. SEGUNDO: Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 409 del Código Procesal Penal, el tribunal ha verificado que el acusado ha consentido libre y voluntariamente en realizar un procedimiento abreviado, que conoce su derecho a exigir un juicio oral, entiende los términos del acuerdo y las consecuencias que éste puede significarle y que no ha sido objeto de presiones ni coacciones indebidas por parte de persona alguna, y cumpliéndose los requisitos legales previstos en los artículos 406 y 410 del Código Procesal Penal, el tribunal aceptó conforme a las reglas del juicio abreviado. TERCERO: Que los hechos que fundamentan la acusación y que han sido aceptados expresamente por el acusado, quien los ha reconocido en forma libre y voluntaria y con conocimiento de sus Código: EEGKXCJTHYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl derechos, lo que ha sido verificado por el tribunal , son los siguientes: Con fecha 18/07/2019 siendo aprox. Las 13:00 horas, por la ejecución de una orden de entra y registro en el INMUEBLE UBICADO EN EL SITIO Nº 77, POBLACIÓN ROOSEVELT, COMUNA DE RECOLETA y en poder de los imputados de esta causa JUAN PATRICIO ESCOBAR SALAS () y DIEGO IGNACIO TIJANNY VALLEJOS MELLI se encuentran diversas especies. Al interior de un mueble tipo closet que pertenecía a DIEGO IGNACIO TIJANNY VALLEJOS MELLI, el imputado mantenía en su interior 01 pistola calibre 9 mm., sin marca ni número de serie, color negro con gris, 01 cargador de pistola el que mantenía en su interior la cantidad de 12 cartuchos calibre 9 mm., todos sin percutir. Se hace presente que, a un costado de la caja anteriormente mencionada, se encontró una caja de color azul-blanco con la leyenda “Magtech” la que mantenía en su interior la cantidad de 28 cartuchos calibre 9 mm. Siguiendo con el registro y en una dependencia o ampliación que se encontraba al interior del mismo inmueble, el imputado DIEGO IGNACIO VALLEJOS MELLI, mantenía en su poder, sobre un mueble tipo Rack, otra arma, 01 Escopeta, marca Lumar, serie Nº 63725, con empuñadura color café, calibre 12, con dos cañones, 02
Fallo
Por estas consideraciones, y vistos lo dispuestos en los artículos 1°, 11 N° 9, 14, 15, 21, 25, 30, 50, 67, del Código Penal, artículos 1, 2,, 9, 12, 13,1,14 ,15, 17 y siguientes de la ley 17.798 y artículos 45, 297,340, 406, y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: i.- Que se condena al acusado DIEGO IGNACIO TIJANNY VALLEJOS MELLI, ya individualizado a la pena de setecientos cuarenta y seis días de presidio menor en su grado medio, accesorias suspensión para cargo u oficio publico si lo tuviere durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de tenencia ilegal de arma convencional, ilícito descrito en el artículo 9 en relación al artículo 2 de la ley 17.798 , en grado de consumado, cometido en la comuna de Recoleta con fecha 18 de julio de 2019.. ii.-Que respecto del sentenciado la pena antes impuesta se tendrá por cumplida con el tiempo de privación de libertad que mantuvo con motivo de esta causa en prisión preventiva desde 19 de julio de 2019 hasta el 11 de septiembre de 2020; y en medida cautelar de arresto domiciliario desde el día 11 de septiembre de 2020 al día de hoy, sumando un total 746 días, previo calculo , por lo que pena está cumplida. Código: EEGKXCJTHYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl iii.- Se decreta el comiso del arma incautada en este procedimiento de conformidad a lo establecido a la ley 17.798. iv.- Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa , tod
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciocho de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el fiscal del Ministerio Público, solicitó proceder conforme a las normas del procedimiento abreviado respecto del acusado DIEGO IGNACIO TIJANNY VALLEJOS MELLI, cedula de identidad N°19260308-0, domiciliado en Eisenhower N°1474 , Recoleta, por su participación a título de autor del delito de porte de arma proh
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