CORTÉS/CÉSPEDES
Rol
C-61-2020
Fecha
15 de abril de 2020
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: .- Demanda.- Con fecha 03 de enero de 2020, a trav s de escrito ingresadoé por la Oficina Judicial Virtual, comparece do a Oriana Del Carmen Cortesñ Vel squez, pensionada, domiciliada en Calle Irarr zaval 730, Poblaci n Laá á ó Esperanza, deduciendo demanda de t rmino de contrato de arrendamiento poré no pago de rentas en contra de Andrea Del Carmen C spedes Hern ndez, ignoraé á profesi n u oficio, domiciliada en San Martin N 305, Poblaci n Esperanza,ó ° ó comuna de Rancagua. Expone que entreg en arrendamiento el inmueble ubicado en San Martinó N 305, Poblaci n Esperanza, comuna de Rancagua, seg n contrato verbal con° ó ú la demandada con fecha 6 de mayo de 2019. La renta se pact en $200.000.-ó mensuales, pagaderos en forma anticipada dentro de los 10 primeros d as de cadaí mes. La arrendataria s lo ha pagado las rentas desde el mes de mayo de 2019,ó adeudando agosto de 2019 a la fecha de la interposici n de la demanda, es deciró adeuda 5 meses en total, y pese que se le ha requerido de pago en innumerables veces, ha se alado que no tiene dinero para pagar la renta y que tampoco harñ á entrega del inmueble. Se ala que la arrendataria ha incumplido su obligaci n de pagar la rentañ ó de arrendamiento, adeudando la suma de $1.200.000. Previa cita de los art culos 7, 8, 10 y siguientes y 21 de la Ley N 18.101 yí ° art culo 1977 del C digo Civil, solicita se acoja la demanda, declarando que se daí ó por terminado el contrato de arrendamiento por no pago de rentas; que se condene a la demandada al pago de las rentas adeudadas, correspondientes a los meses adeudados y que ascienden a la suma de $1.200.000, y las que se devenguen durante la tramitaci n del juicio hasta que se efect e laó ú restituci n o el pago, m s reajustes e intereses legales, y hasta que se efect e laó á ú restituci n o el pago, m s los reajustes e intereses legales que correspondan; queó á la demandada restituya la propiedad arrendada dentro de tercero d aí totalmente desocupada, libre de t
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, conforme a lo relatado en la parte expositiva, la parte demandante pretende la terminaci n del contrato de arrendamiento celebradoó con la demandada, por haber incurrido sta en el no pago de las rentasé correspondientes a los meses de agosto de 2019 a la fecha de la interposici n deó la demanda, por lo que lo adeudado en total ascender a a la suma de $1.200.000,í sin perjuicio de las dem s rentas y gastos que se devenguen durante la secuela delá juicio, hasta la restituci n de la propiedad o el pago, debidamente reajustadas yó con m s intereses legales que correspondan.á Segundo: Que, ante la rebeld a de la demandada, ha de entenderse queí controvierte los hechos sobre los cuales se construye la demanda, por lo que para que prospere la acci n intentada, es menester que la actora acredite la existenciaó del contrato cuyo incumplimiento reclama, siendo de cargo de la parte demandada probar el efectivo cumplimiento de su obligaci n de pago.ó Tercero: Que, con el m rito de la prueba testimonial rendida, consistenteé en los dichos de Jorge Enrique Faundez Ponce y de do a Rosa Purissima Delñ Carmen Parra Parra (debidamente digitalizado en la carpeta virtual), quienes por conversaciones mantenidas con la demandante saben que entre las partes ha mediado un contrato de arrendamiento verbal y que la demandada no ha pagado las rentas. Precisaron que el contrato dice relaci n con el inmueble ubicado enó San Martin N 305, Poblaci n Esperanza, comuna de Rancagua, por una renta deó $200.000 mensuales, pagaderos por mes anticipado dentro de los 10 primeros d así de cada mes. ROL C-61-2020 Cuarto: Que, la mora de un per odo entero en el pago de la renta, otorgaí derecho al arrendador despu s de dos reconvenciones de pago, entre las cualesé medien a lo menos cuatro d as, para hacer cesar inmediatamente el arriendo, sií no presta seguridad competente de que se verificar el pago, dentro de un plazoá razonable que no bajar de treinta d as.á í Quinto: Que, consta en autos que la parte demandada, reconvenida en forma legal, no pag ni asegur el pago de las rentas, en un t rmino no inferior aó ó é treinta d as, por lo que no cabe m s que acoger la demanda intentada.í á Con lo relacionado y visto, adem s,á lo dispuesto en los art culos 1545,í 1551 N 1, 1698, 1915 y 1977 del C digo Civil; 1, 6, 7, 8, 10, 13, 20, 21 de la° ó Ley 18.101; y art culos 144, 160, 169, 170 y dem s pertinentes del C digo deí á ó Procedimiento Civil,
Fallo
fallo cause ejecutoria, ROL C-61-2020 bajo apercibimiento de lanzarle con el auxilio de la fuerza p blica; todo loú anterior, con expresa condena en costas. .- Notificaci n.- Con fecha 27 de enero de 2020, se notifica la demandaó personalmente, practic ndose primera reconvenci n de pago. á ó .- Comparendo.- Con fecha 03 de febrero de 2020, se celebra comparendo de Contestaci n/Conciliaci n y Prueba, celebrado con la sola asistencia de laó ó demandante y su apoderada, en rebeld a de la demandada. En dichaí oportunidad, la parte demandante ratific su demanda con costas, teni ndose poró é evacuada contestaci n en rebeld a; posteriormente, se practic segundaó í ó reconvenci n de pago y llamado a conciliaci n, que no se produjo por la rebeld aó ó í antes anotada. Acto seguido, se recibe la causa a prueba, rindi ndose la que obraé en autos. .- Con fecha 26 de febrero de 2020, se cita a las partes a o r sentencia.í Considerando: Primero: Que, conforme a lo relatado en la parte expositiva, la parte demandante pretende la terminaci n del contrato de arrendamiento celebradoó con la demandada, por haber incurrido sta en el no pago de las rentasé correspondientes a los meses de agosto de 2019 a la fecha de la interposici n deó la demanda, por lo que lo adeudado en total ascender a a la suma de $1.200.000,í sin perjuicio de las dem s rentas y gastos que se devenguen durante la secuela delá juicio, hasta la restituci n de la propiedad o el pago, debidamente reajustadas yó con m s interes
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ROL C-61-2020 FOJA: 18 .- dieciocho .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : C-61-2020 CARATULADO : CORT S/C SPEDESÉ É Rancagua, quince de Abril de dos mil veinte. Vistos: .- Demanda.- Con fecha 03 de enero de 2020, a trav s de escrito ingresadoé por la Oficina Judicial Virtual, comparece do a Oriana Del Carmen Cortesñ Vel squez, pensionada, domiciliad
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