14º Juzgado Civil de Santiago

ITAÚ CORPBANCA/COMERCIAL IMPORTIK S.A

Rol

C-4055-2019

Fecha

3 de abril de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Francisco Javier Sep lveda Figueroa,ú abogado, domiciliado en calle Agustinas N 1022, oficina 1010, comuna de Santiago, en representaci n° ó convencional de ITA CORPBANCA, Ú sociedad an nima bancaria, representada poró su gerente general don Milton Maluhy Filho, administrador, estos ltimos con domicilioú en Rosario Norte N 660, piso 11, comuna de Las Condes; quien interpone demandaº ejecutiva de cobro de pagar en contra de é COMERCIAL IMPORTIK S.A., del giro de su denominaci n, representada por don ó Enrique Hern n Sanhueza Garc a,á í cuya profesi n ignora, como deudor principal y en contra de este ltimo por s , como aval,ó ú í fiador y codeudor solidario, ambos con domicilio en Avenida Colorado N 881, comunaº de Quilicura. Asegura que su representada es due a del Pagar suscrito el 04 de enero de 2018,ñ é por COMERCIAL IMPORTIK S.A., mediante el cual la parte ejecutada se oblig aó pagar a ITA CORPBANCA, la suma de $28.500.000, con vencimiento el d a 03 deÚ í Julio del 2018. Se ala que se estableci que, en caso de mora o simple retardo en el pago delñ ó capital adeudado, se devengar a un inter s penal igual al inter s m ximo convencionalí é é á que sea permitido estipular para este tipo de operaciones de cr dito de dinero ené moneda nacional no reajustable, inter s penal que correr a desde la mora o simpleé í retardo hasta la fecha del pago efectivo de lo adeudado. Adem s, que, a contar de laá fecha del pagar , el capital adeudado devengar a inter s a la tasa del 0,73% mensual.é í é Asevera que llegada la fecha de vencimiento de la obligaci n el 03 de julio deó 2018, esta no fue cancelada, por lo que adeuda en capital la suma de $28.500.000, m sá C-4055-2019 Foja: 1 los intereses moratorios pactados. A ade que don Enrique Hern n Sanhueza Garc a, se constituy en aval, fiador yñ á í ó codeudor solidario del deudor suscriptor del pagar en favor de Ita Corpbanca.é ú Concluye que dicho pagar fue autorizado ante Notario P blico por lo que tieneé ú

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Francisco Javier Sep lveda Figueroa,ú en representaci n de ó ITA CORPBANCAÚ ; quien interpone demanda ejecutiva de cobro C-4055-2019 Foja: 1 de pagar en contra de é COMERCIAL IMPORTIK S.A., representada por don Enrique Hern n Sanhueza Garc a, en su calidad de deudora principal y en contra deá í don Enrique Hern n Sanhueza Garc aá í , como aval, fiador y codeudor solidario, para que se ordene despachar mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma deó $28.500.000, m s inter s m ximo convencional que la ley permita estipular, disponiendoá é á que se siga adelante con la ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago a suó representada de las sumas adeudadas, con costas; fundado en los antecedentes de hecho y de derecho rese ados en lo expositivo de esta sentencia y que se dan por reproducidosñ en este considerando. SEGUNDO: Que legalmente notificados y requeridos de pago, los ejecutados oponen a la ejecuci n seguida en su contra la excepci n del Nro. 11 del art culo 464 deló ó í C digo de Procedimiento Civil; de conformidad a lo relacionado en lo expositivo de estaó sentencia. TERCERO: Que, a fin de acreditar su pretensi n, el ejecutante acompa losó ñó siguientes documentos: 1.- Pagar (Moneda Nacional No Reajustable) (Tasa fija), a favor de Itaé ú Corpbanca, por la suma de $28.500.000, con vencimiento el d a 03 de julio de 2018,í suscrito con fecha 04 de enero de 2018, por COMERCIAL IMPORTIX S.A., representada por don Enrique Hern n Sanhueza Garc a, como deudor y este ltimo porá í ú s como aval, fiador y codeudor solidario. Consta autorizaci n notarial de la firma de losí ó suscriptores, en la calidad en que comparecen. 2.- Copia de escritura p blica de Mandato Judicial, otorgado por Ita Corpbancaú ú a Zenteno Lagos Jos Francisco y otros, con fecha 03 de julio de 2017, ante el Notarioé P blico de Santiago don Jaime Bernales Larra n, Repertorio 1572-2017.ú í CUARTO: Que la parte demandada no aport prueba alguna a fin de justificaró su defensa. QUINTO: Que en cuanto a la excepci n opuesta del Nro. 11 del art culo 464ó í del C digo de Procedimiento Civil y que funda el demandado en la concesi n deó ó pr rrogas o esperas por parte del ejecutante, esta ser rechazada atendido que eló á ejecutado no ha probado de forma alguna las circunstancias de hecho en que funda la defensa planteada, cuesti n que correspond a a aquel acreditar, lo anterior deó í conformidad a las normas generales que rigen la prueba y en particular, lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civil. í ó Y visto lo dispuesto en los art culos 1698 del C digo Civil; Ley 18.092 sobreí ó Letras de Cambio y Pagar s y en los art culos 6, 80, 83, 89 y siguientes, 160, 170, 254,é í C-4055-2019 Foja: 1 313, 434, 437, 438, 443, 464 Nro. 11, 470 y 471 del C digo de Procedimiento Civil, ó

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se rechaza, en todas sus partes, la excepci n opuesta por el ejecutadoó don Enrique Hern n Sanhueza Garc a por s y en representaci n de á í í ó COMERCIAL IMPORTIK S.A. II.- Que se ordena seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer a la ejecutante,ó Ita Corpbanca, entero y cumplido pago de lo adeudado en capital e intereses.ú III.- Que, habiendo sido completamente vencida, se condena en costas a la parte ejecutada. REG STRESE. -Í NOTIF QUESE PERSONALMENTE O POR C DULA. -Í É Rol C-4055-2019.- DICTADA POR DON MARCELO REYES POZO, JUEZ DEL D CIMOÉ CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZA FABIOLA PAREDES ARAVENA, SECRETARIA SUBROGANTE DEL D CIMO CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO.É Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, tres de Abril de dos mil veinte C-4055-2019 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-04-03T18:33:58-0300

Texto Completo (Preview)

C-4055-2019 Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4055-2019 CARATULADO : ITA CORPBANCA/COMERCIAL IMPORTIKÚ S.A Santiago, tres de Abril de dos mil veinte VISTOS: Comparece don Francisco Javier Sep lveda Figueroa,ú abogado, domiciliado en calle Agustinas N 1022, oficina 1010, comuna de Santiago, en representaci n° ó convencional

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