Juzgado de Letras de Cauquenes

SOCIEDAD COMERCIAL ZURGROUP FARMS SPA/IPT CAUQUENES

Rol

I-2-2021

Fecha

28 de septiembre de 2021

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

ANTECEDENTES DE HECHO QUE MOTIVARON LAS MULTAS RECLAMADAS Que, en honor al principio de la buena fe, efectivamente la empresa ZURGROUP FARMS SpA no exhibió, en virtud de un error administrativo, en el comparendo de conciliación derivado de la reclamación de los trabajadores ya antes mencionados, los documentos requeridos por la entidad sancionadora, sin perjuicio de ello y, reconociendo el hecho, la empresa remite copia a la Inspección del Trabajo de Cauquenes de los referidos documentos con fecha 01 de marzo de 2021, en los recursos de reconsideración administrativa deducidos, hecho que desconoce posteriormente la Inspección Provincial del Trabajo de Cauquenes, pues termina señalando que no se acompañó en los referidos recursos, la copia de la carta de aviso de término de contrato de trabajo de los reclamantes, cuando en los hechos, dicho documento se adjuntó debidamente y es lo que motiva la presentación del presente recurso de reclamación, tal y como se explica más adelante. IV. - DE LA RECONSIDERACIÓN ADMINISTRATIVA DE LAS MULTAS. Con fecha 01 de Marzo de 2021, estando dentro del plazo legal, la empresa ZURGROUP FARMS SpA a través de su representante legal, don JOSÉ MANUEL MONTECINO PINA, solicitó la reconsideración administrativa de las multas indicadas, de conformidad al procedimiento establecido en los artículos 511 y 512 ambos del Código del Trabajo. Que, en orden a conseguir la rebaja pertinente de las multas impuestas, la empresa corrigió el error administrativo que había llevado a la Inspección del Trabajo de Cauquenes a cursar las infracciones referidas, esto es, acompañando en el recurso de reconsideración administrativa todos los documentos requeridos Dirección del Trabajo, conjuntamente con las referidas copias de cartas de aviso de término de contrato que fueran solicitadas por ella, no obstante lo expuesto, la institución referida mantuvo las infracciones sin rebajarlas en absoluto contraviniendo lo dispuesto en el artículo 511 inciso final del C

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Letras de Cauquenes, con fecha 07 de abril del 2021, don DIEGO MEDEL GUTIÉRREZ, abogado y mandatario judicial, de ZURGROUP FARMS SpA. Del giro de su denominación, rol único tributario N°76.585.852-6, representada legalmente por don JOSÉ MANUEL MONTECINO PIÑA, chileno, empresario, todos domiciliados para estos efectos en Fundo Villa Estela Sin Número. Cauquenes, indica: Que, en este acto y en representación que inviste y dentro del plazo legal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 503 y siguientes del Código del Trabajo y 474 del mismo cuerpo legal, deduce reclamo judicial, en contra de las resoluciones administrativas número 12.13.14.15.16 todas de fecha 18 de marzo de 2021 emanadas de la Inspección Provincial del Trabajo de Cauquenes. representada legalmente por don JUAN CARLOS MUÑOZ PINO, inspector del trabajo, ambos domiciliados en calle Yungay N° 464, segundo piso, de la ciudad de Cauquenes, las que se pronunciaron respecto de las reconsideraciones administrativas de Multas, a saber N° 7562/2021/13-1, N° 7562/2021/14-1, N° 7562/2021/15-1, N° 7562/2021/16-1, N° 7562/2021/17-1, respectivamente que resolvieron, respectivamente aplicar a ZURGROUP FARMS SpA, CINCO MULTAS, cada una de 10 IMM, respectivamente, esto es, 50 IMM totales, según lo expresado en cada uno de los documento señalados, que asciende a una cantidad total de $10.522.900, a la fecha en que se constataron las supuestas infracciones. Fundamentos del reclamo judicial: I. - DEL PLAZO PARA RECLAMAR JUDICIALMENTE DE LA RESOLUCIONES QUE RESOLVIERON LAS RECONSIDERACIONES ADMINISTRATIVAS. Las resoluciones administrativas N° 12. 13. 14. 15. 16 todas de fecha 18 de marzo de 2021, emanadas de la Inspección Provincial del Trabajo de Cauquenes. que resolvieron las reconsideraciones administrativas respectivas, y que por economía procesal, se reclaman todas conjuntamente, en atención que mantienen idéntica naturaleza, en razón de responder al mismo hecho, pero respecto de distintos trabajadores de la empresa y que fueron notificadas a ZURGROUP FARMS SpA, según consta de acta de notificación con fecha 22 de Marzo de 2021. En consecuencia, la parte reclamante está dentro del plazo de 15 días hábiles establecido en el artículo 512 del Código del Trabajo, para interponer el presente recurso. II. - ACERCA DE LA RESOLUCIONES DE MULTA. Las resoluciones de multa corresponden a N° 7562/2021/13-1, N° 7562/2021/14-1, N° 7562/2021/15-1, N° 7562/2021/16-1, N° 7562/2021/17-1, las primeras 2 de fecha 11 de febrero de 2021 y el resto de fecha 12 de febrero de 2021, todas emanadas de la Inspección del Provincial del Trabajo de Cauquenes, en las que se ha constatado el siguiente hecho que conllevaría respecto de todas, la siguiente infracción: 1) NO EXHIBIR TODA LA DOCUMENTACION EXIGIDA QUE DERIVA DE LAS RELACIONES DE TRABAJO. NECESARIA PARA EFECTUAR LAS LABORES PE FISCALIZACIÓN. SEGÚN EL SIGUIENTE DETALLE: AVISO DE TÉRMINO DE CONTRATO TRABAJADOR Y COP

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 23, 29,30, del DFL N°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y previsión Social, y los artículos 1, 2, 3, 5 a 12, 21, 22, 30 a 33, 41, 42, 44, 45 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462, 503, 506, 511 y 512 del Código del Código del Trabajo; se resuelve: I.- Que SE ACOGE, Reclamación de Multa Administrativa deducida por ZURGROUP FARMS SpA.; del giro de su denominación, rol único tributario N°76.585.852-6, representada legalmente por don José Manuel Montecino Piña, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Cauquenes, representada por don Juan Carlos Muñoz Pino, todos ya individualizados, declarándose en consecuencia que se rebajan las multan impuestas; en un 50% (cincuenta por ciento) de su importe original; quedando en definitiva fijadas en las siguientes sumas: -Resolución Nº 7562/2021/13; se fija en la suma de 5 U.T.M. -Resolución Nº 7562/2021/14; se fija en la suma de 5 U.T.M. -Resolución Nº 7562/2021/15; se fija en la suma de 5 U.T.M. -Resolución Nº 7562/2021/16; se fija en la suma de 5 U.T.M. -Resolución Nº 7562/2021/17; se fija en la suma de 5 U.T.M. II.- Que no se condena en costas a la parte perdidosa, por haber tendido motivo plausible para litigar. Las partes quedan válidamente notificadas de la presente sentencia en la actuación decretada para el día de hoy, y por lo tanto, desde esta notificación comienza a correr el plazo legal para impugnarla, sin perjuicio de lo anterior remítase vía corre

Texto Completo (Preview)

Tribunal : Juzgado de Letras de Cauquenes Juez asignado : Juan Pablo Tartarí Cornejo RIT : I-2-2021 RUC : 21-4-0329385-4 Procedimiento : Ordinario Materia : Reclamo de Multa Administrativa Demandante : Zurgroup Farms SpA Demandado : Inspección Provincial del Trabajo de Cauquenes. RUT 61.502.000-1 Fecha de ingreso : 07 de abril de2021 Cauquenes, veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno. VISTO

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica