C/ CLAUDIO ANDRÉS PRADO PORTILLA
Rol
O-10261-2022
Fecha
28 de octubre de 2022
Materia
LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 15 de septiembre de 2022, a las 20:40 horas aproximadamente, el imputado quien estaba siendo fiscalizado por personal municipal, saca una botella de vidrio desde el carro que tenía, la quebró y atacó con ella a la víctima don Andres Córdoba, causándole lesiones consistentes en herida en labio superior, con cuerpo extraño en la laringe, de carácter leve. SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a CLAUDIO ANDRÉS PRADO PORTILLA, ya individualizado, a la pena de MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR de la falta de LESIONES LEVES, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, en grado de CONSUMADA, ocurrida en la comuna de Santiago, el 15 de septiembre de 2022. II.- Que la pena pecuniaria anteriormente impuesta se da por cumplida por el tiempo en que ha permanecido privado de libertad por esta causa, de acuerdo al artículo 49 del Código Penal, correspondiente al día de control de detención, esto es, el 16 de septiembre de 2022. III.- Existiendo antecedentes favorables que no hacen aconsejable la imposición de la multa, se suspende la imposición de la pena y sus efectos, por el término de seis meses, de conformidad al artículo 398 del Código Procesal Penal. Transcurrido este plazo, sin que el imputado hubiere sido objeto de nuevo requerimiento o de una formalización de la investigación, se dejará sin efecto esta sentencia y, en su reemplazo, se decretará el sobreseimiento Código: MGJFXCXTQMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl definitivo de la causa. VI.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido que con ello ha ahorrado recursos, tanto al Ministerio Público como al Estado. V.- Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por MARCIA IRENE FIGUEROA A
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a CLAUDIO ANDRÉS PRADO PORTILLA, ya individualizado, a la pena de MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR de la falta de LESIONES LEVES, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, en grado de CONSUMADA, ocurrida en la comuna de Santiago, el 15 de septiembre de 2022. II.- Que la pena pecuniaria anteriormente impuesta se da por cumplida por el tiempo en que ha permanecido privado de libertad por esta causa, de acuerdo al artículo 49 del Código Penal, correspondiente al día de control de detención, esto es, el 16 de septiembre de 2022. III.- Existiendo antecedentes favorables que no hacen aconsejable la imposición de la multa, se suspende la imposición de la pena y sus efectos, por el término de seis meses, de conformidad al artículo 398 del Código Procesal Penal. Transcurrido este plazo, sin que el imputado hubiere sido objeto de nuevo requerimiento o de una formalización de la investigación, se dejará sin efecto esta sentencia y, en su reemplazo, se decretará el sobreseimiento Código: MGJFXCXTQMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl definitivo de la causa. VI.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido que con ello ha ahorrado recursos, tanto al Ministerio Público como al Estado. V.- Dése oportuno cumplimiento a lo dispue
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PROCEDIMIENTO : Simplificado. FECHA: Santiago, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARCIA IRENE FIGUEROA ASTUDILLO RUC: 2200914446-7 RIT: 10261-2022 IMPUTADO: CLAUDIO ANDRÉS PRADO PORTILLA C.I. 16.486.398-0 DELITO Lesiones leves ARTICULO Artículo 494 N° 5 del Código Penal PARTICIPACION Autor G. DE DESARROLLO Consumado ATENUANTE
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