1º Juzgado Civil de Rancagua

BANCO ITAU CORPBANCA/CERDA

Rol

C-3659-2019

Fecha

3 de abril de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a fojas 1 comparece don JAIME ESPINOZA BA ADOSÑ , abogado, patente al d a de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, domiciliado en calle Buerasí n mero 359, Oficina n mero 905, de la comuna de Rancagua, en representaci nú ú ó convencional, seg n mandato judicial, seg n se acreditar de Banco ú ú á ITAU CORPBANCA, Sociedad An nima Bancaria, cuyo Gerente General es don Manueló Antonio Olivares Rosetti, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en Bueras 359, Oficina 905, Piso 9, Edificio G nesis, de la comuna y ciudad de Rancagua,é y se ala que deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar , en contra del deudorñ é principal don HECTOR HERNAN CERDA LIZANA, ignoro profesi n u oficio,ó domiciliado en calle Guacolda n mero 96, de la comuna de Requ noa y respecto delú í pagar cr dito consumo en Moneda Nacional, No Reajustable, Tasa Fija,é é correspondiente a la operaci n n mero 466-0361-0195802-7, suscrito por el demandadoó ú con fecha 28 de julio del a o 2016, y en el cual declara deber y pagar a la orden deñ Banco Condell de Ita Corpbanca la cantidad por capital inicial ascendente a la sumaú de $ 5.255.669.- el que devengar a un inter s del 1,97% mensual. í é Que el deudor y demandado de autos, se oblig a pagar a mi representado, laó obligaci n de que se da cuenta en el pagar que sirva de base a la demanda, en capital yó é con los intereses conjuntamente en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, por la suma de $173.805.- cada una de ellas, salvo la ltima, que ser por la suma de $ 173.784.- queú á comprender n amortizaci n de capital e intereses, con vencimiento los d as 20 de cadaá ó í mes, correspondiendo el pago de la primera cuota el d a 20 de septiembre del 2016 y laí ltima, el 20 de agosto del 2020. ú La tasa mensual de inter s se refiere a un mes de 30 d as. Los intereses seé í calcular n sobre el total del capital que est adeudado y por los d as efectivamenteá á í ocurridos. Los intereses que devengue el presente pagar podr n ser capit

Fallo

se declara admisible la excepci n opuesta y se le recibe a prueba.ó A fojas 21, se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, el ejecutado en folio 10 opone una excepci n a la ejecuci n,ó ó solicitando que sea declarada admisible, recibirla a prueba, y acogerla en definitiva, rechaz ndose la demanda ejecutiva, con costas, consistente en la á excepci n prevista enó el art. 464 N 7° del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,í ó esto es, La falta“ de alguno de los requisitos o condiciones establecidas por las leyes para que dicho t tuloí tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado , fundado enó ” que el pagar que sirve de t tulo a la presente ejecuci n carece de m rito ejecutivo, ené í ó é conformidad con lo dispuesto en el art culo 425 del C digo Org nico de Tribunales,í ó á por no haber sido la firma del deudor autorizada ante notario . SEGUNDO: Que, en folio 13 la parte ejecutante evacua el traslado de la excepci n opuesta, solicitando su rechazo, con costas.ó TERCERO: Que en cuanto a la excepci n opuesta ó consta en el documento fundante de la ejecuci n, el que se tiene a la vista (Custodia N 2737-209) y cuya copiaó ° rola agregada en folio 1, consta la leyenda Autorizo la(s) firmas puesta(s) en este“ documento por don H ctor Hern n Cerda Lizama, C.I. 12.066.527-8 informaci né á ó Rancagua , 28 de julio de 2016 operaci n N 466-0361-0195802-7 ,ó ° ” ello con firma y timbre de Guillermo P rez D az, Notario P blico Tit

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ROL C 3659-2019 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : C-3659-2019 CARATULADO : BANCO ITAU CORPBANCA/CERDA Rancagua, tres de Abril de dos mil veinte VISTOS: Que, a fojas 1 comparece don JAIME ESPINOZA BA ADOSÑ , abogado, patente al d a de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, domiciliado en calle Buerasí n mero 359, Oficina n mero 905, de la comuna de Ra

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