1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VERGARA/CORPORACIÓN EDUCACIONAL SANTA VALENTINA

Rol

O-4848-2019

Fecha

20 de septiembre de 2021

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y oído los intervinientes, se tiene presente: Primero: Que comparece Daniela Constanza Vergara Rivas, profesora, RUN N° 18.338.728-6 y deduce demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Corporación Educacional Santa Valentina, RUT N° 65.127.294-7. Funda la demanda en que el día 1 de marzo del año 2019, comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada como docente en el establecimiento denominado Escuela de Lenguaje J.J. Pérez, con una jornada de trabajo pactada fue de 44 horas semanales y una remuneración total de $926.743 mensuales, compuesta de la siguiente manera: remuneración básica mínima nacional: $61 6.465.- Bonificación proporcional ley N° 19.933: $140.142.- Bonificación proporcional ley N° 19.410: $100.000.- Bonificación de reconocimiento profesional base: $70.136.- El contrato de trabajo se pactó por el plazo de un año, esto es, hasta el día 28 de febrero del año 2020. En cuanto al despido señala que en el mes de abril del año 2019, un grupo de apoderados del colegió ingresó al lugar de forma muy violenta, lanzando improperios y pateando el portón de acceso y denunciando a uno de los choferes del transporte escolar como autor del delito de abuso sexual de alguno de los alumnos. Afirma que por orden de la sostenedora del establecimiento, las clases fueron suspendidas hasta el día 22 de abril del mismo año. Señala que luego del violento incidente fue a la Mutual de Seguridad, lugar en que se le diagnosticó "trastorno de pánico", y se le prescribió licencia por 7 días, esto es, del 22 al 28 de abril de 2019. Agrega que el día 29 de abril la empleadora le entregó dos opciones: volver al trabajo, pero que la escuela iba a cerrar y que no se pagaría la remuneración correspondiente al mes de mayo de 2019, o firmar un finiquito por "mutuo acuerdo de las partes", pagando la demandada sólo el mes de aviso. Indica que con fecha 2 de mayo del presente las partes suscribieron un finiquito de contrato, con r

Fallo

Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 10, 159 N° 1, 453 y siguientes, 454, 456, 459 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se rechaza la excepción de finiquito planteada por la demandada. II.- Que se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta por Daniela Constanza Vergara Rivas, en contra de Corporación Educacional Santa Valentina. III.- Que no se condena en costas a la parte demandante por haber tenido motivo plausible para litigar. RIT O-4848-2019. RUC  19-4-0203285-8 Regístrese, notifíquese y comuníquese. Dictada por Andrea Vásquez Bravo, jueza titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veinte de septiembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintiuno. Visto y oído los intervinientes, se tiene presente: Primero: Que comparece Daniela Constanza Vergara Rivas, profesora, RUN N° 18.338.728-6 y deduce demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Corporación Educacional Santa Valentina, RUT N° 65.127.294-7. Funda la demanda en que el día 1

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