MINISTERIO PUBLICO C/ NELSON ALEJANDRO VIDAL VELOSO
Rol
O-1182-2021
Fecha
3 de octubre de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Primero: Que, ante este Juzgado de Garantía de Coyhaique, en causa RIT 1182 - 2021, RUC 2100428772-7, se desarrolló audiencia de juicio simplificado efectivo, compareciendo por el Ministerio Público el Fiscal Adjunto, Patricio Jory Echeverría, domiciliado en calle 21 de Mayo N°605; del defensor privado, Lorenzo Avilés Rubilar, con domicilio y forma de notificación registrado en el tribunal, y del requerido Nelson Alejandro Vidal Veloso, RUN 10.684.882-3, 44 años, soltero, chofer, domiciliado en Errázuriz N° 1591, Coyhaique, fono 983347803, en contra de quien en forma previa se dedujo por el Ministerio Público requerimiento en procedimiento simplificado, de conformidad a los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal. Segundo: Que los hechos materia del requerimiento deducido consistieron en que “El día 01 de mayo de 2021, alrededor de las 02:25 horas, el requerido NELSON ALEJANDRO VIDAL VELOSO condujo en estado de ebriedad el vehículo tipo camioneta, marca JAC, modelo T8, placa patente única PHDR-57, por la Ruta 7 a la altura del kilómetro 8 de la comuna de Coyhaique, lugar donde perdió el control del móvil chocando el cerco perimetral del domicilio de don Luis Eduardo Bórquez Rubio, causando daños avaluados en la suma de $800.000 (ochocientos mil pesos), quedando el vehículo al interior del domicilio. Hasta el lugar de los hechos concurrió personal de Carabineros quienes se entrevistaron con el requerido, percatándose éstos de su condición física principalmente por su fuerte hálito alcohólico y rostro congestionado, siendo trasladado hasta el Hospital Regional de Coyhaique donde se obtuvo muestra de sangre para la realización de la alcoholemia, la que arrojó un resultado de 2.04 g/L de alcohol en la sangre, conforme al informe de alcoholemia elaborado por el Servicio Médico Legal.” Los hechos descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de daños, previsto y sancionado en el
Fundamentos
motivos plausibles para accionar penalmente, se le eximirá del pago de las costas.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1 y 18 del Código Penal; 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que se absuelve a Nelson Alejandro Vidal Veloso, RUN 10.684.882-3, ya individualizado, de los hechos contenidos en el requerimiento fiscal deducido por el Ministerio Público, y en cual se le atribuye responsabilidad en la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de daños. II. Que no se condena en costas al Ministerio Público, por estimarse que tuvo motivos plausibles para litigar. Regístrese y en su oportunidad, archívese. RIT 1182 - 2021. Código: ETPJXCGMNTD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC 2100428772-7 Dictada por Juan Patricio Silva Pedreros, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Coyhaique. Código: ETPJXCGMNTD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-08T12:40:00-0300
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, siete de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: Primero: Que, ante este Juzgado de Garantía de Coyhaique, en causa RIT 1182 - 2021, RUC 2100428772-7, se desarrolló audiencia de juicio simplificado efectivo, compareciendo por el Ministerio Público el Fiscal Adjunto, Patricio Jory Echeverría, domiciliado en calle 21 de Mayo N°605; del defensor privado, Lorenzo Avilés Rubilar, con domicili
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica