EUROFASHION LIMITADA/INMOBILIARIA LOS ALMENDROS S.A.
Rol
C-20331-2019
Fecha
17 de abril de 2020
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos relatados en esta presente acción. La demandante cita las siguientes normas, artículos 2297 al 2300, inclusive, del Código Civil, para indicar que se invoca la acción “in rem verso”. Señala que en virtud de esta doctrina, el pago de lo no debido es considerado un cuasicontrato. Haciendo referencia a los mencionados artículos, indica que se puede incoar la acción de pago de lo no debido por las siguientes consideraciones: - El hecho de haber mediado un pago, a favor de Inmobiliaria Los Almendros S.A. con fecha 24 de febrero de 2017. - El error que se cometi al dicho pago, tangible al tenor de la cesi nó ó de factura que hizo Inmobiliaria Los Almendros S.A. a Tanner Servicios Financieros S.A., el d a 20 de febrero de 2017.í - El pago debe carecer de causa, o debe haber inexistencia de deuda objetiva o subjetivamente, esto respecto del vale vista girado por la suma demandada de $8.499.000.-, que se pag a quien no era eló verdadero acreedor. Por todo lo anterior, solicita la demandante tener por interpuesta la acción de pago de lo no debido, en contra de Inmobiliaria Los Almendros S.A., y en definitiva declarar que Eurofashion Limitada pagó de forma indebida la suma de $8.499.000.-, disponiendo que la demandada restituya el monto singularizado anteriormente. SEGUNDO: Que la parte demandada Inmobiliaria Los Almendros S.A., emplazada legalmente, no ha comparecido en el plazo legal otorgado para hacerlo, por lo que se ha seguido todo el procedimiento, hasta la presente etapa, en su rebeldía. RIT« » Foja: 1 TERCERO: Que dada la naturaleza de la acción deducida, los presupuestos fácticos a probar son los siguientes: existencia de un pago por la actora a la parte demandante ascendiente a la suma de $8.499.000.- y que en ese pago se haya incurrido en un error. CUARTO: Que con el fin de acreditar sus dichos, la demandante, con fecha 19 de junio de 2019, y 8 de noviembre de 2019 acompañó: 1.- Copia de Factura Nº 23, emitida con fecha 15 de febrero de 2017, por la s
Fundamentos
motivos por los cuales se ha enriquecido sin causa. A mayor abundamiento, agrega que ha sido demandado civilmente en causa seguida ante el 13º Juzgado Civil de Santiago, por el cobro de la factura nº 23, demanda deducida por Tanner Servicios Financieros S.A., donde RIT« » Foja: 1 existe embargo de bienes, y que a la fecha de presentación de esta demanda, estando en estado de fallo, aún no ha sido notificada la probable sentencia ejecutiva condenatoria, donde se han expuesto a modo de defensa los mismos hechos relatados en esta presente acción. La demandante cita las siguientes normas, artículos 2297 al 2300, inclusive, del Código Civil, para indicar que se invoca la acción “in rem verso”. Señala que en virtud de esta doctrina, el pago de lo no debido es considerado un cuasicontrato. Haciendo referencia a los mencionados artículos, indica que se puede incoar la acción de pago de lo no debido por las siguientes consideraciones: - El hecho de haber mediado un pago, a favor de Inmobiliaria Los Almendros S.A. con fecha 24 de febrero de 2017. - El error que se cometi al dicho pago, tangible al tenor de la cesi nó ó de factura que hizo Inmobiliaria Los Almendros S.A. a Tanner Servicios Financieros S.A., el d a 20 de febrero de 2017.í - El pago debe carecer de causa, o debe haber inexistencia de deuda objetiva o subjetivamente, esto respecto del vale vista girado por la suma demandada de $8.499.000.-, que se pag a quien no era eló verdadero acreedor. Por todo lo anterior, solicita la demandante tener por interpuesta la acción de pago de lo no debido, en contra de Inmobiliaria Los Almendros S.A., y en definitiva declarar que Eurofashion Limitada pagó de forma indebida la suma de $8.499.000.-, disponiendo que la demandada restituya el monto singularizado anteriormente. SEGUNDO: Que la parte demandada Inmobiliaria Los Almendros S.A., emplazada legalmente, no ha comparecido en el plazo legal otorgado para hacerlo, por lo que se ha seguido todo el procedimiento, hasta la presente etapa, en su rebeldía. RIT« » Foja: 1 TERCERO: Que dada la naturaleza de la acción deducida, los presupuestos fácticos a probar son los siguientes: existencia de un pago por la actora a la parte demandante ascendiente a la suma de $8.499.000.- y que en ese pago se haya incurrido en un error. CUARTO: Que con el fin de acreditar sus dichos, la demandante, con fecha 19 de junio de 2019, y 8 de noviembre de 2019 acompañó: 1.- Copia de Factura Nº 23, emitida con fecha 15 de febrero de 2017, por la suma de $8.499.000.- 2.- Copia de certificado online emitido por S.I.I. donde consta la cesión de la factura N° 23. 3.-Copia de comprobante de pago de la factura 23, mediante custodia electrónica del Banco BBVA a la demandada. 4.- Copia de Ebook de causa C-573-2018, seguida ante el 13° Juzgado de Civil de Santiago. QUINTO: Que, tal como señala el actor, los artículos 2297 y siguientes Código Civil, regulan la llamada acción “in rem verso”, y que en virtud de esta doctrina, el pago de l
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1347, 1698, 2284, 2297 y siguientes del Código Civil, y artículos 7º y 9º de la Ley Nº 19.983, SE DECLARA: I. Que se acoge la demanda, conden ndose a Inmobiliaria Losá Almendros S.A. al pago a la actora de la suma de $8.499.000.- con reajustes entre la fecha que se realiz el pago y la devoluci nó ó efectiva de dicho monto, e intereses desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. II. Que se condena en costas a la demandada. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°20.331-2019 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-04-17T15:19:20-0400
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-20331-2019 CARATULADO : EUROFASHION LIMITADA/INMOBILIARIA LOS ALMENDROS S.A. Santiago, diecisiete de Abril de dos mil veinte Vistos. Que con fecha 19 de junio de 2019, comparece don José Andrés Bell Mardones, abogado, en representación de Eurofashion Limitada, empresa de giro de co
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