MP C/ DANIEL ABSALÓN VÁSQUEZ ALCAÍNO
Rol
O-200-2022
Fecha
28 de octubre de 2022
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS)., RECEPTACION. ART. 456 BIS A., TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, constituido por los jueces Gretchen Demandes Wolf (quien fue la presidente de sala), Iván Villarroel Castrillón y Maykol Maldonado López, se llevó a efecto, el día miércoles 19 de octubre de 2022, la audiencia de Juicio Oral en la causa Rol Interno Tribunal 200-2022, Rol único de Causa 2.101.111.527-3, seguida en contra del acusado DANIEL ABSALÓN VÁSQUEZ ALCAINO, chileno, cédula nacional de identidad 19.255.477-2, nacido en Constitución, el 25 de mayo de 1996 y por ende de 26 años de edad, quien refirió ser soltero, tener como oficio el de pescador y ser su último domicilio el ubicado en calle Balmaceda N°685, Constitución, Región del Maule. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, en cuya representación intervino la fiscal de Constitución Carmen Gloria Manríquez Catalán, en tanto la Defensa del acusado estuvo a cargo de la abogada Gabriela Castro Alfaro, ambas con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Hechos de la acusación, su calificación jurídica y penas solicitadas. La acusación materia del juicio, según se expresó en el auto de apertura, fue la siguiente: Los hechos: Código: FLXPXCMTZLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 “En la comuna de Constitución, el día 09 de diciembre de 2021, a las 11:20 horas aproximadamente, el imputado DANIEL ABSALÓN VÁSQUEZ ALCAINO fue sorprendido por personal de Carabineros en los precisos momentos en que se trasladaba por la comuna de Constitución transitando por la vía pública por calle Oñederra, realizándose un control, fiscalización vehicular respecto del vehículo marca Toyota, modelo NewYaris, PPU BDTY-65, efectuándole Carabineros una fiscalización en el lugar, momento en que al bajar la ventana personal de Carabineros pudo percibir un fuerte olor a marihuana, iniciándose un control de identidad art 85 del C.P.P. solicitando al imputado que descendiera del vehículo momento en que Carabineros pudo percatarse de que mantenía entre sus piernas una bolsa de nylon transparente la cual mantenía un total de 19 gramos 500 milígramos de Cannabis Sativa, efectuado la prueba de campo a dicha droga arrojó coloración positiva ante la presencia de THC, componente activo de la Cannabis Sativa. Además procedió a efectuársele un registro a sus vestimentas, encontrándose en un bolso el cual portaba adosado a su cuerpo, una bolsa contenedora de un polvo blanco, el que sometido a la prueba de clorhidrato de cocaína, esta arrojó coloración positiva con un peso de 20 gramos, 500 milígramos, en dicho bolso además se le encontró una bolsa contenedora de un polvo rosado el que arrojó un peso de 09 gramos, 700 milígramos el que fue sometido a la prueba de campo correspondiente, estableciendo que se trataba de ketamina. Cabe hacer presente que al imputado en el mismo vehículo se le encontró un cuchillo tipo corta pluma plegable marca spanier de 13 cm. de empuñadora plástica y 11 cm de hoja de acero, no justificando su porte dentro del radio urbano de la comuna de Constitución. Posteriormente se le encontró en el asiento trasero, bajo el cojín de dicho asiento, un arma de fuego consistente en tipo pistola de color negro, marca Bersa SA N° de serie 13-F35280, además 15 proyectiles únicos, calibre 9 mm, sin percutar, marca Blazer. También se le encontró la cantidad de $206.000 mil (doscientos seis mil pesos) en dinero en efectivo y se le encontró una balanza digital dentro de las pertenencias que el imputado mantenía dentro del bolso que portaba. Pesa digital tipo gramera sin marca, ni modelo, ni color” (Sic). Calificación jurídica y participación criminal: A juicio de la Fiscalía, los hechos antes descritos son constitutivos de los delitos de: (i) Tenencia ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en los artículos 2 letra b) y 9 de la Ley 17.798 sobre control de armas; (ii) Tráfico de pequeñas cantidades de drogas, previsto y sancionad
Fallo
se declara que concurre en contra del acusado la agravante de responsabilidad penal contemplada en el artículo 12 N° 16 del Código Penal. Por otro parte, en relación a la circunstancia atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal, el tribunal considera que efectivamente existió una colaboración sustancial del acusado dirigida al esclarecimiento de los hechos, toda vez que -además de su colaboración durante el procedimiento policial- la declaración que prestó en juicio -renunciando a su derecho a guardar silencio- o bien reafirmó ciertos hechos que la prueba de cargo permitió tener por establecidos, o bien llenó vacíos de aquella, excluyendo incluso dudas que podrían haber actuado en su propio favor, por ejemplo, solo a modo ilustrativo, el acusado reconoció explícitamente que él a veces vendía drogas a sus amigos, situación que -entre otras cuestiones- permitió descartar cualquier planteamiento en relación a la concurrencia de la hipótesis fáctica requerida para la aplicación del artículo 50 de la Ley 20.000. Además, Vásquez Alcaino reconoció que la hierba que contenía una de las bolsas nylon transparente que portaba consigo el día de los hechos era marihuana, sin lo cual ello no se habría podido establecer, dado que la prueba técnica del Ministerio Público al respecto, incluida dentro de aquella ofrecida como documental, nada dijo en relación a si dicha hierba era o no efectivamente marihuana, sino que solo se indicó en su acta de recepción para análisis que presuntamente
Texto Completo (Preview)
Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Talca 1 RESUMEN Acusado Daniel Absalón Vásquez Alcaino Delitos (i) Receptación, (ii) porte de arma cortante en la vía pública, (iii) Tráfico de pequeñas cantidades de droga y (iv) tenencia ilegal de arma de fuego Decisión Absolución por receptación y porte de arma cortante en la vía pública. Condena por tráfico de pequeñas cantidades de droga y t
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