2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ARAUS/INTERGRAMAS SPA

Rol

M-1113-2021

Fecha

16 de septiembre de 2021

Materia

Costas, Fuero maternal, Reajustes e intereses, Reincorporación, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que con los antecedentes acompañados por la actora se estima suficientemente fundadas sus pretensiones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código del Trabajo, se resuelve: Que se acoge la demanda interpuesta por doña LUZ ALEJANDRA ARAUS LLANO, cédula nacional de identidad Nº 19.999.761-0, con domicilio en calle Las Lajas Poste 21, comuna de Los Lagos, en contra de INTERGRAMAS SPA, Rut N° 76.672.121-4, representada por don CAMILO ANDRÈS GONZÀLEZ AGUILAR, cédula nacional de identidad Nº 17.106.673-5, ambos con domicilio en Avenida Nueva Tajamar Nº 481, Torre Sur, oficina N° 1403, comuna de Las Condes, declarándose en consecuencia: I. Que el despido de que fue objeto la actora es ilegal por encontrarse sujeta a fuero maternal, por lo que se ordena a la demandada reincorporar a la trabajadora a sus labores habituales por funcionario habilitado del Tribunal, dentro de quinto día hábil, a contar que la presente resolución se encuentre firme y ejecutoriada, debiendo para ello solicitarse la práctica de la diligencia. Asimismo, la demandada deberá pagar a la demandante las remuneraciones, cotizaciones de seguridad social y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo, desde el día de la separación ilegal, esto es, a contar del día 05 de marzo de 2020 y hasta que se reincorpore efectivamente la trabajadora a sus funciones, en base a una remuneración mensual de $320.500.- II. Que la demandada deberá pagar a la demandante remuneraciones por 20 días trabajados en febrero y 5 días de marzo de 2020, por un total de $266.667.- III. Que la demandada debe pagar remuneraciones por días comprendidos en licencia médica, período comprendido entre el 27 de marzo al 06 de abril de 2021, por un total de $112.096.- IV. Para el caso en que la demandada se negare a la reincorporación decretada, se le condena al pago de las siguientes prestaciones: a) Remuneraciones y demás prestaciones desde la fecha de separación ilegal, esto es desde el 5 de marzo de

Fallo

se resuelve: Que se acoge la demanda interpuesta por doña LUZ ALEJANDRA ARAUS LLANO, cédula nacional de identidad Nº 19.999.761-0, con domicilio en calle Las Lajas Poste 21, comuna de Los Lagos, en contra de INTERGRAMAS SPA, Rut N° 76.672.121-4, representada por don CAMILO ANDRÈS GONZÀLEZ AGUILAR, cédula nacional de identidad Nº 17.106.673-5, ambos con domicilio en Avenida Nueva Tajamar Nº 481, Torre Sur, oficina N° 1403, comuna de Las Condes, declarándose en consecuencia: I. Que el despido de que fue objeto la actora es ilegal por encontrarse sujeta a fuero maternal, por lo que se ordena a la demandada reincorporar a la trabajadora a sus labores habituales por funcionario habilitado del Tribunal, dentro de quinto día hábil, a contar que la presente resolución se encuentre firme y ejecutoriada, debiendo para ello solicitarse la práctica de la diligencia. Asimismo, la demandada deberá pagar a la demandante las remuneraciones, cotizaciones de seguridad social y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo, desde el día de la separación ilegal, esto es, a contar del día 05 de marzo de 2020 y hasta que se reincorpore efectivamente la trabajadora a sus funciones, en base a una remuneración mensual de $320.500.- II. Que la demandada deberá pagar a la demandante remuneraciones por 20 días trabajados en febrero y 5 días de marzo de 2020, por un total de $266.667.- III. Que la demandada debe pagar remuneraciones por días comprendidos en licencia médica, período comprendido

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 15/09/2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 2 RUC 21-4-0334608-7 RIT M-1113-2021 MAGISTRADO MARIA TERESA QUIROZ ALVARADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS FREDDY LAZO BANDA ( ) HORA DE INICIO 10:30 HORAS HORA DE TERMINO 10:43 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0334608-7-1349-210915-00 CUSTODIA DE DOCUMENTO

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