BARRIENTOS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
C-26475-2019
Fecha
6 de abril de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece a fojas 1 YESSICA BARRIENTOS ARCILA, dueña de casa , C.I. 13.197.020-k, domiciliada en pasaje Arturo Prat Ramón Ocampo 440, Casa 35, comuna de Santiago, Región Metropolitana, interponiendo demanda ordinaria de prescripción extintiva de derechos de aseo municipal, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA, persona jurídica de derecho público, del giro de su denominación; representada legalmente por su alcalde don FELIPE GUEVARA STEPHENS, cédula de identidad 8.624.981-2, ambos domiciliados para estos efectos en Av. El Rodeo 12777, comuna Lo Barnechea, Región Metropolitana, a fin que se declare la prescripción extintiva respecto de los derechos de aseo domiciliarios, comprendidos entre el año 2009 y 2013, y los demás derechos o cuotas que, al tiempo de notificación de la presente demanda, hayan cumplido tres años o más para su cobro. A folio 9, se tuvo por expresamente notificada a la parte demandada. Por contestada la demanda y por interpuesta demanda reconvencional. A folio 10, la demandada contestó la demanda reconvencional en los términos indicados. A fojas 11, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que deban probarse, y atendido lo dispuesto en el artículo 313 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, se citó a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, la parte demandante, funda su demanda señalando que en su calidad de propietaria del inmueble ubicado en Pasaje Arturo Prat 440 Casa 35, comuna de Lo Barnechea, ROL 034750035, ha sido requerida por la I. Municipalidad de Lo Barnechea, por el pago de los derechos de aseo municipales que se adeudarían por el periodo correspondiente entre los meses de abril año 2009 y junio año 2019. Relata, que el cobro de dichos derechos se funda en la ley de Rentas Municipales, Decreto Ley N°3.063, que establece en su artículo 7° que las municipalidades cobrarán una tarifa anual por el servicio de aseo, quedando exentos automáticamente de dicho pago aquellos usuarios cuya vivienda o unidad habitacional a la que se otorga el servicio tenga un avalúo fiscal igual o inferior a 225 unidades. Indica, que los derechos de aseo cuyas cuotas vencieron entre los años 2009 y 2013, y que ascienden a la suma total de $1.238.653.-, se encuentran prescritos. Al efecto cita en derecho lo establecido en los artículos 2492, 2493 2514, 2515 y 2521 del Código Civil, y demás normas legales pertinentes. Concluye solicitando acoger la demanda en todas sus partes y en definitiva declarar la prescripción extintiva respecto de las acciones de cobro de derechos de aseo, por el período comprendido entre el año 2009 y 2013, y los demás derechos o cuotas que, al tiempo de notificación de la presente demanda, hayan cumplido tres años o más para su cobro. SEGUNDO. Que, contestando la demanda, la parte demandada señala que se encontraría prescrita la deuda devengada en los períodos con vencimiento entre el 30 de abril de 2009 y hasta el 30 de junio de 2013, ambas fechas inclusive, salvando los cobros correspondientes a los períodos siguientes. TERCERO. Que, la parte demandada principal, viene en deducir demanda reconvencional en contra de la actora, señalando que ésta mantiene una adeuda por concepto de derechos de aseo no pagados y no prescritos, por la suma de $54.596.-, respecto del inmueble ubicado en pasaje Arturo Prat Ramón Ocampo N°440, Casa 35, comuna de Lo Barnechea. CUARTO. Que, que demandante principal y demandada reconvencional, señala que se allana a la demanda contraria. QUINTO. Que, incumbe probar las obligaciones o su extinción a quien alega aquéllas o ésta, conforme lo establece el artículo 1698 del Código Civil. SEXTO. Que para acreditar sus dichos, la demandante principal y demandada reconvencional acompañó en autos: A) Estado de cuenta de derechos de aseo, emitido por la I. Municipalidad de Lo Barnechea, de fecha 16 de mayo de 2019; B) Copia de inscripción de dominio con vigencia emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Documentos no objetados de contrario dentro del plazo legal. SÉPTIMO. Que, para acreditar sus dichos, la demanda principal y demandante reconvencional acompañó en autos: A) Copia autorizada de mandato judicial donde consta personería para actuar en autos; B) Informe de deuda de fecha 26 de noviembre de 20
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además, lo dispuesto en los artículos 1567, 1698, 2492, 2493, 2497, 2514 y 2515 del Código Civil; artículos 144, 160, 170, 172, 310, 313, 316, 341, 342 y 346 del Código de Procedimiento Civil, y Decreto Ley 3.063 de 1979,, y demás normas pertinentes, SE RESUELVE: I.- Que se ACOGE la demanda contenida a folio 1, declarándose prescritas las acciones de cobro de los derechos de aseo municipal impagos por el periodo comprendidos entre el mes abril del año 2009 y hasta el 30 de junio de 2013, y asimismo, se ACOGE, demanda reconvencional por el período restante. II.- Que, no se condena en costas. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad.- DICTADA POR DOÑA GABRIELA SILVA HERRERA, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, seis de abril de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-04-06T16:23:46-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 20º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-26475-2019 CARATULADO : BARRIENTOS / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA. Santiago, seis de abril de dos mil veinte. VISTOS: Comparece a fojas 1 YESSICA BARRIENTOS ARCILA, dueña de casa , C.I. 13.197.020-k, domiciliada en pasaje Arturo Prat Ramón Ocampo 440, Casa 35, comuna de Santiago, Región Metropolitana,
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