Juzgado de Garantía de Graneros.

MP C/ DANILO FELIPE CÁDIZ GAETE

Rol

O-3394-2020

Fecha

12 de octubre de 2022

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Fecha de ocurrencia de los hechos: 29 de diciembre de 2020, aproximadamente a las 19:30 horas, en circunstancia que el imputado Danilo Felipe Cádiz Gaete, se encontraba en la vía pública. Precisamente en calle Oscar Castro intersección con pasaje Luis duran en compañía de otros sujetos, carabineros procedió a realizar un control de identidad, oportunidad en la cual se percataron que el imputado portaba un bolso, el cual, momentos antes lo lanzo al suelo en el cual se encontró un revolver de color gris metálico con empuñadura de madera marca trademark, con número de serie no legible y cuatro municiones calibre punto 38 sin percutar, en circunstancia que el imputado no tenía inscrita dicha arma y tampoco tenía autorización para su porte. Procedimiento Abreviado: Graneros, doce de octubre de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a DANILO FELIPE CÁDIZ GAETE, cédula de identidad N° 0020661604-0, ya individualizado, a la pena de TRES AÑO Y UN DIA de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, al comiso del arma y municiones y al registro de su huella genética, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, hecho cometido en el día 29 de diciembre de 2020, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se condena a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, e inhabilitación absoluta de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos necesarios se le sustituye la pena privativa de libertad por la de Libertad Vigilada Intensiva, por igual periodo de la pena, debiendo el sentenciado presentarse en el Centro de Reinserción Social de Rancagua. De

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a DANILO FELIPE CÁDIZ GAETE, cédula de identidad N° 0020661604-0, ya individualizado, a la pena de TRES AÑO Y UN DIA de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, al comiso del arma y municiones y al registro de su huella genética, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, hecho cometido en el día 29 de diciembre de 2020, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se condena a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, e inhabilitación absoluta de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos necesarios se le sustituye la pena privativa de libertad por la de Libertad Vigilada Intensiva, por igual periodo de la pena, debiendo el sentenciado presentarse en el Centro de Reinserción Social de Rancagua. Debe presentarse en el CRS Rancagua el miércoles de octubre de 2022. Código: VXXXXBEHMBT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jggraneros@pjud.cl Juzgado de Garantía de Graneros Antonio Varas 137 de Graneros, fono 072-471799 o 072-472340 jggraneros@pjud.cl En el evento que esta sea revocada se le reconocerán abonos, que se certificará por el ministro de fe del tribunal por encontrarse sujeto a la

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Juzgado de Garantía de Graneros Antonio Varas 137 de Graneros, fono 072-471799 o 072-472340 jggraneros@pjud.cl ACTA DE AUDIENCIA doce de octubre de dos mil veintidós Ruc: 2001301300-5 Rit: 3394 - 2020 Hora Inicio: 13:40 Hora Término: 13:55 Juez: MARIA JOSE VALLADARES ARAYA Tipo de Audiencia: procedimiento abreviado Delito: POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL. Imputado: DANILO FE

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