2º Juzgado de Letras de Linares

VERGARA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-2359-2019

Fecha

3 de abril de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- A folio 1, comparece do añ CAROLINA VERGARA ARRIAGADA, C dula de Identidad n mero 12.164.486-K, due a de casa, casada con doné ú ñ Carlos Miguel Rivera Alvial, domiciliada para estos efectos en Qui ipeumo N 845ñ º de la comuna de Linares; quien interpone demanda civil de prescripci n extintivaó en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, persona jur dica de derecho p blico, representada por don í ú MARIO ALEJANDRO MEZA VASQUEZ, edil municipal, con domicilio en calle Kurt M ller N 391ö ° de Linares. Refiere que consta en certificado de estado de deuda que acompa a,ñ que el inmueble que habita, de propiedad de su c nyuge, ubicado en Calle Qui ipeumoó ñ N 845, Rol de Aval o N 906-012, de la comuna de Linares; tiene una deuda porº ú ° concepto de pago de derecho de aseo domiciliario con el Municipio de Linares, desde el mes de abril de 2001, hasta el mes de noviembre de 2019, ambos inclusive, alcanzando a acumular al per odo, la suma de $715.298 (setecientosí quince mil doscientos noventa y ocho pesos). Menciona adem s que se adeudaná C-2359-2019 Foja: 1 estos pagos desde hace varios a os y en consecuencia, tesorer a municipal estimañ í que deben pagarse todos estos derechos insolutos, lo que en su actual condici n leó resulta imposible realizar, dado el alto costo de los mismos y la circunstancia de que la mora en el pago de dichos derechos se ha generado por una situaci n queó ha escapado a su posibilidad de cumplir con dichos aranceles, toda vez que no cuenta con una situaci n econ mica adecuada que le permita destinar tan altaó ó suma de dinero al pago de estos servicios, lo que en definitiva le imposibilita cumplir con el pago de la deuda antes mencionada. Se ala que, tiene su fundamento en el art culo 2521 del C digo Civil, queñ í ó dispone que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del fisco o“ ñ municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos . Y en el caso sublite,” todas las acciones derivadas de deudas por derecho

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, con fecha 13 de diciembre de 2019, comparece do a Carolina Vergara Arriagada , presentando demanda de prescripci n deñ ó derechos de aseo domiciliario en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada por su alcalde, don Mario Meza V squez, solicitando se declare laá prescripci n de la obligaci n y de las acciones ordinarias y ejecutivas para suó ó cobro, relativas a los derechos de aseo del inmueble ubicado en Calle Qui ipeumoñ N 845, Rol de Aval o N 906-012, de la comuna de Linares;º ú ° desde el mes de abril de 2001 hasta el mes noviembre de 2016. Lo anterior, en virtud de las razones de hecho y de derecho que se consignaron en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO : A folio 7, con fecha 14 de febrero del 2020, la parte demandada expone que los hechos expuestos en la demanda son efectivos y se allana a la solicitud de la demandante. TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientesñó documentos: 1. Certificado de Deuda, emitido por el Departamento de Rentas Municipales, de la Ilustre Municipalidad de Linares, en el cual consta la deuda de $715.298.- 2. Certificado de Aval o Fiscal de la propiedad materia de autos.ú 3. Copia escritura compraventa de la propiedad materia de autos. 4. Certificado de matrimonio celebrado entre la compareciente y el propietario del inmueble materia de autos. CUARTO: Que, la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas,ó o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o noí haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digoá ó Civil, en los art culos 2492 y siguientes.í C-2359-2019 Foja: 1 QUINTO: Que, la prescripci n liberatoria es una instituci n que tieneó ó como principal objeto el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas queí ligan a los sujetos de derecho, instando en definitiva a que los part cipes de dichasí relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando de aquella manera incertidumbre y falta de consolidaci n en sus situaciones jur dicas. ó í De esta manera, la prescripci n extintiva, se constituye en un castigo paraó el actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. SEXTO: Que, ante la no controversia de los hechos por parte de la demandada, lo expuesto por la actora en el libelo de demanda y el certificado de deuda antes descrito, es posible colegir que la demandante presenta una deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario, correspondiente a los periodos desde el desde el primer semestre del a o 2001 -mes de abril-, hasta el segundoñ semestre del a o 2019 -mes de noviembre-, ambos inclusive.ñ SEPTIMO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades de la obligaci n que invoca la demandante respecto de los derechosó de aseo domiciliario, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento (meses de

Fallo

Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 13 de diciembre de 2019 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Vergara con I. Municipalidad Linares“ ” Procedimiento Ordinario Demandante Carolina Vergara Arriagada C.I. 12.164.486-K Abogado Paulina Del Campo Almuna C.I. 12.791.363-3 Demandado Ilustre Municipalidad de Linares Rut 69.130.300-4 Abogado Carolina Y ez G lvezáñ á C.I. 14.288.739 -8 Juez Paula Luengo Montecino Cit. O rí Sentencia 20 de febrero del 2020 Linares, tres de abril de dos mil veinte. VISTO: 1.- A folio 1, comparece do añ CAROLINA VERGARA ARRIAGADA, C dula de Identidad n mero 12.164.486-K, due a de casa, casada con doné ú ñ Carlos Miguel Rivera Alvial, domiciliada para estos efectos en Qui ipeumo N 845ñ º de la comuna de Linares; quien interpone demanda civil de prescripci n extintivaó en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, persona jur dica de derecho p blico, representada por don í ú MARIO ALEJANDRO MEZA VASQUEZ, edil municipal, con domicilio en calle Kurt M ller N 391ö ° de Linares. Refiere que consta en certificado de estado de deuda que acompa a,ñ que el inmueble que habita, de propiedad de su c nyuge, ubicado en Calle Qui ipeumoó ñ N 845, Rol de Aval o N 906-012, de la comuna de Linares; tiene una deuda porº ú ° concepto de pago de derecho de aseo domiciliario con el Municipio de Linares, desde el mes de abril de 2001, hasta el mes de noviembre de 2019, ambos inclusive, alcanzando a acumular al per odo, la suma de $715.298 (setecientosí quin

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C-2359-2019 Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-2359-2019 CARATULADO : VERGARA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES Causa C-2359-2019 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 13 de diciembre de 2019 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Vergara con I. Municipalidad Linares“ ” Procedimiento Ordinario Demandante C

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