SERGIO ANDRÉS ARROYO BARRAZA C/ LUIS ENRIQUE OYARCE SEVERINO
Rol
O-1620-2022
Fecha
24 de octubre de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 7,11 número 9, 15, 25, 30, 49,50, 67, 69 y 70 del Código Penal; 1, y siguientes, 18 y siguientes, 110 y siguientes, 195, inciso primero y 196 de Ley 18.290; 4° de la ley 18.216 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a LUIS ENRIQUE OYARCE SEVERINO, ya individualizado, como autor de un delito consumado el conducción de un vehículo motorizado en estado de ebriedad, causando daños, previsto y sancionado en el artículo 196, inciso primero, de la Ley 18.290, sobre Tránsito, cometido en la jurisdicción de este Tribunal el 24 de abril de 2022, a la pena de TRESCIENTOS ( ) DÍAS PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, Multa a beneficio fiscal de un tercio 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, pena pecuniaria que se le da por cumplida por el día que permaneció privado de libertad por esta causa, esto es, el día 25 de abril de 2022 y a las accesorias de suspensión de su licencia de conducir por el término de dos años y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, se condena a LUIS ENRIQUE OYARCE SEVERINO, ya individualizado, como autor de un delito consumado de incumplimiento de su obligación de dar cuenta a la autoridad de un accidente de tránsito en que se provoquen daños, previsto y sancionado en el artículo 195, inciso primero, de la Ley 18.290 sobre Tránsito, cometido en la jurisdicción de este Tribunal el 24 de abril de 2022 a la pena de Multa a beneficio fiscal de TRES ( ) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la accesoria de suspensión de su licencia de conducir por el término de un mes. III.- Que, reuniéndose los requisitos conforme al artículo cuarto de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad impuesta por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños, por remisión condicional, debiendo el sentenciado quedar sujeto al control de la sección correspondiente de Gendarmería de Chile, por el término de un año, con la
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7,11 número 9, 15, 25, 30, 49,50, 67, 69 y 70 del Código Penal; 1, y siguientes, 18 y siguientes, 110 y siguientes, 195, inciso primero y 196 de Ley 18.290; 4° de la ley 18.216 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a LUIS ENRIQUE OYARCE SEVERINO, ya individualizado, como autor de un delito consumado el conducción de un vehículo motorizado en estado de ebriedad, causando daños, previsto y sancionado en el artículo 196, inciso primero, de la Ley 18.290, sobre Tránsito, cometido en la jurisdicción de este Tribunal el 24 de abril de 2022, a la pena de TRESCIENTOS ( ) DÍAS PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, Multa a beneficio fiscal de un tercio 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, pena pecuniaria que se le da por cumplida por el día que permaneció privado de libertad por esta causa, esto es, el día 25 de abril de 2022 y a las accesorias de suspensión de su licencia de conducir por el término de dos años y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, se condena a LUIS ENRIQUE OYARCE SEVERINO, ya individualizado, como autor de un delito consumado de incumplimiento de su obligación de dar cuenta a la autoridad de un accidente de tránsito en que se provoquen daños, previsto y sancionado en el artículo 195, inciso primero, de la Ley 18.290 sobre Tránsito, cometido en la jurisdicción de este Tribunal el 24 de abril de 2022 a la pena de Multa a benef
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Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veintidós Procedimiento ABREVIADO R.U.C. 2200391541-0 R.I.T. 1620 - 2022 JUEZ EDUARDO ANTONIO VASQUEZ GONZALEZ FISCAL MARÍA ALEJANDRA BRAVO FIGUEROA DEFENSOR MARIO ANDRÉS LIRA NIETO IMPUTADO LUIS ENRIQUE OYARCE SEVERINO Cedula identidad n° 11.750.254-6 Domicilio: Pasa
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