CARLOS IGNACIO SOTO MILLACHEO C/ HUGO BERNARDO VARGAS CHÁVEZ
Rol
O-5446-2022
Fecha
27 de octubre de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y oídos. Que, atendido la admisión de responsabilidad del imputado, se dictó sentencia de manera verbal contenida en el registro de audio del Tribunal, y que en la parte resolutiva se impuso lo siguiente: Por todas estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 11 N°6 y 9, 14, 15, 24, 25, 30, 49, 67, 70 del Código Penal; artículos 196 y 110 de la Ley N°18.290, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 3, 4 y 38 de Ley N°18.216, SE DECLARA: 1.- Que se condena a don HUGO BERNARDO VARGAS CHAVEZ, C.I. 19.270.068-K, domiciliado en calle Profesor Carlos Porter N°34, Depto. 111, comuna de Santiago, a la pena única de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo y accesoria legal del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargos y oficios públicos por el término que dure la condena, a la pena pecuniaria de una Unidad Tributaria Mensual y Dos años de suspensión de licencia de conducir, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículos 110 de la ley 18.290, en grado de desarrollo de consumado, perpetrado en esta jurisdicción, el día 17 de abril de 2020. 2.- Que, conforme lo normado en el artículo 4º de la ley N°18.216, se sustituyen la pena corporal por la de remisión condicional, Código: YBWBXCEKBGD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl quedando sujeto el condenado al control administrativo de Gendarmería de Chile por un período de observación de un año, debiendo cumplir las demás condiciones del artículo 5° de la ley 18.216. Para iniciar dicha pena sustitutiva el condenado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Santiago Centro, hasta el día 25 de noviembre de 2022. En caso de incumplimiento se estará a lo dispuesto en el artículo 25 y siguientes de texto legal en comento, y se abrirá debate para revocació
Fallo
SE DECLARA: 1.- Que se condena a don HUGO BERNARDO VARGAS CHAVEZ, C.I. 19.270.068-K, domiciliado en calle Profesor Carlos Porter N°34, Depto. 111, comuna de Santiago, a la pena única de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo y accesoria legal del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargos y oficios públicos por el término que dure la condena, a la pena pecuniaria de una Unidad Tributaria Mensual y Dos años de suspensión de licencia de conducir, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículos 110 de la ley 18.290, en grado de desarrollo de consumado, perpetrado en esta jurisdicción, el día 17 de abril de 2020. 2.- Que, conforme lo normado en el artículo 4º de la ley N°18.216, se sustituyen la pena corporal por la de remisión condicional, Código: YBWBXCEKBGD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl quedando sujeto el condenado al control administrativo de Gendarmería de Chile por un período de observación de un año, debiendo cumplir las demás condiciones del artículo 5° de la ley 18.216. Para iniciar dicha pena sustitutiva el condenado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Santiago Centro, hasta el día 25 de noviembre de 2022. En caso de incumplimiento se estará a lo dispuesto en el artículo 25 y siguientes de texto legal en comento, y se abrirá debate para revocación d
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SENTENCIA. Osorno, veintisiete de octubre de dos mil veintidós. HECHOS. “El día 17 de abril de 2020, alrededor de las 23:50 horas, el imputado HUGO BERNARDO VARGAS CHAVEZ, condujo en estado de ebriedad por calle Los Carrera frente al N° 1835, de la comuna de Osorno, el vehículo marca CITROEN, modelo C- ELYSEE, PPU LLTC-30, y en tales circunstancia fue fiscalizado por carabineros, quienes constatar
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