Juzgado de Garantía de Vallenar.

MANUEL ENRIQUE FLORES CATRINAO C/ MARCELO EMMANUEL RODRÍGUEZ SANDOVAL

Rol

O-2144-2021

Fecha

26 de octubre de 2022

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 15 de Octubre del 2021 a las 10.55 horas aproximadamente, el imputado en el sector de la plaza de armas de Vallenar utilizando un arma blanca atacó a la víctima de la causa Williams Sandoval Gutiérrez, ocasionándole heridas lacerantes de carácter leve; posteriormente es sorprendido por personal de carabineros deambulando por el mismo sector portando en sus manos un cuchillo de 10 cm de hoja y 10 de empuñadura sin justificar racionalmente su porte y tenencia en espacios públicos. SE DECLARA: I. Que se condena a MARCELO EMMANUEL RODRÍGUEZ SANDOVAL, ya individualizado, en calidad de AUTOR del simple delito de PORTE DE ARMA CORTO PUNZANTE EN ESPACIOS PÚBLICOS, en grado CONSUMADO, hecho descubierto el día 15 de Octubre del año 2021 en la ciudad de Vallenar, a sufrir la pena de MULTA de 0,3 UTM y comiso de la especie incautada, autorizando al Ministerio Público proceder a la destrucción de la misma. II. Que la pena de multa impuesta deberá ser pagada íntegramente dentro de décimo día siguiente de ejecutoriada que sea la presente sentencia. Para el evento que el sentenciado no tuviere bienes para el pago de esta pena de multa podrá solicitar al Tribunal y dentro del mismo plazo concedido para su pago el que esta sea sustituida por la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Que si no pagase la multa impuesta o no solicitase la sustitución por servicios comunitarios dentro del plazo concedido sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión regulándose 1 día por cada tercio de unidad tributaria mensual impaga III. Que se EXIME al sentenciado del pago de las costas del procedimiento. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: TTFRXBXLVNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-1

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a MARCELO EMMANUEL RODRÍGUEZ SANDOVAL, ya individualizado, en calidad de AUTOR del simple delito de PORTE DE ARMA CORTO PUNZANTE EN ESPACIOS PÚBLICOS, en grado CONSUMADO, hecho descubierto el día 15 de Octubre del año 2021 en la ciudad de Vallenar, a sufrir la pena de MULTA de 0,3 UTM y comiso de la especie incautada, autorizando al Ministerio Público proceder a la destrucción de la misma. II. Que la pena de multa impuesta deberá ser pagada íntegramente dentro de décimo día siguiente de ejecutoriada que sea la presente sentencia. Para el evento que el sentenciado no tuviere bienes para el pago de esta pena de multa podrá solicitar al Tribunal y dentro del mismo plazo concedido para su pago el que esta sea sustituida por la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Que si no pagase la multa impuesta o no solicitase la sustitución por servicios comunitarios dentro del plazo concedido sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión regulándose 1 día por cada tercio de unidad tributaria mensual impaga III. Que se EXIME al sentenciado del pago de las costas del procedimiento. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: TTFRXBXLVNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-1

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Vallenar, veintiséis de octubre de dos mil veintidós TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Vallenar. MAGISTRADO: VIRGILIO RICARDO PEREZ CARRIZO RUC: 2100941725-4 RIT: 2144 - 2021 IMPUTADO: MARCELO EMMANUEL RODRÍGUEZ SANDOVAL C.I. 0017096347-4 FECHA DE NAC. 02-06-1989 DIRECCION Calle LOS CONDORES N° 3117 COMUNA: Alto Hospicio DELITO PORT

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