MP C/ OSCAR NICOLÁS ANGEL ANGEL
Rol
O-48-2022
Fecha
28 de octubre de 2022
Materia
VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: ““El día 08 de octubre de 2021, a las 07.00 horas aproximadamente, el acusado OSCAR NICOLÁS ANGEL ANGEL, ingresó por la ventana al inmueble ubicado en pasaje Cascabeles N° 170, comuna de Los Vilos, de propiedad de don Nelson Nury Pereira Legua, siendo sorprendido por Carabineros quienes circulaban por el lugar cuando el acusado ingresaba por la ventana al referida a dicho inmueble, en condiciones que Carabineros ingresó al inmueble con autorización del propietario que se encontraba en el primer piso del domicilio ya señalado, quienes frustraron Código: QLXLXCSNNXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 a su vez el actuar del acusado, de sustraer especies, toda vez que fue sorprendido al interior del mismo.” A juicio de la fiscalía los hechos descritos precedentemente son constitutivos de un delito frustrado de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1, en relación con el artículo 432 ambos del Código Penal, hecho en el que al acusado le cabe participación criminal en calidad de autor en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. En cuanto a las circunstancias modificatorias de la responsabilidad, penal el ente persecutor estima que la circunstancia agravante de responsabilidad contenida en el artículo 12 N° 16 del Código Penal. En consecuencia, el Ministerio Público solicita se condene al acusado a una pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, todo con costas. TERCERO: Que en su alegato de apertura el fiscal señaló que se trata de un delito de robo con fuerza en lugar habitado, se atribuye al imputado un delito bastante particular por las circunstancias en que fue sorprendido, en situación de absoluta flagranc
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha diecinueve de octubre del presente año, ante esta segunda sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle, integrada por los jueces titulares doña Lilian Elizabeth Tapia Carvajal, quien presidió, por don Rubén José Bustos Ortiz y por el juez suplente don Sergio Rojas Bustos, se llevó a efecto la audiencia de juicio relativa al Rol Interno 48-2022, para conocer la acusación formulada en contra de Óscar Nicolás Ángel Ángel, chileno, soltero, cédula nacional de identidad Nº 17.492.111-3, nacido el 03 de febrero de 1990, 32 años, ayudante de cocina, domiciliado en calle Muelle N° 48, Villa Codelco, comuna de Copiapó. La acusación estuvo a cargo del ente persecutor representado por el Fiscal don Herbert Rohde Iturra, domiciliado en calle Independencia N° 604, Ovalle. La Defensa del acusado, estuvo a cargo del abogado defensor penal público licitado, don Víctor Rojas Salas, domiciliado en calle Tegualda N° 711, Los Vilos. SEGUNDO: Acusación. Que conforme al auto de apertura la acusación fiscal es por los siguientes hechos: ““El día 08 de octubre de 2021, a las 07.00 horas aproximadamente, el acusado OSCAR NICOLÁS ANGEL ANGEL, ingresó por la ventana al inmueble ubicado en pasaje Cascabeles N° 170, comuna de Los Vilos, de propiedad de don Nelson Nury Pereira Legua, siendo sorprendido por Carabineros quienes circulaban por el lugar cuando el acusado ingresaba por la ventana al referida a dicho inmueble, en condiciones que Carabineros ingresó al inmueble con autorización del propietario que se encontraba en el primer piso del domicilio ya señalado, quienes frustraron Código: QLXLXCSNNXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 a su vez el actuar del acusado, de sustraer especies, toda vez que fue sorprendido al interior del mismo.” A juicio de la fiscalía los hechos descritos precedentemente son constitutivos de un delito frustrado de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1, en relación con el artículo 432 ambos del Código Penal, hecho en el que al acusado le cabe participación criminal en calidad de autor en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. En cuanto a las circunstancias modificatorias de la responsabilidad, penal el ente persecutor estima que la circunstancia agravante de responsabilidad contenida en el artículo 12 N° 16 del Código Penal. En consecuencia, el Ministerio Público solicita se condene al acusado a una pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, todo con costas. TERCERO: Que en su alegato de apertura el fiscal señaló que se trata de un delito de robo con fuerza en lugar habitado, se atribuye al imputado un delito bastante particular por las c
Fallo
se acuerda, también en el tercer piso. Fotografía 3. El rayado decía el nombre de el parece, decía Copiapó o Vallenar no recuerda. Chile dice, región tercera, veo unos dibujos, mujeres dice más arriba, hasta ahí ve. Rayado estaba en tercer piso. Es en misma dependencia donde estaba el otro rayado y las especies. Especies estaban debajo de unas planchas de internit, trozo de volcanita, pedazos irregulares y otros palos y tablas y despunte de materiales que van quedando. No recuerda si había un trapo o una ropa tirada, mugrienta oscura. Cuando detuvieron al imputado llevaba capuchones, ropa más o Código: QLXLXCSNNXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 17 menos suelta, no se fijó muy bien cómo iba vestido. Le sorprendió que estuviera ahí, le impactó. Después al rato, conclusiones, lo que puede recordar. Vio un tarro, y unos trapos como ropa, no se dio cuenta bien, chaquetas camisas, no diría un saco de dormir. Botaron un montón de cosas, había fecas, de eso se recuerda y el rayado que más impactó. No lo había visto antes al sujeto. Carabineros le dijo que el sujeto estaba entrando a robar, él también lo entiende de esa manera, él no autorizó a nadie a ingresar menos a un extraño. Él les cree a carabineros, no vio lo que hacía el acusado cuando subió carabineros. Carabineros le dice que el sujeto estaba ahí y que lo sacaron porque él se metió ahí, lo habían visto entrar. Después los maestros dijeron que se les habí
Texto Completo (Preview)
1 MINISTERIO PÚBLICO C/ ÓSCAR NICOLÁS ÁNGEL ÁNGEL RIT: 48-2022. RUC: 2100908097-7 Delito: ROBO EN LUGAR HABITADO SENTENCIA DEFINITIVA: __________________________________________________________________ Ovalle, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. VISTO, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha diecinueve de octubre del presente año, ante esta segunda sala del Tribunal de Juicio Oral en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica