CORNEJO/ZOLEZZI
Rol
C-8241-2017
Fecha
3 de abril de 2020
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PREPARATORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don V ctor Manuel Cornejo Moreno, ingeniero comercial,í en representaci n legal de ó COMERCIAL E INDUSTRIAL KELLER LIMITADA, sociedad del giro de su denominaci n, ambos domiciliados enó Pintor Cicarelli 585, comuna de San Joaqu n, y deduce demanda en juicioí ordinario de cumplimiento forzado de contrato con indemnizaci n deó perjuicios en contra de UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE, sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente por donó Juan Manuel Zolezzi Cid, ingeniero civil, ambos domiciliados en Avda. Libertador Bernardo O Higgins N 3363, comuna de Estaci n Central.´ ° ó Funda su demanda en que la Universidad de Santiago de Chile, en el a o 2013 convoc a un proceso de licitaci n p blico ID 5067-477-LP13,ñ ó ó ú destinado a contratar las obras de Reparaci n Reforzamiento Edificio 726-“ ó U. de Santiago , a trav s del portal de ” é www.mercadopublico.cl, respecto del cual particip la demandante como empresa contratista. El 31 de enero deó 2014, se adjudic la licitaci n cuyas bases fueron aprobadas medianteó ó resoluci n N 9744 de fecha 22 de noviembre de 2013. El contrato enó ° cuesti n se celebrar a el 31 de enero de 2014, sin embargo, dicho contratoó í sin ser firmado es modificado con posterioridad. Mediante la suscripci n deó dicho contrato la empresa se obligaba a ejecutar la obra, sujet ndoseá estrictamente a las bases administrativas y t cnicas de la licitaci n p blica,é ó ú en las consultas y respuestas que en ella se formularon y en la propuesta presentada por la empresa contratista. El contrato se realizar a bajo laí modalidad de suma alzada sin reajustes, es decir, la Universidad pagar a“ ” í la suma estipulada en la cl usula tercera, que no estar a sujeta a variaci ná í ó alguna. http://www.mercadopublico.cl/ C-8241-2017 Foja: 1 Respecto al precio se estableci que la demandada pagar a a su parte laó í suma de $498.535.070.- IVA incluido, cantidad que se pagar a de laí siguiente forma: a) Anticipo de $99.707.014.- equi
Fundamentos
considerando 71 d as de atraso a un 0,25% de monto contratado). En base a ello se leí inform , que se otorgar a un plazo perentorio para finalizar las obras el 30ó í de septiembre de 2014, fecha hasta la cual no cobrar an multas por atraso,í en el entendido que la constructora asumir a los costos involucrados en elí izaje de los ejes B, C, D. En lo referente a las obras extraordinarias, expone que su representada ejecut algunas obras menores que nada ten an que ver con el proyecto, yó í que se les solicit se efectuaran en forma urgente como cooperaci n paraó ó resolver problemas que no eran de su competencia, sin ning n costo para laú instituci n. Dichas obras sumaron un total de $6.496.7476.-, y fueronó solicitados por la demandada y realizados los primeros d as de marzo deí C-8241-2017 Foja: 1 2014, ajenos totalmente a la obra contratada, pero regulados en la modificaci n del contrato por concepto de obras extraordinarias,ó correspondiendo el pago por su realizaci n.ó En cuanto a la modificaci n del contrato, se ala que con fecha 02 de junioó ñ de 2015, se autoriz y regulariz la modificaci n en la contrataci n de laó ó ó ó obra, estableci ndose que en las Bases Administrativas de la licitaci n queé ó dio origen al contrato, se indic que la Universidad estaba facultada paraó aumentar o disminuir de las partidas a ejecutar, hasta en un 30% del valor total del contrato. Asimismo, se estableci la facultad de realizar obrasó extraordinarias, en la medida que no representaran m s de un 30% de valorá total del contrato, se al ndose en forma independiente a los aumentos oñ á disminuciones. Luego, en el informe t cnico de fecha 3 de diciembre deé 2014 se ordenaron las obras extraordinarias por un valor de $6.496.476.- Por lo anterior el monto qued en la suma de $505.031.546.- Se estableció ó en el texto de la modificaci n que por razones administrativas no seó gestionar a la redacci n del contrato modificatorio oportunamente. Siní ó embargo, se dej constancia que se levant un Acta de Recepci n provisoriaó ó ó de la Obra en comento Sin observaciones de fecha 10 de octubre de“ ” 2014. En dicha modificaci n se reconocieron expresamente las obrasó extraordinarias realizadas, pero stas no fueron pagadas. Respecto a losé estados de pago, se ala que el precio se estableci en la suma deñ ó $498.535.070.- IVA incluido que se pagar a de la siguiente forma: a)í Anticipo de $99.707.014.- equivalente al 20% del monto total de la obra, pagadero dentro de los 30 d as siguientes a la recepci n de laí ó correspondiente factura, previa entrega de la garant a establecida y seí descontar a en cada estado de pago en la misma proporci n hasta su totalí ó cancelaci n; b) Estados de pago en proporci n al avance f sico de las obrasó ó í cada 30 d as, los cuales deb an ser revisados y aprobados por ITO dentroí í de los cinco d as siguientes a la recepci n de cada uno. La documentaci ní ó ó para tramitar los estados de pago incluido la factura deb a ser ingresada ení la Unidad d
Fallo
por tanto, los oferentes al momento de postular y efectuar sus propuestas no pudieron advertir, la serie de defectos que adolec a el proyecto. í Respecto a la constante imputaci n de hechos constitutivos de delito enó contra del representante legal de su representada, indica que stos se basané en antecedentes aportados por el Ministerio P blico, en una investigaci nú ó dirigida en contra de un tercero, y que en ning n caso resultan ser hechosú acreditados, ni reconocidos por el representante legal de su representada. Luego, acusa la falta de experiencia de su representada, sin embargo, omite se alar que conforme lo establecido en las bases administrativas, en loñ relativo a la evaluaci n de las ofertas, las propuestas son evaluadas por laó Comisi n Evaluadora, indic ndose que sta propondr a la adjudicaci n oó á é í ó rechazo de ellas mediante un informe de Evaluaci n que indicar a lasó í razones t cnicas, financieras y jur dicas del rechazo o adjudicaci n de laé í ó propuesta de cada una de las ofertas analizadas. La decisi n final deó adjudicar la obra a alguno de los contratistas, pas exclusivamente por laó demandada, conforme a criterios objetivos establecidos en las Bases Administrativas. En relaci n a las obras extraordinarias, desconoce la demandada laó aceptaci n formal de las mismas, pero nada dice de su realizaci n. Lasó ó obras extraordinarias fueron ejecutadas, conforme a lo establecido por el ITO, siendo adem s algunas de ellas reguladas y reconocidas expresamen
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C-8241-2017 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8241-2017 CARATULADO : CORNEJO/ZOLEZZI Santiago, tres de Abril de dos mil veinte VISTOS: Comparece don V ctor Manuel Cornejo Moreno, ingeniero comercial,í en representaci n legal de ó COMERCIAL E INDUSTRIAL KELLER LIMITADA, sociedad del giro de su denominaci n, ambos domiciliados enó Pintor Ci
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