ANONIMIZADO
Rol
F-547-2021
Fecha
31 de enero de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1.- Que, con fecha 13 de enero de 2022 se dictó en la presente causa resolución que suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia, según lo dispuesto en el artículo 96 de la ley 19.968. 2.- Que, en dicha resolución se establecieron las condiciones que debía observar el denunciado por un lapso de un año, habiendo transcurrido el lapso de un año ya señalado.- 3.- Que, no constando en la presente causa incumplimiento alguno de las condiciones impuestas al denunciado y revisado el Sistema Informático del Tribunal SITFA, el denunciado no registra nuevos ingresos por violencia intrafamiliar. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto...
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto...
Texto Completo (Preview)
Angol, treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. VISTO: 1.- Que, con fecha 13 de enero de 2022 se dictó en la presente causa resolución que suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia, según lo dispuesto en el artículo 96 de la ley 19.968. 2.- Que, en dicha resolución se establecieron las condiciones que debía observar el denunciado por un lapso de un año, habiendo transcurrido el
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