2 Juzgado de Familia San Miguel

ANONIMIZADO

Rol

C-5062-2022

Fecha

19 de enero de 2023

Materia

ALIMENTOS AUMENTO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: No habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado con fecha 10 de enero pasado, dentro del plazo indicado, encontrándose vencido el término para hacerlo, y en uso de las facultades conferidas, entre otros, por el artículo 13 de la Ley 19.968, se declara: Se tiene por no presentada la demanda, para todos los efectos legales, disponiéndose el archivo de los antecedentes, debiendo las partes interesadas, si así lo estiman, iniciar una nueva causa por cuerda separada. Para la conclusión de la causa en el SITFA, aplíquese las nomenclaturas computacionales...

Fallo

se declara: Se tiene por no presentada la demanda, para todos los efectos legales, disponiéndose el archivo de los antecedentes, debiendo las partes interesadas, si así lo estiman, iniciar una nueva causa por cuerda separada. Para la conclusión de la causa en el SITFA, aplíquese las nomenclaturas computacionales...

Texto Completo (Preview)

SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE SAN MIGUEL Álvarez de Toledo 1020, San Miguel jfsanmiguel2@pjud.cl San Miguel, diecinueve de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: No habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado con fecha 10 de enero pasado, dentro del plazo indicado, encontrándose vencido el término para hacerlo, y en uso de las facultades conferidas, entre otros, por el artículo 13 de la Ley 19.968, s

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica