FREDY NELSON MORALES OYARCE C/ PATRICIO ANTONIO DEL CARMEN CARRIÓN OSORIO
Rol
O-969-2022
Fecha
17 de octubre de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 13 de abril de 2022, a las 21:30 horas aproximadamente, el requerido PATRICIO ANTONIO DEL CARMEN CARRION OSORIO fue sorprendido por funcionarios policiales conduciendo en estado de ebriedad el vehículo Placa Patente Única CPCS-51 marca Suzuki por calle Isabel Brown a la altura del número 111, comuna de Nogales. La ebriedad del requerido fue corroborada por personal policial, debido a su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, siendo sometido a examen respiratorio de alcotest, arrojando como resultado 1,34 gramos por mil de alcohol en la sangre, en tanto, que el examen de alcoholemia arrojo 1,31 gramos por mil de alcohol en la sangre.”. Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 11 N°9, 15 N°1, 18, 25, 30, 49, 68, 69 y 70 del Código Penal; artículos 110 y 196 de la Ley 18.290 de Tránsito; artículos 1°, 11, 47, 297, 340, 342, 351, 388, 390, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1° y 4° de la ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a PATRICIO ANTONIO DEL CARMEN CARRION OSORIO, cédula de Identidad número 9.068.174-5, casado, nacido el 29 de noviembre de 1964, chileno, empresario, domiciliado en Ruta 5 Norte kilómetro 120,800, El Melón, comuna de Nogales, a sufrir la pena de CIEN DÍAS (100) de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa de DOS (2) unidades tributarias mensuales, a la suspensión de la licencia de conducir por dos años, más la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por la participación que le ha correspondido en calidad de autor del delito consumado de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley 18.290, descubierto en la comuna de Nogales el 13 de abril de 2022. II.- Que, la pena de multa, deberá pagarla en una cuota los primeros cinco días del mes siguiente en que esta sentencia quede firme y ejecutor
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 11 N°9, 15 N°1, 18, 25, 30, 49, 68, 69 y 70 del Código Penal; artículos 110 y 196 de la Ley 18.290 de Tránsito; artículos 1°, 11, 47, 297, 340, 342, 351, 388, 390, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1° y 4° de la ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a PATRICIO ANTONIO DEL CARMEN CARRION OSORIO, cédula de Identidad número 9.068.174-5, casado, nacido el 29 de noviembre de 1964, chileno, empresario, domiciliado en Ruta 5 Norte kilómetro 120,800, El Melón, comuna de Nogales, a sufrir la pena de CIEN DÍAS (100) de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa de DOS (2) unidades tributarias mensuales, a la suspensión de la licencia de conducir por dos años, más la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por la participación que le ha correspondido en calidad de autor del delito consumado de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley 18.290, descubierto en la comuna de Nogales el 13 de abril de 2022. II.- Que, la pena de multa, deberá pagarla en una cuota los primeros cinco días del mes siguiente en que esta sentencia quede firme y ejecutoriada. En caso de no pago de multa, se harán efectivos los apremios señalados en el artículo 49 del Código Penal. III.- Que, cumpliendo el sentenciado con los requisitos previstos en el artículo 4° de la Ley 18.216, se su
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, diecisiete de octubre de dos mil veintidós. La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada. Hechos: “El día 13 de abril de 2022, a las 21:30 horas aproximadamente, el requerido PATRICIO ANTONIO DEL CARMEN CARRION OSORIO fue sorprendido por funcionarios policiales conduciend
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica