Juzgado de Garantía de la Serena.

MP C/ HERNÁN ADOLFO GONZÁLEZ ADASME

Rol

O-803-2022

Fecha

28 de octubre de 2022

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público, representado por un fiscal adjunto de esta ciudad, dedujo acusación en contra de HERNÁN ALFONSO GONZÁLEZ ADASME, cédula nacional de identidad N° 14.142.487-4, chileno, soltero, nacido en Santiago, el 7 de Noviembre de 1981, 40 años de edad, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Lidia Urrutia N° 3.334, comuna de La Serena, representado por un abogado de la defensoría penal pública de esta ciudad, por la autoría que le atribuye en un delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero, en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, ocurrido en esta comuna el día 07 de marzo de 2021, pidiendo la imposición de una pena de 10 años y 01 día de presidio mayor en su grado medio, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que, la acusación del Ministerio Público se fundamenta en los siguientes hechos, que se reproducen literalmente de la exposición contenida en la acusación fiscal: “Con fecha 7 de Marzo de 2022, alrededor de las 04:50 horas, en calle Rengifo intersección con calle Almagro, La Serena, el acusado, ya individualizado, acometió con un golpe de puño y posteriormente golpeó con una pistola de fantasía a Ricardo Efraín Gonzalez Aravena que descendía de su vehículo en el lugar, para luego sustraer y apropiarse de las especies y dinero que esta persona portaba consigo, huyendo con las mismas en su poder, siendo detenido en las inmediaciones por carabineros.” TERCERO: Que, en la acusación manifestó el Ministerio Público, que respecto del acusado concurría la circunstancia agravante de responsabilidad criminal, prevista en el artículo 12 N° 16 del Código Penal; señalando el fiscal presente en la audiencia que para el evento Código: QZXNXCXEXRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: ABREVIADO RUC Nº: 2200.213.056-8. RIT Nº: 803-2022. DELITO: Robo con violencia. SENTENCIADO: Hernán Alfonso González Adasme. del procedimiento abreviado, retiraba la agravante invocada, por no configurarse en la especie, reconocía concurrente la circunstancia atenuante de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos contemplada en el artículo 11 Nº 9 del Código Penal, y aplicaba en la especie la facultad establecida en el artículo 407 del Código Procesal Penal, procediendo a modificar la pena originalmente solicitada, pidiendo se imponga al acusado la de 4 años de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias legales, sin el pago de las costas de la causa. CUARTO: Que, el acusado en conocimiento de los hechos materia de la acusación y de los antecedentes de la investigación que la fundan, que le

Fallo

se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a HERNÁN ALFONSO GONZÁLEZ ADASME, cédula nacional de identidad N° 14.142.487-4, ya individualizado, a sufrir la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; por su responsabilidad como autor de un delito consumado de robo con Código: QZXNXCXEXRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: ABREVIADO RUC Nº: 2200.213.056-8. RIT Nº: 803-2022. DELITO: Robo con violencia. SENTENCIADO: Hernán Alfonso González Adasme. violencia, previsto y sancionado en los artículos 432 y 436 inciso primero, ambos del Código Penal, perpetrado en la comuna de La Serena, el día siete de marzo del año dos mil veintidós. II.- Que, conforme lo razonado en el motivo duodécimo precedente, no se concederá al sentenciado pena sustitutiva alguna de cumplimiento alternativo de la pena privativa de libertad, establecidas en la Ley 18.216, por lo que deberá cumplir la pena íntegra en forma efectiva, la que se contará desde el día 7 de marzo de 2022, fecha desde la cual se encuentra ininterrumpidamente privado de libertad, sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva y recluido en el Complejo Penitenciario de La Serena, según consta de esta carpeta judicial. III.- Que,

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Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: ABREVIADO RUC Nº: 2200.213.056-8. RIT Nº: 803-2022. DELITO: Robo con violencia. SENTENCIADO: Hernán Alfonso González Adasme. La Serena, a veintiocho de octubre del año dos mil veintidós. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público, representado por un fiscal adjunto de esta

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