MP C/ NIKOLAS KARIM ACEITÓN LEYTON
Rol
O-744-2022
Fecha
13 de octubre de 2022
Materia
PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO, ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 15 de Marzo de 2022 a las 11:30 horas aproximadamente, los imputados Nikolas Aceitón Leyton y Sebastián Palma González, previamente concertados y movilizados en vehículo marca Kia color blanco PPU LXPP-83, concurren hasta el servicentro COPEC ubicado en ruta 5 Sur km 97.5 de Requinoa, instante en que descienden desde el vehículo para aproximarse hasta el vehículo PPU JVDR-62 marca Chevrolet modelo camaro de propiedad de la víctima R.E.G.R, quien se encontraba en el lugar para utilizar los servicios de dicho servicentro, instantes en que estos activan los inhibidores de señal al momento que este acciona el cierre centralizado del auto, para posteriormente una vez que este ingresa a dichos servicios, dirigirse hasta el vehículo e ingresar al mismo con la finalidad de sustraer especies. Al ser advertida dicha situación por los guardias de seguridad de dicho servicentro, los increpa para que estos inhiban su actuar y con esto ambos huyan del lugar por la ruta 5 Sur en dirección al sur. Posteriormente son fiscalizado por la Sección de Investigación Policial, quienes de conformidad al artículo 85 realizan un registro superficial del vehículo y se dan cuenta que estos portaban al interior bajo el tablero de instrumentos ocultas dos radios marca Baofeng de color negro con su teclado de color negro, al igual que in estuche porta credencial de material de cuero negro, con un placa metálica con la leyenda Defensa Civil Chile, de Código: FHMXXBTSXEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl mailto:nikolaskarim26@gmail.com mailto:paolofranc772@gmail.com “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 -
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a NIKOLAS KARIM ACEITÓN LEYTON, cédula de identidad N° 20381940-4 y a SEBASTIÁN ORLANDO PALMA GONZÁLEZ cédula de identidad N° 16151169-2, por los hechos del dia 15 de Marzo de 2022, sucedidos en la comuna de Requinoa, como autores del delito de robo en bienes nacionales de uso publico en grado de desarrollo frustrado, a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; como autores del delito de portar elementos conocidos para cometer delito de robo previsto y sancionado en el artículo 445 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Además, comiso de las especies incautadas. II.- La pena de privación de libertad se da por cumplida por el tiempo que estuvieron privados de libertad en esta causa, desde el día 16 de Marzo de 2022 con la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno. III.- Que, se oficia a Servicio de Registro Civil e Identificación, a fin de que se omitan los antecedentes para efectos laborales, de conformidad a lo establecido en el artículo 38 de la Ley 18.216. IV.- Que, no se condena en costas. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese este hecho por la Jefe de unidad y causas. Dese cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en el artícu
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju
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