JORGE FRANCISCO NORAMBUENA GUTIERREZ C/ JOHAN EDUARDO PALMA CURAPIL
Rol
O-567-2022
Fecha
27 de octubre de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y antecedentes de la acusación • Sentencia • Intervinientes renuncian a plazos, sentencia ejecutoriada Alzamiento de medidas cautelares Pena principal: sustituida por Remisión condicional, debe presentarse el día 07 de noviembre del presente año en el CRS SANTIAGO ORIENTE a las 09:00 horas Se ordena omisión de antecedentes Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 220006672 7-0 567-2022 CAUSA.: R.U.C=220006672 7-0 R.U.I.=567- 2022 Fecha de deliberación 2022/10/27 Juez redactor VÍCTOR HUGO SANHUEZA BRAVO RELACIONES.: PALMA CURAPIL JOHAN EDUARDO / Trafico de pequeñas cantidades (art. 4). Resultado Condenado. CAUSA.: R.U.C=220006672 7-0 R.U.I.=567- - - Código: XCZYXCLXCRB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022 RELACIONES.: PALMA CURAPIL JOHAN EDUARDO / Trafico de pequeñas cantidades (art. 4). Procedimiento Abreviado. Hechos acreditados en la sentencia El día 19 de enero de 2022, alrededor de las 11:15 horas, al interior del Centro de Detención Preventiva Puente Alto, ubicado en José Manuel Irarrázaval N° 0991, de la ya indicada comuna, el imputado, al interior de una encomienda, tenía, poseía o transportaba, sin la competente autorización, ciento ochenta y tres trozos de papel contenedores de pasta base de cocaína, con un peso bruto de 24,1 gramos y sesenta y ocho trozos de papel aluminio contenedores de marihuana, con un peso bruto de 32,6 gramos. Circunstancias modificatorias de responsabilidad Artículo 11 N°6 Código Penal Artículo 11 N°9 Código Penal SENTENCIA (parte resolutiva) Puente Alto, veintisiete de octubre de dos mil veintidós Y vistos además y lo dispuesto en los artículos 1,7, 11 N° 6 y 9, 14, 15 del Código Penal; artículo 1 y 4 de Ley 20.000; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 4 y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a don JOHAN EDUARDO PALMA CURAPIL, C.I N° 0020941765-0, ya individualizado en estos aut
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a don JOHAN EDUARDO PALMA CURAPIL, C.I N° 0020941765-0, ya individualizado en estos autos, como autor del delito consumado de Tráfico en pequeñas cantidades del artículo 4 en relación al artículo 1 de la Ley 20.000, ocurrido en el territorio jurisdiccional de ese Tribunal el día 19 de enero del año 2022. II.- Que la pena a sufrir, será la de SESENTA Y UN DÍAS (61) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesorias legales del artículo 30 Código: XCZYXCLXCRB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del Código Penal y comiso de las especies incautadas objeto del delito. III.- Que cumpliéndose los requisitos del artículo 4 y siguientes en relación al 1 de la Ley 18.216 , en relación a la pena corporal se concede al sentenciado la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL por el plazo de UN AÑO, quedando sujeto al cumplimiento y control de Gendarmería de Chile conforme a su reglamento. IV.- Que respecto de la pena pecuniaria de multa se tiene esta por cumplida, conforme al día que se mantuvo privado de libertad con motivo de esta causa, esto es el día 20 de enero de 2022 V.- Que se exime al condenado de las costas de esta causa, ya que al haber admitido responsabilidad ha evitado incurrir en mayores gastos al erario nacional, además por darse aplicación a lo que dispone el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales. VI.- Que se da aplic
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Individualización de Audiencia de Acusación.. Fecha Puente Alto., veintisiete de octubre de dos mil veintidós Magistrado VÍCTOR HUGO SANHUEZA BRAVO Fiscal JAVIER CARREÑO LAVIN Defensor SEBASTIAN DELPINO GONZALEZ Hora inicio 12:30PM Hora termino 12:42PM Sala Videoconferencia Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta pfg RUC 2200066727-0 RIT 567 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JO
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