Juzgado de Garantía de Rancagua.

MP C/ MARIA ELENA MAMANI HUARAYO

Rol

O-2652-2022

Fecha

18 de octubre de 2022

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación, los antecedentes de la investigación y renuncian al Juicio Oral y Público y se procede bajo las reglas del Procedimiento Abreviado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 6 y 11 N° 9 del Código Penal, vía artículo 407 del Código Procesal Penal. Procedimiento Abreviado. Hechos: En causa Rit 10981-2021 actualmente separada se mantiene investigación por el delito de tráfico de drogas, traficantes o vendedores de drogas en la ciudad de Rancagua logrando determinar en el transcurso del tiempo de investigación quienes eran sus proveedores, logrando determinar también mediante las técnicas especiales de la ley de drogas individualizar algunos de los proveedores o quiénes participaban en esta actividad, primeramente logrando establecer que para el efecto se lograba mediante la internación de droga desde el país de Bolivia hacia Chile, en un primer momento se logra determinar que los cabecillas o encargados de esa labor eran dos ciudadanos extranjeros, uno identificado como Doña María Elena Mamani Huarayo y Don Desiderio Montan Mirma ambos de nacionalidad boliviana, quienes en conjunto con Don Nicolás Lay Código: QNYGXBFXDXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl Zamorano y Don René Revuelta Cuellar se dedicaban a esta labor de ingreso de droga y después distribuir en diversas partes de Chile siendo uno de los destinos específicamente la ciudad de Rancagua. En esa circunstancia y debida principalmente a las escuchas telefónicas se logra establecer en el mes de marzo del año 2022 estás circunstancia y dinámicas de ingreso al país de la droga y transporte la misma, mirando está el día 2 de abril del año 2022 donde en hora de la noche se comunica los blancos indicand

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y N° 9, 15 N°1, 29, 70 del Código Penal; artículo 1°, 3° de la Ley N° 20.000, artículos 297, 340, 341, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: Código: QNYGXBFXDXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl I.- Que, SE CONDENA a MATÍAS ENRIQUE DE LA FUENTE POBLETE y a JOSÉ PABLO ARJONA PÉREZ, ya individualizados, como autores de un delito de tráfico de drogas, previsto y sancionado en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 20.000, hecho ocurrido en Rancagua al menos el día 4 de abril de 2022, a la pena de CINCO AÑOS de presidio menor en su grado máximo e inhabilitación absoluta de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la inhabilitación perpetua para derechos políticos, multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales y comiso de las especies incautadas. II.- Que, para el pago de la multa impuesta se le concede 10 cuotas mensuales y sucesivas, pagaderos antes del último día hábil de cada mes, a contar del mes de noviembre de 2022, debiendo acompañar el comprobante de pago en el mismo plazo. El no pago de alguna de las cuotas hará exigible el total. Si no tuviere bienes suficientes para el pago de la multa en

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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl 0ACTA DE AUDIENCIA dieciocho de octubre de dos mil veintidós. Ruc: 2200322362-4 Rit: 2652 - 2022 Hora Inicio: 11:49 Hora Término: 12:36 Juez: GONZALO CELEDÓN BULNES Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado 1.- Imputado: Maria Elena Mamani Huarayo C.I. N° 0025366

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