FISCO DE CHILE/SEGOVIA
Rol
C-2409-2019
Fecha
3 de abril de 2020
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA INFERIOR ART. 749 C.P.C.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece doña Ruth Israel López, Abogado Procurador Fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, por el FISCO DE CHILE, ambos domiciliados en Agustinas Nº 1687, Santiago, quien viene en interponer demanda en juicio de hacienda por cobro de pesos en contra de CAROLINA ALEJANDRA SEGOVIA TORRES, ignora profesión y oficio, domiciliada en Pasaje Jorge Garay Pacheco N° 1293, Maipú y/o calle Carloś Reyes Corona N° 1306, Maipú y/o Pasaje Carlos Reyes Corona N° 1306,́ Maipú.́ Funda su pretensión en que la demandada se desempeñó como contadora auditora en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones desde el 22 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2017. Durante el periodo comprendido entre abril de 2016 y junio de 2017 registro licenciaś médicas reducidas y/o rechazadas por la Isapre Cruz Blanca, por un valor total de $5.856.562.- Añade que, con fecha 29 de noviembre de 2017, la demandada efectuó ́ una presentación ante la Contraloría General de la Republica, solicitándoles condonar u otorgar facilidades de pago respecto de la deuda que mantenía con la Subsecretaria de Transporte por concepto de licencias médicas rechazadas o reducidas por la Isapre Cruz Blanca, correspondiente al periodo abril de 2016 - junio de 2017; sin embargo, mediante Ref. No 217.824/17, de fecha 26 de abril de 2018, el órgano contralor rechazo dicha solicitud de condonación.́ Agregó que mediante Resolución Exenta No 1485 de fecha 30 de noviembre de 2017, emitida por el Ministerio de Transporte, se decidió nó prorrogar la contrata a Carolina Segovia y, en consecuencia, la demandada adeuda al Fisco de Chile la suma de $5.856.562.- por concepto de licencias médicas rechazadas y reducidas. En cuanto a los sustentos jurídicos de su pretensión, indica en lo relevante que el Decreto No 3 de 1984, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Autorización de Licencias Médicas por el COMPIN e Instituciones de Salud Previsional, dispone en su artículo 63 que
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el FISCO DE CHILE, interponer demanda en juicio de hacienda por cobro de pesos en contra de CAROLINA ALEJANDRA SEGOVIA TORRES, a fin que la demandada sea condenada a restituir la suma de $5.856.562.-, monto debidamente reajustado, más intereses, con costas, según los fundamentos expuestos en la parte primera de esta sentencia. SEGUNDO: Que, la demandada, debidamente emplazada, se mantuvo rebelde durante la secuela del juicio. TERCERO: Que, a efectos de acreditar los fundamentos de su pretensión, la demandante acompañó la siguiente prueba. En cuanto a la documental: A folio 1: 1.- Copia de Resolución de Licencia Médica No 2-49110075, que reduce dicha licencia a 10 días. 2.- Copia de Resolución de Licencia Médica No 2-51158653, que rechaza dicha licencia. 3.- Copia de Resolución de Licencia Médica No 2-51338593, que rechaza dicha licencia. 4.- Copia de Resolución de Licencia Médica No 2-51718106, que rechaza dicha licencia. 5.- Copia de Licencia Médica No 3 015848651-2. 6.- Copia de Licencia Médica No 3 016201061-1. 7.- Copia de Notificación respecto del reclamo efectuado a Isapre Cruz Blanca en relación a la Licencia Médica No 2-49110075, en virtud del cual se informa la ratificación de su resolución. 8.- Copia de Notificación respecto del reclamo efectuado a Isapre Cruz Blanca en relación a la Licencia Médica No 2-51158653, en virtud del cual se informa la ratificación de su resolución. 9.- Copia de Notificación respecto del reclamo efectuado a Isapre Cruz Blanca en relación a la Licencia Médica No 2-51338593, en virtud del cual se informa la ratificación de su resolución. 10.- Copia de Notificación respecto del reclamo efectuado a Isapre Cruz Blanca en relación a la Licencia Médica No 2-51718106, en virtud del cual se informa la ratificación de su resolución. 11.- Copia de Informe de Licencias Médicas emitido por Isapre Cruz Blanca, en virtud del cual consta el rechazo de las Licencias Médicas No 3 015848651-2 y No 3 016201061- 1. 12.- Copia de Ref. No 217.824/17, de fecha 26 de abril de 2018, la Contraloría General de la Republica rechazo la solicitud de condonacióń presentada por la demandada. 13.- Copia de Resolución Exenta No 1485, emitida por el Ministerio de Transporte. 14.- Copia de Liquidaciones de Remuneraciones de Carolina Segovia Torres, correspondientes a los meses de abril a septiembre de 2016 y de mayo a julio de 2017. A folio 14: 1.- Copia de Resolución No 62 de fecha 22 de enero de 2010 que contrata a Carolina Segovia. 2.- Copia de Resolución No 895 de fecha 29 de noviembre de 2010 que prorroga contrata a Carolina Segovia. 3.- Copia de Resolución No 952 de fecha 10 de diciembre de 2010 que reconoce el derecho a percibir asignación profesional a Carolina Segovia. 4.- Copia de Resolución No 53 de fecha 08 de febrero de 2011 que contrata a Carolina Segovia como profesional. 5. Copia de Resolución No 766 de fecha 30 de noviembre de 2011 que prorroga contrata a Carolina Segovia. 6.- C
Fallo
Por tanto, tal atribución no se podría ejercer directamente, atendido que se dispuso no prorrogar la contrata de Carolina Segovia Torres. La obligación de restituir lo que se ha recibido indebidamente encuentra su fuente directa en uno de los principales cuasicontratos, “el pago de lo no debido”, que es un caso calificado de enriquecimiento sin causa y se encuentra regulado en los artículos 2295 y siguientes del Código Civil. En la situación planteada, la acción se traduce en la obligación que asiste a doña Carolina Segovia Torres, de restituir la suma de dinero que indebidamente le entrego la Subsecretaría de Transporte, por concepto dé remuneraciones que en parte, resultaban improcedentes, de acuerdo a lo expuesto previamente en el libelo, por haber sido rechazadas o reducidas una serie de licencias médicas por la Isapre Cruz Blanca; equivalentes a la suma de $5.856.562.-, más reajustes e intereses devengados. En mérito de lo expuesto, pide tener por interpuesta demanda de cobro de pesos, en contra de Carolina Alejandra Segovia Torres, ya individualizada, acogerla a tramitación y en definitiva, condenar a la demandada a restituir la suma de $5.856.562.-, monto debidamente reajustado, más intereses, con costas. A folio 7, consta notificación personal de la demandada. A folio 10, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada y se recibió la causa a prueba. A folio 20, la demandante formula observaciones a la prueba. A folio 25, se citó a las partes a o
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NOMENCLATURA ऀ: 1. [40] Sentencia JUZGADO ऀऀ: 22º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL ऀऀ: C-2409-2019 CARATULADO ऀऀ: FISCO DE CHILE/SEGOVIA Santiago, tres de abril de dos mil veinte. VISTO: A folio 1, comparece doña Ruth Israel López, Abogado Procurador Fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, por el FISCO DE CHILE, ambos domiciliados en Agustinas Nº 1687, Santiago, quien viene en i
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