DOMINION SPA./RETAMAL
Rol
I-3-2021
Fecha
15 de septiembre de 2021
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
visto y lo dispuesto por el artículo 464 y siguientes, no ha lugar a la reposición. El tribunal resuelve, habiéndose rendido la totalidad de la prueba, se llama a las partes a realizar las observaciones a la prueba. Observaciones a la prueba por la parte reclamante. Observaciones a la prueba por la parte reclamada. Se dicta sentencia. Quillota catorce de septiembre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este tribunal compareció Claudia Mora Mora como representante de Dominion SPA., domiciliados en Américo Vespucio 184, La Cisterna, Región Metropolitana, quien formuló Reclamo en contra de la Inspección Provincial del Trabajo Quillota, representada por Carlos Retamal Martínez, domiciliado en Maipú 195, 2º Piso, Quillota, respecto de la resolución de multa número 3074/20/53, notificada con fecha 10 de noviembre de 2020 y precisamente respecto del segundo hecho señalado como infraccional y la sanción aplicada al respecto por No enviar a la Inspección del Trabajo dentro de los 3 días hábiles siguientes a la separación de la trabajadora doña Fabiola Gabriela Silva Oyarzun, copia del aviso de término de su contrato por la causal establecida en el N° 3 del art. 160 del Código del Trabajo (carta enviada fuera de plazo). Solicitando por las razones que se indica en el petitorio del reclamo, declarar que se acoge la solicitud dejando sin efecto la resolución de multa indicada, con costas y subsidiariamente se rebaje el monto de la misma a su mínima extensión, o al monto que el tribunal determine, con costas SEGUNDO: Que la parte reclamada la Inspección Provincial Del Trabajo de Quillota contestó el reclamo formulado en su contra, solicitando su rechazo con costas, por las razones expuestas verbalmente y el audiencia y que dicen relación con hallarse ajustada a derecho la resolución que se solicita dejar sin efecto. TERCERO: Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce, recibiéndose la causa a prueba, rindiéndose por las partes
Fallo
se declara que: I.- Que se hace ha lugar a lo pedido, y en consecuencia, se deja sin efecto la resolución de multa N° 3074/20/53-2, impuesta a la reclamante no enviar a la Inspección del Trabajo dentro de los 3 días hábiles siguientes a la separación de la trabajadora doña Fabiola Gabriela Silva Oyarzun, copia del aviso de término de su contrato por la causal establecida en el N° 3 del art. 160 del Código del Trabajo. II.- Que cada parte soportará sus costas por estimarse plausible el fundamento por la imposición de la multa que se deja sin efecto. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió don Rolando Alvear Valenzuela, juez titular del Primer Juzgado de Letras de Quillota. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabada en el audio y a disposición de los intervinientes.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ESPECIAL MONITORIA FECHA 14 de septiembre de 2021 RUC 21-4-0322161-6 RIT I-3-2021 MAGISTRADO Rolando Alvear Valenzuela ADMINISTRATIVO DE ACTAS Valentina Sandoval Orrego HORA DE INICIO 13:00 horas HORA DE TERMINO 13:33 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0322161-6-96 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE Dominion SPA. ABOGADO COMPARECIENTE María José Cea Catalán Nicole A
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