CARAB LIMACHE C/ BRIAN ALEXANDER MORALES SEPÚLVEDA
Rol
O-1224-2022
Fecha
26 de octubre de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 17 de agosto del presente año, alrededor de las 14.00 horas, ambos imputados previamente concertados y con ánimo de sustraer especies ajenas, concurren al local comercial de nombre Kamar, ubicado en calle Serrano nº 210 de la comuna de Limache y una vez en el interior, proceden a sustraer especies, consistentes en una mochila color plateado y jockey de color rojo con blanco, especies que esconden en una bolsa que portaban y entre sus genitales, para luego huir del lugar, siendo sorprendidos por la encargada del local comercial doña Carolina Ximena Ulloa Sánchez, quien da cuenta a carabineros, los que realizan un recorrido por el sector céntrico de Limache y logra sorprender a ambos imputados en calle Urmeneta, frente al nº 4 de la comuna de Limache, en donde coincidían con las descripciones y características, tanto físicas como de vestimentas otorgadas por la dependiente del local comercial, logrando recuperar las especies sustraídas, las cuales portaba Brian Alexander, quien además, registraba una orden de detención. SENTENCIA En Limache, a veintiséis de octubre de dos mil veintidós. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14 Nº1, 15 Nº1, 67, 68 y 70 del Código Penal; 388 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; y Ley 18.216, se declara: I. Que, se CONDENA al requerido MICHAEL CHARLES HIDALGO GALAZ, cédula de identidad n°0017474601-K, a la pena de veintiún días de prisión en su grado medio y multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autor del delito consumado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 n°3 del Código Penal, perpetrado el día 17 de agosto de 2021, en la comuna de Limache. II.- Que conforme al artículo 11 de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento la pena corporal por la de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, considerándose cuarenta horas de trabajo comunitario por cada treinta días de privación de libertad, no
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14 Nº1, 15 Nº1, 67, 68 y 70 del Código Penal; 388 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; y Ley 18.216, se declara: I. Que, se CONDENA al requerido MICHAEL CHARLES HIDALGO GALAZ, cédula de identidad n°0017474601-K, a la pena de veintiún días de prisión en su grado medio y multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autor del delito consumado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 n°3 del Código Penal, perpetrado el día 17 de agosto de 2021, en la comuna de Limache. II.- Que conforme al artículo 11 de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento la pena corporal por la de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, considerándose cuarenta horas de trabajo comunitario por cada treinta días de privación de libertad, no pudiendo extenderse por más de ocho horas diarias, quedando entonces sujeto a esta medida antes referida por el término total de veintisiete horas. Infórmese por el delegado correspondiente de Gendarmería de Chile, dentro del plazo de treinta días siguientes a que este fallo quede ejecutoriado, el lugar en que el sentenciado deberá cumplir la prestación de los servicios, el tipo de servicios y el calendario de ejecución. Hecho, notifíquese directamente a los intervinientes el plan recibido. El sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Quilpué el día 09 de noviembre de 2022. Si el se
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PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 17 de agosto del presente año, alrededor de las 14.00 horas, ambos imputados previamente concertados y con ánimo de sustraer especies ajenas, concurren al local comercial de nombre Kamar, ubicado en calle Serrano nº 210 de la comuna de Limache y una vez en el interior, proceden a sustraer especies, consistentes en una mochila color plateado y jockey de col
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