Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

FISCALIA IQQ C/ WILLIAM JESUS RONDON HERRERA

Rol

O-458-2022

Fecha

14 de octubre de 2022

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que son del siguiente tenor: “El día 28 de agosto del año 2021, aproximadamente a las 21:20 horas, en la intersección de calle Amunategui con calle Sargento Aldea de la ciudad de Iquique, los acusados HECTOR DANIEL BELTRAN PEREZ y WILLIAM JESUS RONDON HERRERA con la intención de sustraer especies se acercaron a la víctima Patricia Natalia García Contreras quien se encontraba en compañía de su amigo intentando llamar un taxi, preciso instante que el acusado Héctor Beltrán, rápida y sorpresivamente intentó sustraer el teléfono que la víctima ocupaba, no logrando su cometido se dirigió rápidamente al amigo de la víctima, quien en ese momento sostenía su cartera, intentando de igual manera sustraer dicha especie, la que cae al suelo para luego recogerla el imputado William Rondón. Finalmente, el acusado Beltrán huyó rápidamente del lugar por calle Amunategui en dirección al norte y el imputado Rondón huyó con las especies sustraídas en dirección al vehículo Mazda PPU LSRG-16 que lo Código: SHJSXBSNDFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl esperaba para luego retirarse del lugar, avanzando el vehículo hasta calle Sotomayor con Genaro Gallo, lugar donde el acusado RONDON desciende de este continuando su trayecto a pie, huyendo nuevamente del lugar, mismo instante que se apersonó Carabineros deteniendo en el lugar a los acusados SERGIO ANTONIO MARAMBIO NARANJO, ALEJANDRO DANIEL VENEGAS RIQUELME y JOSE RAFAEL URIBE GANT quienes se encontraban a bordo del vehículo con la especie sustraída. Posteriormente funcionarios policiales de la central de cámaras, manifestó que los acusados HECTOR DANIEL BELTRAN PEREZ y WILLIAM JESUS RONDON HERRERA se encontraban nuevamente en las inmediaciones del Mercado Central, siendo detenidos por funcionarios policiales. Una vez detenidos el acusado JOSE RAFAEL URIBE GANT en primera instancia se identificó como ERICK HARDYS HERNANDEZ FIORE señalando como documento de identifi

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Partes y Tribunal. El día cuatro de octubre del presente año, se constituyó la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad integrado por los jueces Jara, Pozo y Alvarado, con el objeto de realizar juicio oral en virtud de la acusación interpuesta por el Ministerio Público - representado en audiencia por el fiscal, abogado Pablo Medina Álvarez y en contra de WILLIAM JESÚS RONDON HERRERA, venezolano, cédula de identidad para extranjeros - , nacido en Caracas, Venezuela, el 0 de enero de años, soltero, labores de mantenimiento, 3ºbásico, domiciliado para estos efectos en Calle Sotomayor N° 5 oficina Nº 5 0 comuna de Iquique asistido en la audiencia por la defensora penal pública, abogada Nicole Acuña Carvajal; todos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación y Defensa. I. Acusación. Conforme lo señaló el Fiscal en sus alegatos, con la prueba de cargo acreditará el delito de robo por sorpresa por el que se acusó; contó con la declaración de los funcionarios de carabineros Hugo René Ibáñez González y Héctor Eduardo Araya Varas, además de la exhibición de registros de cámaras ilustrativos de sus dichos, todo referido a los hechos que son del siguiente tenor: “El día 28 de agosto del año 2021, aproximadamente a las 21:20 horas, en la intersección de calle Amunategui con calle Sargento Aldea de la ciudad de Iquique, los acusados HECTOR DANIEL BELTRAN PEREZ y WILLIAM JESUS RONDON HERRERA con la intención de sustraer especies se acercaron a la víctima Patricia Natalia García Contreras quien se encontraba en compañía de su amigo intentando llamar un taxi, preciso instante que el acusado Héctor Beltrán, rápida y sorpresivamente intentó sustraer el teléfono que la víctima ocupaba, no logrando su cometido se dirigió rápidamente al amigo de la víctima, quien en ese momento sostenía su cartera, intentando de igual manera sustraer dicha especie, la que cae al suelo para luego recogerla el imputado William Rondón. Finalmente, el acusado Beltrán huyó rápidamente del lugar por calle Amunategui en dirección al norte y el imputado Rondón huyó con las especies sustraídas en dirección al vehículo Mazda PPU LSRG-16 que lo Código: SHJSXBSNDFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl esperaba para luego retirarse del lugar, avanzando el vehículo hasta calle Sotomayor con Genaro Gallo, lugar donde el acusado RONDON desciende de este continuando su trayecto a pie, huyendo nuevamente del lugar, mismo instante que se apersonó Carabineros deteniendo en el lugar a los acusados SERGIO ANTONIO MARAMBIO NARANJO, ALEJANDRO DANIEL VENEGAS RIQUELME y JOSE RAFAEL URIBE GANT quienes se encontraban a bordo del vehículo con la especie sustraída. Posteriormente funcionarios policiales de la central de cámaras, manifestó que los acusados HECTOR DANIEL BELTRAN PEREZ y WILLIAM JESUS RONDON HERRERA se encontraban nuevamente en las inmediaciones del M

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 3 5 7 Nº6, Nº9, 5 50 7 7 0 3 3 inciso º y del Código Penal; artículos 5 7 30 5 5 7 3 3 3 5 3 33 3 0 y siguientes y 3 del Código Procesal Penal; y demás normas pertinentes, SE RESUELVE: I. CONDENAR a WILLIAM JESÚS RONDON HERRERA, cédula de identidad para extranjeros - ya individualizado, como autor del delito consumado de robo por sorpresa, ocurrido el día de agosto del año 0 en esta ciudad, a la pena de quinientos cuarenta y un ( ) días de presido menor en su grado medio, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que por no reunirse los requisitos para optar a una pena sustitutiva la pena corporal impuesta deberá cumplirse de manera efectiva, debiendo considerarse como abono, todo el tiempo que ha permanecido privado de libertad por esta causa, a saber, sólo un ( ) día, el de su detención el de agosto de 0 por cuanto luego se le impuso la cautelar de arraigo nacional vigente hasta el presente, según se desprende del auto de apertura, salvo lo que pueda determinar el juez de cumplimiento con mayores antecedentes. III. Sin costas, según se dijo en el motivo último de esta sentencia. Código: SHJSXBSNDFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ejecutoriada esta sentencia y de conformidad a lo dispuesto en los artículos del Código Procesal Penal y 3 del Código Orgánico de Tribunales remíta

Texto Completo (Preview)

c/ WILLIAM JESÚS RONDON HERRERA Delito: Robo por sorpresa. RIT : - RUC : - Iquique, catorce de octubre de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Partes y Tribunal. El día cuatro de octubre del presente año, se constituyó la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad integrado por los jueces Jara, Pozo y Alvarado, con el objeto de realizar j

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