19º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/MUÑOZ

Rol

C-26713-2019

Fecha

6 de abril de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

C-26713-2019 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-26713-2019 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/MU OZÉ Ñ Santiago, seis de Abril de dos mil veinte Vistos, Con fecha 29 de agosto de 2019, comparece don Jaime Gabriel Vel squez Navarro, abogado, domiciliado en Compa a N 1390 Of 2403,á ñí ° Santiago, en representaci n judicial, de fuente convencional por mandatoó que consta en un otros , del Banco de Cr dito e Inversiones, sociedadí é an nima bancaria del giro de su denominaci n, representada legalmenteó ó por el se or Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal,ñ ingeniero civil, domiciliados en Agustinas N 1.070, Piso 2, Ala Sur,º Santiago, Regi n Metropolitana, e interpone demanda en juicio ejecutivo deó Cobro de Pagar , en contra de BERNARDO LUIS MU OZé Ñ CHAMORRO, se ignora profesi n u oficio, domiciliado en calleó BUDAPEST N 32149, COMUNA DE EL BOSQUE, REGI N° Ó METROPOLITANA. Funda su demanda indicando que su representada es due o de unñ pagar suscrito a la orden de mi mandante por don(a) Bernardo Luisé Mu oz Chamorro, de fecha 15 de septiembre de 2016, por la suma de $ñ 10.506.544.- por concepto de capital. Esta obligaci n devengar a un inter só í é del 1,4500% mensual vencido, durante todo el plazo pactado. Se ala que seg n lo establecido en el pagar , el capital adeudado m sñ ú é á los intereses se pagar an en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, deí $272.472.- cada una, con vencimientos los d as 15 de cada mes, siempreí que fueran h biles bancarios, ya que si no lo tendr an al d a h bil bancarioá í í á siguiente. La primera de dichas cuotas venci el 15 de diciembre de 2016.ó C-26713-2019 Refiere que adicionalmente se estableci que el no pago oportuno deó una cualquiera de sus cuotas, sea de capital o de intereses, faculta al acreedor para hacer exigible de inmediato el total del saldo insoluto a esa fecha, el que desde ese momento se considera de plazo vencido y devenga a fa

Fundamentos

motivos que en su escrito indica. Con fecha 30 de diciembre de 2019, se tuvo por evacuado el traslado,

Fallo

por tanto de su cargoí ° ° ° acreditar haber satisfecho dicha obligaci n.ó En cuanto a la segunda excepci nó , esto es, la nulidad de la obligaci n, indica que el pagar de autos nunca fue presentado a cobro,ó é cuesti n que resulta indispensable toda vez que es un documento a la vista,ó quedando determinada su obligaci n de pago por el beneficiario.ó En cuanto a la tercera excepci n,ó esto es, la nulidad de la obligaci n, se ala que el titulo fundante de la demanda de autos no cumpleó ñ con el requisito se alado en el art culo 17 de la Ley 19496, por cuanto elñ í tama o de letra utilizado en dicho instrumento no corresponde al tama oñ ñ de letra 2,5 mil metros, sino que es inferior a ello. í Finalmente, en cuanto a la cuarta excepci nó , esto es, la concesi nó de esperar o pr rrogas del plazo, se ala que su representada se encuentraó ñ actualmente en conversaciones con Banco de Chile y se le han concedido esperas y se le ha prorrogado el plazo de todas las obligaciones que existieran entre las partes. Con fecha 12 de diciembre de 2019 la parte ejecutante evacua el traslado conferido solicitando el rechazo de las excepciones opuestas, por los motivos que en su escrito indica. Con fecha 30 de diciembre de 2019, se tuvo por evacuado el traslado, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se las recibi a prueba,ó rindi ndose la que consta en autos. é Con fecha 28 de febrero de 2020, encontr ndose la causa en estado,á se cit a las partes para o r sentencia. ó í CON LO R

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C-26713-2019 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-26713-2019 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/MU OZÉ Ñ Santiago, seis de Abril de dos mil veinte Vistos, Con fecha 29 de agosto de 2019, comparece don Jaime Gabriel Vel squez Navarro, abogado, domiciliado en Compa a N 1390 Of 2403,á ñí ° Santiago, en representaci n judicial, d

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