2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PIZARRO/CONSTRUCTORA PEUMA LIMITADA

Rol

O-1271-2020

Fecha

23 de septiembre de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160 N° 7, 171, 453, 454, 456, 459 del Código del Trabajo; 144, 341 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1698 del Código Civil, y demás normas legales vigentes, se declara: I. Que entre el demandante Marco Alejandro Pizarro Biese y la demandada Constructora Peuma Limitada existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al día 19 de noviembre del año 2018 y su término al día 10 de febrero del año 2020. II. Que se acoge la demanda por el despido indirecto, declarando que la demandada ha incumplido gravemente con las obligaciones del contrato, por lo que deberá dar pago a las siguientes prestaciones: a. $611.770.- indemnización sustitutiva del mes de aviso previo. b. $611.770.- indemnización por un año de servicio. c. $305.885.- 50% del recargo legal. d. $611.770.- remuneración del mes de enero del año 2020. e. $338.512.- feriado legal y proporcional. III. Que no se hará lugar a la indemnización solicitada por el lucro cesante. IV. Que la demandada deberá regularizar el pago de las cotizaciones de seguridad social del demandante en las instituciones de FONASA, AFC CHILE y AFP HÁBITAT por los meses impagos establecidos en el

Fundamentos

considerando octavo de la presente sentencia y teniendo como base remuneratoria la suma de $611.770.- V. Que el despido verificado por el propio trabajador no ha puesto término a la obligación remuneratoria del demandado, debiendo dar pago a las remuneraciones desde el término de la relación laboral y hasta su convalidación, teniendo como base remuneratoria la suma de $611.770.- VI. Que las sumas antes mencionadas deberán ser pagadas con intereses y reajustes correspondientes. VII. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil veintiuno.-

Fallo

Por estas consideraciones y, visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160 N° 7, 171, 453, 454, 456, 459 del Código del Trabajo; 144, 341 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1698 del Código Civil, y demás normas legales vigentes, se declara: I. Que entre el demandante Marco Alejandro Pizarro Biese y la demandada Constructora Peuma Limitada existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al día 19 de noviembre del año 2018 y su término al día 10 de febrero del año 2020. II. Que se acoge la demanda por el despido indirecto, declarando que la demandada ha incumplido gravemente con las obligaciones del contrato, por lo que deberá dar pago a las siguientes prestaciones: a. $611.770.- indemnización sustitutiva del mes de aviso previo. b. $611.770.- indemnización por un año de servicio. c. $305.885.- 50% del recargo legal. d. $611.770.- remuneración del mes de enero del año 2020. e. $338.512.- feriado legal y proporcional. III. Que no se hará lugar a la indemnización solicitada por el lucro cesante. IV. Que la demandada deberá regularizar el pago de las cotizaciones de seguridad social del demandante en las instituciones de FONASA, AFC CHILE y AFP HÁBITAT por los meses impagos establecidos en el considerando octavo de la presente sentencia y teniendo como base remuneratoria la suma de $611.770.- V. Que el despido verificado por el propio trabajador no ha puesto término a la obligación remuneratoria del demandado, debiendo dar pago a las remuneraciones des

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 (VIRTUAL) RUC 20-4-0252890-8 RIT O-1271-2020 MAGISTRADA LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVA DE ACTAS FRANCIA MORALES CONTRERAS HORA DE INICIO 13:12 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:31 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2040252890-8-

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