CAYUL/GÁLVEZ
Rol
O-678-2020
Fecha
14 de septiembre de 2021
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 41, 42, 58, 63, 71, 73, 162, 163, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 446, 452, 453, 454, 459 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por Marisol Del Carmen Cayul Cayul, cédula de identidad N° 11.584.766-K y por parte de Patricia Angélica Cayul Cayul, cédula de identidad N° 11.781.882-9, declarándose, en primer lugar, que el despido sufrido por las demandantes con fecha 10 de diciembre de 2019 es carente de causal, debiendo en este caso la demandada pagar las siguientes indemnizaciones por término de contrato: Respecto de doña Marisol Cayul Cayul: a. Sustitutiva del aviso previo por $330.250. b. Indemnización por años de servicios por $3.632.750. c. Recargo legal de $1.816.375. Respecto de doña Patricia Cayul Cayul: a. Indemnización sustitutiva de aviso previo por $301.000. b. Años de servicios por $3.311.000. c. Recargo legal del 50% por $1.655.500. II. Que además el despido sufrido por doña Marisol Cayul Cayul no ha producido el efecto de poner término a la relación laboral en las condiciones que establece el artículo 162 inciso 5 y 7 del Código del Trabajo, debiendo la demandada pagar las remuneraciones y demás prestaciones de origen laboral desde la fecha del despido hasta la fecha de su convalidación o fecha de la liquidación, lo que haya ocurrido primero, teniendo presente en este caso su sueldo de $301.000, no debiendo considerarse por cierto lo imponible, debiendo en este caso pagarse cotizaciones previsionales de AFP Habitat. III. Que además la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones de origen laboral: En el caso de doña Marisol Cayul: a. Feriado legal por dos periodos 2017-2018, 2018-2019 por $602.000. b. Feriado proporcional por $161.536. Respecto de doña Patricia Cayul Cayul: a. Feriado legal por dos periodos 2017-2018, 2018-2019 por $602.000. b. Feriado proporcional por $179.597. IV. Que además la demandada deberá paga
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago MARISOL DEL CARMEN CAYUL CAYUL, Rut N° 11.584.766-K, con domicilio en Calle B 5160, block 4, departamento 22, comuna de Peñalolén, y doña PATRICIA ANGÉLICA CAYUL CAYUL, con domicilio Embalse La Palma 6241, Villa Departamental, comuna de Peñalolén, interponiendo demanda en procedimiento de aplicación general en contra de SOCIEDAD COMERCIAL GALVEZ HERMANOS Y CIA LTDA., Rut N° 79.990.750-K, representada en estos antecedentes por el liquidador Samuel Ossa Ilabaca, con domicilio en Santa Lucia 270, comuna de Santiago. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 41, 42, 58, 63, 71, 73, 162, 163, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 446, 452, 453, 454, 459 y siguientes del Código del Trabajo,
Fallo
se resuelve: A sus antecedentes. MEDIOS DE PRUEBA LA PARTE DEMANDANTE INCORPORA: Documental: 1. Contrato de trabajo de doña Marisol Cayul. 2. Liquidaciones de sueldo de los meses de setiembre 2019 a noviembre 2019 de la actora Marisol Cayul 3. Certificado de periodos sin cotización periodo octubre 1989 a diciembre 2019 de la actora Marisol Cayul emitido por la AFP Provida 4. Contrato de trabajo de doña Patricia Cayul. 5. Liquidaciones de sueldo de los meses de enero 2019 a abril del 2019 de la actora Patricia Cayul. 6. Certificado de periodos sin cotización periodo de la actora Patricia Cayul emitido por la AFP Habitat. 7. Copia modificación de la sociedad Gálvez. El Tribunal tiene presente la prueba documental incorporada. Confesional: En atención a la incomparecencia del representante legal de la demandada a absolver posiciones, la parte demandante solicita se haga efectivo apercibimiento del artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo. El tribunal hace efectivo el apercibimiento solicitado. Testimonial: La parte demandante se valió de la siguiente prueba testifical: 1. Comparece don Luis Cortez Becerra, previamente juramentado, presta declaración. Consta íntegramente en audio. Se tiene por incorporada la prueba testimonial. Oficios: La parte demandante incorpora la respuesta del oficio a AFP Habitat y se desiste del oficio a AFP Provida. Exhibición de documentos: No se exhiben los siguientes documentos: 1. Libro auxiliar de remuneraciones años 1990 a 2019 2. Libro
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1º JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO ACTA DE AUDIENCIA JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 14/09/2021, Santiago RUC 20-4-0247397-6 RIT O-678-2020 MAGISTRADO EDUARDO ALEJANDRO RAMIREZ URQUIZA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Francisca Urqueta Bazaes HORA DE INICIO 11:38 HORA DE TERMINO 12:29 SALA Sala virtual N°18 (5.3) Nº REGISTRO DE AUDIO 2040247397-6-1348 PARTE DEMANDANTE MAR
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