MP C/ VICTOR MANUEL MUÑOZ MOLINA
Rol
O-4286-2022
Fecha
20 de octubre de 2022
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15 N°1, 18, 24, 25, 29, 49, 50, 432, 436, 449 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 14 y siguientes de la Ley 18.216; artículo 17 de la Ley 19.970, se declara: I.- Que, SE CONDENA a FRENYELIS SIRIANNIS GERMAN, de nacionalidad venezolana, número de pasaporte 28446966 y a VICTOR MANUEL MUÑOZ MOLINA, de nacionalidad venezolana, pasaporte 21667295, ambos ya individualizados, como autores del delito consumado de robo con intimidacion en la persona de la adolescente Rocío Belén Gutiérrez Chávez, cometido en Puerto Montt, el día 26 de junio de 2022, a la PENA de TRES AÑOS y UN DÍA de PRESIDIO MENOR en su grado MAXIMO y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose respecto de ambos sentenciados, los requisitos establecidos en el artículo 15 bis de la Ley N° 18.216, se les sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la medida de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de esta ciudad y debiendo además cumplir, durante el periodo de control, con el Plan de Intervención Individual que se apruebe en su momento y con las con
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Puerto Montt, veinte de octubre de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra asentada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15 N°1, 18, 24, 25, 29, 49, 50, 432, 436, 449 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 406 y si
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