LEPE/
Rol
V-292-2019
Fecha
9 de abril de 2020
Materia
PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en folio 1 y con fecha 23 de Diciembre de 2.019, comparece doña INES DE LAS MARIAS LEPE ROJAS, cédula de identidad N° 5.278.919-2, jubilada, domiciliada en 17 Norte N° 2363, Población Parque Tres, de la comuna de Talca, Región del Maule, quien presenta solicitud de perpetua memoria. Señala, que en su calidad de hija es heredera en la sucesión de su padre, don Víctor Manuel Lepe Ibarra, quien falleció con fecha 17 de Noviembre de 1968. Agrega, que al momento de su muerte era propietario de un inmueble inscrito a fojas 268, N°369, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año 1959. Adiciona, que por un error involuntario en la inscripción señalada, el nombre de su padre fue inscrito como VÍCTOR LEPPE IBARRA, siendo su nombre correcto VÍCTOR MANUEL LEPE IBARRA, tal como consta en la partida de nacimiento que acompaña. Pide, que de conformidad con lo expuesto en los artículos 909 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y demás normas aplicables, tener por interpuesta la solicitud de información para perpetua memoria, acogerla a tramitación, aprobarla y ordenar al Conservador de Bienes Raíces de Talca, anotar al margen de la inscripción a fojas 268, N° 369 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año 1959, que el nombre correcto del propietario del bien raíz singularizado es VÍCTOR MANUEL LEPE IBARRA y no VÍCTOR LEPPE IBARRA, como señala erróneamente la referida inscripción de dominio. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar su pretensión la peticionaria acompañó a su solicitud, copia de acta de nacimiento de don Víctor Manuel Lepe Ibarra; certificado de nacimiento de la solicitante doña Inés de las Marías Lepe Rojas, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación nacida el 17 de Junio de 1942, donde consta que el nombre de su padre es Víctor Lepe Ibarra; certificado de defunción de don Víctor Manuel Lepe Ibarra, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha 15 de Febrero de 2.017; y copia de certificado de título de dominio del inmueble inscrito a fojas 268, N° 369 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año 1959. TERCERO: Que en folio 6, consta que con fecha 31 de Enero de 2.020, ante la ministro de fe doña María Soledad Pérez, en su oficio ubicado en calle 4 Norte Nº 615, Talca, comparecieron a rendir información sumaria los testigos Irma de las Rosas Rojas Acevedo, cédula de identidad N° 5.672.224-6, pensionada, domiciliada en calle 5 Oriente N° 1653 de Talca, quien juramentada en forma legal, depone que es efectivo que el nombre de Víctor Leppe Ibarra era VICTOR MANUEL LEPE IBARRA, quien era el dueño del inmueble inscrito a fojas 268 N° 369 del Registro de Propiedad del año 1959 del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Indica, que es efectivo que en la referida inscripción de dominio existe un error en cuanto a la inscripción de su nombre, ya que, figura como Víctor Leppe Ibarra, sie
Fallo
SE DECLARA: Que, HA LUGAR a lo pedido en lo principal de la solicitud de folio 1, sólo en cuanto, se aprueba la información sumaria de los testigos, ya individualizados, rendida en folio 6, ante la Ministro de Fe, y téngase por cierto y verdadero, con el carácter de presunción legal, el siguiente hecho: que don VÍCTOR LEPPE IBARRA, era también conocido como VÍCTOR MANUEL LEPE IBARRA; rechazándose en lo demás pedido. Anótese, regístrese, notifíquese personalmente, dése copia autorizada, a costa del interesado y archívese, en su oportunidad. Rol N° 292-2019 Pronunciada por don Gonzalo Enrique Pérez Correa, Juez Titular del Cuarto Juzgado de Letras de Talca. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-04-09T12:49:56-0400
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Talca, nueve de abril de dos mil veinte VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en folio 1 y con fecha 23 de Diciembre de 2.019, comparece doña INES DE LAS MARIAS LEPE ROJAS, cédula de identidad N° 5.278.919-2, jubilada, domiciliada en 17 Norte N° 2363, Población Parque Tres, de la comuna de Talca, Región del Maule, quien presenta solicitud de perpetua memoria. Señala, que en su calidad de hija es he
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