CARABINERO MANUEL ANDRES RIQUELME MONSALVE C/ JUNIOR JACKENS PAUL
Rol
O-1180-2022
Fecha
20 de octubre de 2022
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en el requerimiento, pese a tener derecho a un juicio oral.- Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N 6 9, 15 N°1, 67, artículos, 388, 389, 390, 394 y 395 del Código Procesal Penal; artículos, 1, 4 de la ley 18.216, artículo, 1, 110, 194 de la Ley 18.290 se declara: I.- Que, se condena a don JUNIOR JACKENS PAUL, cédula de identidad N° 0026428955-6, ya individualizado, como autor del delito de conducción de vehículo Código: WZXEXBCDVNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl motorizado sin licencia profesional, cometido el día 14 de mayo de 2022, a sufrir la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, más la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del CAIS de Melipilla, por el plazo de un año, debiendo presentarse el día dos de noviembre de 2022. Para el evento de revocársele la pena sustitutiva deberá cumplir la pena efectivamente impuesta, sin abonos que considerar. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. IV.- Que, atendido el extracto de filiación del condenado, se dará aplicación del artículo 38 de la ley 18.216. Ofíciese. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC Nº 2200473444-4 RIT Nº 1180 - 2022 Dictada por don VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: WZXEXBCDVNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-22T10:18:23-0300
Fundamentos
considerando: HECHO: Que el día 14 de mayo de 2022 a las 17:15 horas aproximadamente, mientras de personal de carabineros efectuaba control vehicular en Ruta G-60 en el kilómetro 38, comuna de Melipilla, sorprendieron al requerido JUNIOR JACKENS PAUL, conduciendo el minibús marca Kia, modelo Besta, PPU.TX-2809, sin contar con la licencia requerida por la ley para dicha conducción. .MODIFICATORIA: Que favorece al requerido la circunstancia atenuante de responsabilidad prevista en el artículo 11 N° 6, N° 9 del Código Penal, atendido que no tiene anotaciones penales en su contra, ha colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos, pues ha reconocido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, pese a tener derecho a un juicio oral.- Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N 6 9, 15 N°1, 67, artículos, 388, 389, 390, 394 y 395 del Código Procesal Penal; artículos, 1, 4 de la ley 18.216, artículo, 1, 110, 194 de la Ley 18.290
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a don JUNIOR JACKENS PAUL, cédula de identidad N° 0026428955-6, ya individualizado, como autor del delito de conducción de vehículo Código: WZXEXBCDVNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl motorizado sin licencia profesional, cometido el día 14 de mayo de 2022, a sufrir la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, más la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del CAIS de Melipilla, por el plazo de un año, debiendo presentarse el día dos de noviembre de 2022. Para el evento de revocársele la pena sustitutiva deberá cumplir la pena efectivamente impuesta, sin abonos que considerar. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. IV.- Que, atendido el extracto de filiación del condenado, se dará aplicación del artículo 38 de la ley 18.216. Ofíciese. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC Nº 2200473444-4 RIT Nº 1180 - 2022 Dictada por don VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artí
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SENTENCIA DEFINITIVA FECHA: Melipilla, veinte de octubre de dos mil veintidós TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: VICTOR FERNANDEZ ORTEGA PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC: 2200473444-4 RIT: 1180 – 2022 IMPUTADO 1 : JUNIOR JACKENS PAUL C.I. 0026428955-6 FECHA DE NAC. 25/06/1993 DIRECCION VILLA FLORENCIA II BERTA GONZALEZ OLIVARES Nº 2266 COMUNA: Melipilla DELITO conducción de vehí
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