MP C/ JEISON ANDRÉS SEPÚLVEDA BARRÍA
Rol
O-2686-2020
Fecha
2 de noviembre de 2022
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 06 de agosto del año 2020, en la dirección de Pasaje 2 N° 5540 de la comuna de Pedro Aguirre Cerda, el imputado JEISON ANDRÉS SEPÚLVEDA BARRÍA, es sorprendido por funcionarios de Policía de Investigaciones de Chile, manteniendo en su poder, el vehículo marca Suzuki, modelo Baleno, color gris, año 2019, placa patente única KWLV-22, sus llaves, placa patente y documentación, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del mismo, por cuanto mantenía un encargo por un delito de robo con violencia, ocurrido el día 15 de julio del año 2020, denunciado por la víctima de iniciales S.A.C.S., ante la 6ª Comisaría de Carabineros de Recoleta” Santiago, siete de octubre de dos mil veintidós. Vistos: En los artículos 1, 5, 7, 11 N° 6, 14, 15, 25, 26, 30, 50 y siguientes del Código Penal, además de los artículos 67, 68, 69, 70 y siguientes del Código Penal, además del artículo 456 Bis A, del Código Penal, artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 4° de la ley 18.216. Se declara: l.- Se condena a JEISON ANDRÉS SEPÚLVEDA BARRÍA, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad de autor del delito de Receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en los artículo 456 Bis A del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda el día 06 de agosto del año 2020, que se encuentra en grado de desarrollo de consumado. Código: GWCGXCNWNWB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- En cuanto a la multa impuesta de una unidad tributaria mensual, esta se tendrá por cumplida con el tiempo que estuvo privado de libertad con motivo de esta causa, esto es los días 07 de agosto de 2020, 04 de junio de 2021 y el 01 de noviembre de 2022. III.- Reuniéndose en la especi
Fallo
Se declara: l.- Se condena a JEISON ANDRÉS SEPÚLVEDA BARRÍA, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad de autor del delito de Receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en los artículo 456 Bis A del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda el día 06 de agosto del año 2020, que se encuentra en grado de desarrollo de consumado. Código: GWCGXCNWNWB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- En cuanto a la multa impuesta de una unidad tributaria mensual, esta se tendrá por cumplida con el tiempo que estuvo privado de libertad con motivo de esta causa, esto es los días 07 de agosto de 2020, 04 de junio de 2021 y el 01 de noviembre de 2022. III.- Reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de remisión condicional, por el mismo periodo de la pena original impuesta, debiendo asimismo cumplir con las demás condiciones previstas en el artículo 5° de la citada ley. IV.- Si la pena sustitutiva le fuere revocada o quebrantada, deberá cumplir la sanción en forma efectiva, sin abonos a considerar. V.- Sin costas por haber aceptado el procedimiento abreviado. Se tiene presente la renuncia a l
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RUC : 2000800663-7 RIT : 2686 - 2020 MAGISTRADO : CRISTINA SOLANGE GATICA GUTIERREZ NOMBRE IMPUTADO : JEISON ANDRÉS SEPÚLVEDA BARRÍA CEDULA DE IDENTIDAD : 0020418903-K DOMICILIO : PASAJE 2 N° 5540, PEDRO AGUIRRE CERDA FISCAL : JORGE RENÉ CÁCERES DÍAZ DEFENSOR PRIVADO : MARÍA FERNANDA BUHLER ORMAZÁBAL TRIBUNAL : 10º JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO FECHA DE SENTENCIA : DOS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VE
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