Juzgado de Garantía de Lautaro.

MANUEL RICARDO SEPULVEDA GARRIDO C/ OSCAR HERNÁN LEPILAO-TRALCAL ROZAS

Rol

O-1426-2020

Fecha

29 de agosto de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 08 de abril del año 2020, aproximadamente a las 22:44 horas, Carabineros realizaba controles vehiculares en calle Baquedano esquina Barros Arana, comuna de Lautaro y procedieron a fiscalizar el automóvil marca Hyundai, modelo Accent, año 2002, patente VA-20-67, que era conducido por el imputado OSCAR HERNÁN LEPILAO-TRALCAL ROZAS, y al solicitarle su salvo conducto, licencia de conducir y documentación del móvil, señaló no poseer licencia de conducir, momento en que el personal policial se percató que se desempeñaba en estado de ebriedad por fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar, el imputado fue sometido a prueba de alcohotest arrojando 1,47 gramos de alcohol por litro de sangre, fue trasladado hasta el Hospital de Lautaro en donde el médico de turno le tomó la muestra para la alcoholemia, la cual arrojó como resultado 1,69 gramos de alcohol por litro de sangre; certificándose además que el imputado no contaba con licencia de conducir registrada a su nombre. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 11 Nº 9; 15, 30, 49, 50, 70, del Código Penal, artículos 196 y siguientes, 209 de la Ley 18.290, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a OSCAR HERNÁN LEPILAO-TRALCAL ROZAS, cédula de identidad N° 0017220137-7, 33 años, casado, obrero, domiciliado en Pasaje Isla Decepción N° 135, fono 945015783, Lo Prado, en su calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, en grado de consumado, en grado de consumado, cometidos en la comuna de Lautaro, el día 08 de abril de 2020, a las siguientes penas: 541 días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; multa a beneficio fiscal equivalente a un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual; suspensión de la licencia de conducir por 2 años; y se le exime

Fundamentos

CONSIDERANDO: Hechos: El día 08 de abril del año 2020, aproximadamente a las 22:44 horas, Carabineros realizaba controles vehiculares en calle Baquedano esquina Barros Arana, comuna de Lautaro y procedieron a fiscalizar el automóvil marca Hyundai, modelo Accent, año 2002, patente VA-20-67, que era conducido por el imputado OSCAR HERNÁN LEPILAO-TRALCAL ROZAS, y al solicitarle su salvo conducto, licencia de conducir y documentación del móvil, señaló no poseer licencia de conducir, momento en que el personal policial se percató que se desempeñaba en estado de ebriedad por fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar, el imputado fue sometido a prueba de alcohotest arrojando 1,47 gramos de alcohol por litro de sangre, fue trasladado hasta el Hospital de Lautaro en donde el médico de turno le tomó la muestra para la alcoholemia, la cual arrojó como resultado 1,69 gramos de alcohol por litro de sangre; certificándose además que el imputado no contaba con licencia de conducir registrada a su nombre. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 11 Nº 9; 15, 30, 49, 50, 70, del Código Penal, artículos 196 y siguientes, 209 de la Ley 18.290, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal,

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a OSCAR HERNÁN LEPILAO-TRALCAL ROZAS, cédula de identidad N° 0017220137-7, 33 años, casado, obrero, domiciliado en Pasaje Isla Decepción N° 135, fono 945015783, Lo Prado, en su calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, en grado de consumado, en grado de consumado, cometidos en la comuna de Lautaro, el día 08 de abril de 2020, a las siguientes penas: 541 días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; multa a beneficio fiscal equivalente a un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual; suspensión de la licencia de conducir por 2 años; y se le exime del pago de las costas de la causa. II.- Que, se sustituye la pena privativa de libertad impuesta por la de Remisión Condicional, que deberá cumplir por el término de 18 meses, sujeto a las condiciones del artículo 5 de la Ley N° 18.216, en sus literales a) b) y c). El sentenciado deberá presentarse, dentro del plazo de 5 días desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada, al Centro de Reinserción Social de Santiago, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra de no hacerlo. III.- Que, en cuanto a la multa, se concede al sentenciado para su pago el plazo de 1 mes, contado desde que la presente sentencia Código: SXDZXCGXCXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://v

Texto Completo (Preview)

RUC : 2000370555-3 RIT : 1426 - 2020 MATERIA : conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir. IMPUTADO : OSCAR HERNÁN LEPILAO-TRALCAL ROZAS RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : ABREVIADO Lautaro, veintisiete de octubre de dos mil veintidós. OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Hechos: El día 08 de abril del año 2020, aproximadamen

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