FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ ARIEL ESTEBAN CORREA ROJAS
Rol
O-1003-2021
Fecha
28 de octubre de 2022
Materia
AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de ARIEL ESTEBAN CORREA ROJAS, cédula de identidad Nº13.495.717-4, se resuelve en v irtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho: HECHO: “Que el día 22 de abril 2021 cerca de las 09:15 horas el circunstancias que Sara del Rosario Correa Rojas de 80 años de edad se encontraba en su domicilio de calle Palmira N° 137, Villa Alemana, llego al lugar el imputado quien es su sobrino de manera alterada con un cuchillo y procedió a golpear la puerta y procede a amenazarla diciéndole que le iba a tirar la puerta y que la iba a matar, razón por lo cual la v ictima llamo a una vecina quien llamo a carabineros los cuales se apersonaron en el lugar y procedieron a la detención del imputado”. Estos hechos a juicio del Ministerio Público, configuran el delito de AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES en contexto VIF, prescrito y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal, en grado de consumado y perpetrado en calidad de autor por el requerido.
Fallo
se resuelve en v irtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: HECHO: “Que el día 22 de abril 2021 cerca de las 09:15 horas el circunstancias que Sara del Rosario Correa Rojas de 80 años de edad se encontraba en su domicilio de calle Palmira N° 137, Villa Alemana, llego al lugar el imputado quien es su sobrino de manera alterada con un cuchillo y procedió a golpear la puerta y procede a amenazarla diciéndole que le iba a tirar la puerta y que la iba a matar, razón por lo cual la v ictima llamo a una vecina quien llamo a carabineros los cuales se apersonaron en el lugar y procedieron a la detención del imputado”. Estos hechos a juicio del Ministerio Público, configuran el delito de AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES en contexto VIF, prescrito y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal, en grado de consumado y perpetrado en calidad de autor por el requerido. Se resuelve: Que no habiéndose rendido prueba por parte de la fiscalía, el Tribunal no tiene los antecedentes para arribar a una condena, en la medida que no se ha Código: GXEXXCQJHRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl podido quedar por demostrado el hecho punible ni tampoco la participación que pudiese haber cabido al imputado. Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, teniendo en cuenta que nadie puede ser condenado sino cuando un Tribunal adquiera la convicción que el imp
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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de ARIEL ESTEBAN CORREA ROJAS, cédula de identidad Nº13.495.717-4, se resuelve en v irtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: HECHO: “Que el día 22 de abril 2021 cerca de la
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