EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A./PAIVA
Rol
C-1589-2019
Fecha
6 de abril de 2020
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 15 de enero del 2019 comparece don RICARDO ABDALA HIRANE, en representaci n de EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A., sociedadó del giro de transporte de pasajeros, representada por don R BEN ALVARADO VIGAR,Ú ingeniero civil qu mico, todos domiciliados en calle Santa Luc a N 330, piso 2, comuna deí í ° Santiago, en juicio ordinario de menor cuant a de restituci n del pago de lo no debido y deduceí ó demanda en contra de don GIOVANNY ALEJANDRO PAIVA ZELAYA, nivelador, domiciliado en calle Samaniego N 5319, comuna de Maip , a fin de que sea condenado a° ú restituirle la suma de dinero que se ala en el libelo.ñ Con fecha 15 de junio del 2019 rola actuaci n del ministro de fe por la que se da cuentaó de haberse notificado a los demandados en la forma establecida en el art culo 44 del C digo deí ó Procedimiento Civil. Con fecha 19 de agosto del 2019 se tuvo por contestada la demanda en rebeld a delí demandado y se cit a las partes a conciliaci n.ó ó Con fecha 03 de septiembre del 2019 se llam a las partes a conciliaci n, la que no seó ó produjo. Con fecha 09 de octubre del 2019 se recibi la causa a prueba, rindi ndose la que constaó é en autos. Con fecha 27 de febrero del 2020 se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 15 de enero del 2019 comparece don RICARDO ABDALA HIRANE, en representaci n de EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METROó S.A., representada por don R BEN ALVARADO VIGAR, en juicio ordinario de menorÚ cuant a de restituci n del pago de lo no debido y deduce demanda en contra de doní ó GIOVANNY ALEJANDRO PAIVA ZELAYA, nivelador, a fin de que sea condenado a restituirle la suma de $3.346.261.- por haberla pagado no debi ndolaé Funda su presentaci n en que su representada, Empresa De Transporte De Pasajerosó Metro S.A., en adelante Metro S.A., suscribi con fecha 6 de marzo de 2013 un contrato deó ejecuci n de Obras N PL 6-0602-02-12, Construcci n de Obras Civiles Piques, Galer as yó ° ó í T neles Tramos unos y dos de la L nea 6, con la sociedad Empresa Constructora Metro 6ú í Limitada. C-1589-2019 Foja: 1 Explica que para la ejecuci n de dicho contrato se emple personal propio de sociedadó ó Empresa Constructora Metro 6 Limitada para desempe arse por su cuenta y riesgo enñ modalidad de r gimen de subcontrataci n en favor de Metro S.A, de conformidad a las normasé ó de los art culos 183-A y siguientes del C digo del Trabajo.í ó Indica que en atenci n a que a la fecha de t rmino de vigencia de dicho contrato no seó é le habr a pagado a don Giovanny Alejandro Paiva Zelaya las obligaciones pactadas en elí contrato de trabajo conforme manifest ste a Metro S.A., adeud ndole la Empresa Constructoraó é á Metro 6 Limitada la suma de $3.346.261.- su representada junto con don Giovanny Alejandro Paiva Zelaya suscribieron con fecha 28 de noviembre de 2014, por medio de escritura p blicaú otorgada en la Notar a de Santiago de don Hern n Cuadra Gazmuri, una transacci ní á ó acord ndose el pago por parte de Metro S.A de dicha suma, a don Giovanny Alejandro Paivaá Zelaya, como responsable solidario/subsidiario, como empresa principal. Afirma que de esta forma ha operado la subrogaci n legal de conformidad con lo queó disponen los art culos 1608 y siguientes del C digo Civil. í ó Sin embargo, asegura que la Empresa Constructora Metro 6 Limitada s le pag a doní ó Giovanny Alejandro Paiva Zelaya la suma de $2.748.172.- con fecha 02 de diciembre de 2014 conforme da cuenta el finiquito suscrito entre dicha empresa y el demandado, percibiendo steé dos veces sumas de dinero por la misma causa. Concluye se alando que queda en claro que al demandado se le ha realizado un pago deñ lo no debido, raz n por la cual interpone la presente acci n de restituci n de pago de lo noó ó ó debido, a fin de que, conoci ndose de la misma y luego de los tr mites de rigor, se acoja y seé á declare que el pago recibido y realizado al demandado de $3.346.261.- es indebido y consecuencialmente se le condene a restituirlo, con las costas de la causa, en caso de oposici n.ó En cuanto al derecho, expresa que habiendo pagado su representada una deuda a la que se encontraba obligado solidaria o subsidiariamente, ha operado la subrogaci n legal. Indica eló art c
Fallo
Por estas consideraciones y vistos adem s lo dispuesto en los art culos 1437, 1489, 1545,á í 1698, 1915, 1942, 1977, 2295 y siguientes del C digo Civil; 144, 160, 170, 173, 254, 346 N 3,ó ° 680 y 683 del C digo de Procedimiento Civil,ó SE DECLARA: I. Que se acoge la demanda de fecha 15 de enero del 2019, conden ndose al demandadoá a pagar a la demandante la suma de $3.346.261.- C-1589-2019 Foja: 1 II. Que dicha suma deber pagarse reajustada de acuerdo a lo razonado en elá considerando d cimo primero.é III. Que se condena en costas al demandado. Reg strese. í PRONUNCIADA POR DO A JACQUELINE IVETTE BENQUIS MONARES,Ñ JUEZ TITULAR DE ESTE D CIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. É Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, seis de Abril de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-04-06T08:48:18-0400
Texto Completo (Preview)
C-1589-2019 Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1589-2019 CARATULADO : EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A./paiva Santiago, seis de Abril de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 15 de enero del 2019 comparece don RICARDO ABDALA HIRANE, en representaci n de EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A., sociedadó del giro
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