ARCE/SERVICIOS SEBASTIAN IGNACION MAGNERE DURAN EIRL
Rol
M-72-2020
Fecha
20 de septiembre de 2021
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos constitutivos de la misma. 3.- Prestaciones adeudadas, naturaleza y monto. 4.- Responsabilidad que le asistiría a la demandada solidaria y
Fundamentos
fundamentos de la misma. MEDIOS DE PRUEBA. Previa solicitud de exclusión los medios de prueba son los siguientes: La parte demandante ofrece: Documental. 1.- Constancia – denuncia, realizada ante la inspección del trabajo con fecha 14 de octubre de 2020 por don Cesar Arce Alvarado. Confesional. La parte demandante solicita se cite a absolver posiciones a Sebastián Ignacio Magnere Duran y a don César Nágel Cordúa, bajo el apercibimiento señalado en el n°3 del artículo 454 del Código del trabajo. El Tribunal resuelve, como se pide. Testimonial. 1.- Álvaro Andrés Torres González. 2.-Jesús Alberto Venegas Venegas 3.- Omar Ernesto Lazcano Vilches El Tribunal resuelve, recíbase a continuación la declaración de los testigos ofrecidos. La parte demandada, ofrece: Confesional. La parte demandante solicita se cite a absolver posiciones a Cesar Antonio Arce Alvarado. El Tribunal resuelve, como se pide, bajo el apercibimiento señalado en el n°3 del artículo 454 del Código del trabajo. El tribunal no decreta diligencias probatorias. Se incorpora la prueba ofrecida por las partes. La parte demandante incorpora su prueba. Documental. 1.- Constancia – denuncia, realizada ante la inspección del trabajo con fecha 14 de octubre de 2020 por don Cesar Arce Alvarado. El tribunal resuelve, se tiene por incorporado el documento ofrecido por la parte demandante oportunamente, devuélvanse. Confesional. Presta declaración en los términos que se registra en audio, Sebastián Ignacio Magnere Duran. En cuanto a don César Nágel Cordúa, no comparece y se solicita se haga efectivo el apercibimiento del artículo 454 N°3 del Código del Trabajo. El tribunal resuelva, como se pide, en cuanto a hacer efectivo el apercibimiento establecido en el Código del Trabajo. Testimonial. Presta declaración en los términos que se registran en audio, el siguiente testigo: 1.- Jesús Alberto Venegas Venegas La parte demandada se desiste de su prueba. Observaciones a la prueba del demandante y demandados. El tribunal resuelve, se tiene por formuladas las observaciones a la prueba. Se dicta
Fallo
Se resuelve escrito de fecha 13 de septiembre de 2021 presentado por Servicios Sebastián Ignacio Magnere Duran EIRL. El tribunal resuelve, a lo principal: Téngase presente. Al otrosí: Por acompañado. Al escrito acompañando minuta y documentos por la demandada: Téngase por acompañados. Al escrito de acompaña documentos por la demandante: Por acompañados. Relación de la demanda. Se ha confirmado que por la demandada solidaria no ha comparecido persona alguna, encontrándose válidamente notificada. La demandada evacua la contestación de la demanda. El tribunal resuelve, por contestada la demanda. Conciliación: el tribunal propone las bases para arribar a una conciliación, esta no se produce. RECEPCION DE LA CAUSA A PRUEBA: El tribunal recibe la causa a prueba, el hecho a probar es el siguiente: 1.- La circunstancia de haber sido despedido verbalmente el trabajador demandante. 2.- Si se comunicó formalmente el despido y en tal caso, causa invocada y hechos constitutivos de la misma. 3.- Prestaciones adeudadas, naturaleza y monto. 4.- Responsabilidad que le asistiría a la demandada solidaria y fundamentos de la misma. MEDIOS DE PRUEBA. Previa solicitud de exclusión los medios de prueba son los siguientes: La parte demandante ofrece: Documental. 1.- Constancia – denuncia, realizada ante la inspección del trabajo con fecha 14 de octubre de 2020 por don Cesar Arce Alvarado. Confesional. La parte demandante solicita se cite a absolver posiciones a Sebastián Ignacio Mag
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Poder Judicial CHILE ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 15 de septiembre de 2021 RUC 20-4-0307222-3 RIT M-72-2020 MAGISTRADO Rolando Alvear Valenzuela ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ximena Pereira Orellana HORA DE INICIO 12.00 horas HORA DE TERMINO 13.23 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0307222-3-96 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE César Anton
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